Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2002 (20/11/2002)


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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de noviembre de 2002

Que mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en el MORDAZA de la Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones basicas del mencionado Ministerio; Que, en el Articulo 69º del Reglamento de Organizacion y Funciones del MIMDES, debe precisarse que a la Secretaria Nacional de Adopciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social como la autoridad central en materia de adopciones, le asiste competencia para proponer la normatividad en dicha materia, asi como las demas funciones que ejerce como organo desconcentrado del Ministerio; Que, en consecuencia resulta necesario modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social a fin de precisar las funciones de la Secretaria Nacional de Adopciones; De conformidad con la Ley Nº 27793 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo 69º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MIMDES, con el siguiente texto: Articulo 69º.- La Secretaria Nacional de Adopciones Es la autoridad central en materia de adopciones, encargada de proponer la politica y normatividad en dicha materia, asi como la ejecucion y control del programa de adopciones a nivel nacional. El tratamiento de este tema en relacion a la suscripcion de convenios internacionales se ejecutara en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores. La Secretaria Nacional de Adopciones cuenta con un Consejo Nacional de Adopciones integrado por la Viceministra de la Mujer quien lo presidira, el (la) Secretario (a) Nacional de Adopciones, un representante del Ministerio de Justicia y un representante de cada uno de los Colegios Profesionales siguientes: Colegio de Abogados de MORDAZA, Colegio de Psicologos y Colegio de Asistentes Sociales. Asimismo esta Secretaria Nacional cuenta con oficinas desconcentradas a nivel nacional. Son funciones de la Secretaria Nacional de Adopciones: a. Proponer al Despacho Viceministerial de la Mujer la politica nacional, planes y programas en materia de adopciones y fiscalizar su cumplimiento; b. Proponer las normas para el desarrollo del programa de adopciones; c. Impulsar el programa de adopciones directamente o a traves de las instituciones autorizadas; d. Proponer la suscripcion de convenios en materia de adopciones internacionales con los gobiernos extranjeros; e. Autorizar el funcionamiento, supervisar y sancionar a las instituciones privadas que ejecuten programas de adopcion; f. Acreditar a las entidades colaboradoras de adopcion internacional en el Peru, previamente autorizadas por su Autoridad Central; asi como determinar el numero de instituciones, el numero de expedientes en Lista de Espera y la rotacion de cada una de ellas para la designacion; g. Dictar las politicas administrativas y operativas que deben observarse a nivel nacional e internacional respecto al desarrollo del programa de adopciones; h. Orientar a las madres y padres biologicos y a los adoptantes sobre los fines y alcances de la adopcion; i. Brindar atencion integral a la MORDAZA, MORDAZA o adolescente que es entregado por sus progenitores para el programa de adopciones, hasta su internamiento; j. Realizar la evaluacion y seleccion de los adoptantes, emitir los informes tecnicos y las propuestas de designa-

cion de las ninas, ninos y adolescentes judicialmente declarados en abandono; k. Tramitar el procedimiento administrativo de adopcion de ninas, ninos y adolescentes judicialmente declarados en abandono, emitiendo las respectivas resoluciones administrativas; l. Tomar conocimiento e impulsar la investigacion tutelar de las ninas, ninos y adolescentes hasta la declaracion judicial en abandono; m. Realizar el seguimiento postadoptivo de las ninas, ninos y adolescentes adoptados por un periodo de tres anos tratandose de adopciones nacionales y cuatro anos de adopciones internacionales; n. Llevar y mantener actualizado el Registro Nacional de Adopciones de Menores de Edad declarados judicialmente en abandono; o. Llevar y mantener actualizado el Registro Nacional de Adoptantes; p. Coordinar con los Juzgados, Fiscalias y Oficinas del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y demas instituciones publicas o privadas para el cumplimiento de sus fines; q. Informar, difundir y sensibilizar sobre el procedimiento y alcances del programa de adopcion; r. Velar por el cumplimiento de la Ley, de su Reglamento, de los Convenios suscritos y de las normas en general en materia de adopciones; y, s. Las que le MORDAZA encomendadas por el Despacho Ministerial para el cumplimiento de sus fines". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de noviembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20476

Constituyen la Comision Multisectorial encargada de la implementacion de acciones senaladas en el Plan de Accion por la Infancia y la Adolescencia 20022010
DECRETO SUPREMO Nº 014-2002-MIMDES EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Estado Peruano, consecuente con los compromisos asumidos al ratificar la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos del MORDAZA, asi como al suscribir la Declaracion de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia y demas Convenios Internacionales sobre la Infancia y Adolescencia, que tienen como objetivos generales, conocer la situacion de las ninas, ninos y adolescentes peruanos y proponer las medidas encaminadas a mejorar significativamente su calidad de MORDAZA y propiciar su desarrollo integral; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2002-PROMUDEH ha sido aprobado el Plan Nacional de Accion por la Infancia y la Adolescencia 2002-2010, para la generacion de condiciones optimas para el desarrollo social de la ninez y adolescencia; Que, ante la Sesion Especial a favor de la Infancia de la Asamblea de la Naciones Unidas, realizada del 8 al 10 de

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