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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (11/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

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Pág. 233029 NORMAS LEGALES Lima, lunes 11 de noviembre de 2002 en los numerales anteriores, los administrados pagan el 0,58% UIT por derecho de tramitación y adjuntan dos (2) fotografías a color tamaño carné por cada li- cencia. CAPÍTULO IV DE LAS TRANSFERENCIAS DE ARMAS DE USO CIVIL Artículo 25º.- DE LA OBLIGATORIEDAD DE REA- LIZAR EL TRÁMITE ANTE LA DICSCAMEC 25.1 Las personas naturales y jurídicas que adquie- ran arma o armas de fuego de uso civil por transferencia están obligadas a efectuar el trámite respectivo ante la DICSCAMEC. 25.2 Para registrar la transferencia de armas de uso civil es indispensable la presentación del arma o armas ante la DICSCAMEC para verificar sus características ori- ginales y buen funcionamiento. Artículo 26º.- DE LOS DIVERSOS PROCEDIMIEN- TOS Las transferencias de armas de uso civil pueden dar- se de la manera siguiente: a. Entre personas naturales. b. Entre personas jurídicas autorizadas a la presta- ción de servicios de seguridad privada y/o entidades pú- blicas o viceversa. c. Entre personas naturales y personas jurídicas au- torizadas a la prestación de servicios de seguridad priva- da y/o entidades públicas, o viceversa. d. Entre persona natural civil y personal de las Fuer- zas Armadas o Policía Nacional del Perú o viceversa. e. Entre personas jurídicas autorizadas a la presta- ción de servicios de seguridad privada y personal de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú o vicever- sa. f. Entre coleccionistas autorizados por la DICSCAMEC. Artículo 27º.- DE LOS REQUISITOS DE LOS DIVER- SOS PROCEDIMIENTOS 27.1 Entre personas naturales. a. Del que transfiere: (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Copia del Documento Nacional de Identidad o Li- breta Electoral o Carné de Extranjería vigente. (3) Licencia original de posesión y uso de arma de fuego. b. Del que adquiere: (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Toma digitalizada de imagen (fotografía) por cada licencia. (3) Copia del Documento Nacional de Identidad o de la Libreta Electoral o Carné de Extranjería vigente. (4) Certificado de Antecedentes Penales. (5) Certificado de Antecedentes Judiciales. (6) Certificado de Antecedentes Policiales. (7) Certificado de Salud Mental expedido por estable- cimientos de salud públicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados por la DICSCAMEC. (8) Aprobar los exámenes de manejo de arma y tiro. (9) Recibo de pago en el Banco de la Nación 27.2 Entre personas jurídicas autorizadas a la pres- tación de servicios de seguridad privada y/o entidades públicas o viceversa. a. De la empresa y/o entidad pública que transfiere: (1) Solicitud en formulario impreso suscrita por el re- presentante legal o funcionario autorizado. (2) Copia del documento nacional de identidad o li- breta electoral o carné de extranjería vigente del repre- sentante legal o funcionario autorizado.(3)- Empresa autorizada a la prestación de servicios de seguridad privada: copia del acta de acuerdo de di- rectorio o copia del documento que acredite la decisión de transferencia del arma o armas, según corresponda. - Entidad pública: copia del documento de autoriza- ción de transferencia emitido por el titular del pliego o por el funcionario en quien se delegue esta atribución. b. De la empresa y/o entidad pública que adquiere: Los mismos requisitos establecidos en los artículos 7º y 8º del presente Reglamento, según corresponda. 27.3 Entre personas naturales y personas jurídicas autorizadas a la prestación de servicios de seguridad pri- vada y/o entidades públicas o viceversa. a. Del que transfiere (persona natural): (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Copia del Documento Nacional de Identidad o Li- breta Electoral o Carné de Extranjería vigente. (3) Licencia original de posesión y uso de arma de fuego vigente. b. Del que adquiere (empresa autorizada a la presta- ción de servicios de seguridad privada o entidad públi- ca). Los mismos requisitos establecidos en los artículos 7º y 8º del presente Reglamento, según corresponda. c. Del que transfiere (persona jurídica autorizada a la prestación de servicios de seguridad privada o entidad pública): (1) Solicitud en formulario impreso suscrita por el re- presentante legal o funcionario autorizado. (2) Copia del documento nacional de identidad o li- breta electoral o carné de extranjería vigente del repre- sentante legal o funcionario autorizado. (3) - Empresa autorizada a la prestación de servicios de seguridad privada: copia del acta de acuerdo de di- rectorio o copia del documento que acredite la decisión de transferencia del arma o armas, según corresponda. - Entidad pública: copia del documento de autoriza- ción de transferencia emitido por el titular del pliego o por el funcionario en quien se delegue esta atribución. d. Del que adquiere (persona natural): (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Toma digitalizada de imagen (fotografía) por cada licencia. (3) Copia del Documento Nacional de Identidad o de la Libreta Electoral o Carné de Extranjería. (4) Certificado de Antecedentes Penales. (5) Certificado de Antecedentes Judiciales. (6) Certificado de Antecedentes Policiales. (7) Certificado de Salud Mental expedido por estable- cimientos de salud públicos o privados autorizados por el Ministerio de Salud y registrados por la DICSCAMEC. (8) Aprobar los exámenes de manejo de arma y tiro. (9) Recibo de pago en el Banco de la Nación . 27.4 Entre persona natural civil y personal de las Fuer- zas Armadas o de la Policía Nacional del Perú. a. Del que transfiere: (persona natural civil) (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Copia del Documento Nacional de Identidad o Li- breta Electoral o Carné de Extranjería vigente. (3) Licencia original de posesión y uso de arma de fue- go. e. Del que adquiere: (personal de las Fuerzas Arma- das o de la Policía Nacional del Perú) (1) Solicitud en formulario impreso. (2) Copias del Carné de Identidad Personal y de la última boleta de pago.