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Pág. 234046 NORMAS LEGALES Lima, martes 26 de noviembre de 2002 RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 103.01-2002-SDOPRIV-DDU-MSS y Nº 103.02-2002-SDOPRIV-DDU-MSS los Proyectos re- ferentes a Trazado y Lotización, pavimentación de calza- das y aceras correspondientes a la Habilitación Urbana Nueva para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S, en terreno de 2,605.50 m2. de propiedad de Pedro Pablo Con- treras Paredes y cónyuge Elizabeth Galdo Marín, consti- tuido por el Lote Nº 8, Mz. B de la Parcelación Semi Rústi- ca "Las Lomas de Monterrico", ubicado con frente a la ca- lle Las Laderas Nº 107, distrito de Santiago de Surco, pro- vincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Pedro Pablo Con- treras Paredes y cónyuge Elizabeth Galdo Marín para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitación Urbana cuyos proyectos se aprueban y las que corresponden a los proyectos de redes de servi- cios, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firma- dos y sellados por los entes oficiales, teniendo en cuen- ta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El cuadro de Áreas que se aprue- ba es el siguiente: Área Bruta Total 2,605.50 m2. Área cedida para vías 0.00 m2. Área Útil 2,605.50 m2. Sub Lote B-8-A 1,302.75 m2. Sub Lote B-8-B 1,302.75 m2. Área Total 2,605.50 m2. Aportes Reglamentarios.- La Ordenanza Nº 292-MML de fecha 13.12.2000 establece los aportes reglamentarios que deben ceder las Habilitaciones con fines de Vivienda, Tipo 1 que en el presente caso corresponde a Porcentajes del área total del lote de 2,605.50 m2.: APORTE ORDENANZA Nº TOTAL REGLAMENTARIO 292% M2 Recreación Pública 4 104.22 Parques Zonales 6 156.33 Ministerio de Educación 2 52.11 Otros Fines 1 26.06 TOTAL 13 338.72 En atención a que las áreas de aportes están por deba- jo de las áreas normativas mínimas correspondientes atales equipamientos, los recurrentes deberán solicitar su redención en dinero. PAVIMENTOS.- Las características de las obras de Pavimentación serán las siguientes: Aceras.- Serán de concreto de calidad de f'c=175 kg/ cm2. de 0.10 m. de espesor y construidas sobre un terra- plén de material seleccionado de buena calidad y debida- mente nivelado y compactado. El acabado será con una mezcla de cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y de un centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con juntas cada cinco metros. El desnivel de la acera con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concre- to de dimensiones 0.15 m. x 0.45 m. mínimo. Deberán ser vaciados total e independientemente de la losa de la vere- da, de tal manera de que cuando se ejecuten reparaciones no se comprometa al sardinel; la calidad de concreto será de f'c=175 kg/cm2. Bermas.- Las bermas laterales quedarán en tierra cha- cra, compactada y nivelada, con árboles cada 12.00 m. en pozas de concreto. Artículo Tercero.- DISPONER quede como carga ins- crita en el Registro de la Propiedad Inmueble de Lima la obligación de los propietarios de cancelar los déficit de aportes reglamentarios, que serán redimidos en dinero, antes de la Recepción de Obras y en consecuencia queda en garantía el Sub Lote Nº B-8-A. Los déficit de Aporte para Recreación Pública y para Otros Fines deben ser va- lorizados y cancelados en la Municipalidad de Santiago de Surco; para Parques Zonales en SERPAR - LIMA y para el Ministerio de Educación en dicho Ministerio. Artículo Cuarto.- DISPONER que Pedro Pablo Con- treras Paredes y cónyuge Elizabeth Galdo Marín efectúen la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de cinco días útiles contados a partir del día siguiente de notificado; sufragando los gastos a que hubiere lugar. Artículo Quinto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en copia simple a la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para su verificación de acuerdo a ley. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección de Desa- rrollo Urbano a través de la Subdirección de Obras Priva- das el cumplimiento de los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 20791 REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL