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Pág. 233572 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 20 de noviembre de 2002 que posibilite el seguimiento y evaluación del uso y destino de la donación aprobada por la presente Resolución. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Contraloría General de la República, a la Agencia Peruana de Coope- ración Internacional del Ministerio de Relaciones Exterio- res y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20391 Aprueban donación efectuada por insti- tución norteamericana en favor de la Asociación Provincia Franciscana de los XII Apóstoles del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 661-2002-MIMDES Lima, 14 de noviembre de 2002 Vistos el Certificado de Donación de fecha 30 de abril de 2002, emitido por el Secretariado General de las Misio- nes Franciscanas, con Sede en la ciudad de Wisconsin, Estados Unidos de Norteamérica, a favor de la Asociación Provincia Franciscana de los XII Apóstoles del Perú; CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de vistos, el Secretariado General de las Misiones Franciscanas con Sede en la ciu- dad de Wisconsin, Estados Unidos de Norteamérica, ha efectuado la donación de un Contenedor Nº SUDU 336479- 3 conteniendo 203 (DOSCIENTOS TRES) cajas de galle- tas y cereales variados, 563 (QUINIENTOS SESENTA Y TRES) cajas de dulces y alimentos variados, 96 (NOVENTA Y SEIS) cajas de ropa nueva y material para embalaje, con un peso bruto aproximado de 10,360.16 Kgs. y un valor aproximado de US$ 1,000.00 (UN MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) a favor de la Asociación Provincia Fran- ciscana de los XII Apóstoles del Perú, amparados entre otros documentos en el Conocimiento de Embarque Nº JXCW1864 y Certificado de Libre Mercadeo y Seguridad de fecha 13 de marzo de 2002; Que, la entidad solicitante es una Institución Religiosa registrada como una "Institución Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Carácter Asistencial o Edu- cacional Provenientes del Exterior", asimismo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta, según Resolución de Intendencia Nº 93-002-102- 017290; Que, la donación será destinada al Comedor San Anto- nio de Padua que funciona dentro de las instalaciones del Convento San Francisco y al Comedor Infantil "Santa Tere- sita" de la Comunidad de Jicamarca, que atienden a niños, madres y ancianos de escasos recursos económicos de la cuidad de Lima, asimismo la ropa se distribuirá entre los beneficiarios de los Comedores; Que, la Oficina de Cooperación Internacional con la opinión técnica favorable, recomienda se emita la Resolu- ción de Aprobación de Donación; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27793, Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 809, Decre- to Supremo Nº 055-99-EF, Decreto Supremo Nº 29-94-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 112-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por el Se- cretariado General de las Misiones Franciscanas con Sede en la ciudad de Wisconsin, Estados Unidos de Norteamé- rica, consistente en un Contenedor Nº SUDU 336479-3 conteniendo 203 (DOSCIENTOS TRES) cajas de galletas y cereales variados, 563 (QUINIENTOS SESENTA Y TRES)cajas de dulces y alimentos variados, 96 (NOVENTA Y SEIS) cajas de ropa nueva y material para embalaje, con un peso bruto aproximado de 10,360.16 Kgs. y un valor aproximado de US$ 1,000.00 (UN MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS) a favor de la Asociación Provincia Fran- ciscana de los XII Apóstoles del Perú. Artículo 2º.- La Asociación Provincia Franciscana de los XII Apóstoles del Perú deberá remitir a la Oficina de Cooperación Internacional del Ministerio de la Mujer y De- sarrollo Social, copia del Acta de Entrega - Recepción de los bienes donados a los beneficiarios así como la infor- mación que posibilite el seguimiento y evaluación del uso y destino de la donación aprobada por la presente Resolu- ción. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas, a la Contraloría General de la República, a la Agencia Peruana de Coope- ración Internacional del Ministerio de Relaciones Exterio- res y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20383 Imponen medida de destitución a ex funcionarios de la Sociedad de Benefi- cencia Pública de Huancayo INSTITUTO NACIONAL DE BIENESTAR FAMILIAR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 289 Lima, 5 de noviembre de 2002 VISTO: El Informe Nº 038-2002/INABIF-CEPAD de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, relacio- nado con el proceso administrativo disciplinario instaurado a ex funcionarios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 232, de fecha 13 de sep- tiembre del 2002, se instauró Proceso Administrativo Dis- ciplinario a ex funcionarios de la SBP de Huancayo, seño- res: GERALD ARAMBURU NAÑA, ex Presidente del Di- rectorio, JORGE BARRIOS CAUSO, ex Gerente General, ALEJANDRO ROMERO TOVAR Y ORLANDO RICALDI ZÁRATE, ex miembros de Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo, a mérito del Informe Nº 054-2001-CG/B380 - "Operación de Retiro de Fondos de la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo en Abril 1992", practicado por la Contraloría General de la República e Informe Nº 031-2002/INABIF-CEPAD, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios; al haber incurrido en faltas disciplinarias contem- pladas en los incisos a), d) y l) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276; Que, en la Observación 1 "Irregular Retiro de Fon- dos de la Beneficencia Pública de Huancayo por S/. 500,000.00 monto que supuestamente se habría deposi- tado en la Cooperativa Regional del Centro - CRL", y Conclusión 1 del Informe Nº 054-2001-CG/B380 "Ope- ración de Traslado de Fondos de la Beneficencia de Huancayo a la Cooperativa Regional del Centro en abril de 1992" se advierte que la Contraloría General de la República ha determinado que bajo la justificación de un supuesto Acuerdo de Directorio, indicado en el Acta de Sesión de Directorio del 30.Abr.92, la cual presenta muestras de adulteración y agregados y con un infor-