Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2002 (26/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 26 de noviembre de 2002

NORMAS LEGALES

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ciones de la Direccion Regional Agraria MORDAZA, sobre acuerdos adoptados con relacion al MORDAZA de Concurso de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica para adquisicion de Semillas de Pastos Anuales y Perennes para el Proyecto "Sierra Verde"; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Convocatoria de la Adjudicacion Directa Publica Nº 02-2002/DRA-J publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 25 de octubre del 2002 y el Aviso de la Fe de Erratas tambien publicada en el mismo diario con fecha 3 de noviembre del 2002, se ha venido llevando a cabo el MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion de Semillas de Pastos Anuales y Perennes (Cebada y Dactylis Glomerata), para el Proyecto "Sierra Verde" de la Direccion Regional Agraria Junin; Que, mediante Oficio Nº 2442-2002 (GTN/MON) de fecha 5 de noviembre del 2002, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE que es un Organismo Publico Descentralizado que tiene como funcion velar por el cumplimiento y difusion de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y su Reglamento, ha efectuado observaciones al presente MORDAZA de Seleccion recomendando que dichas observaciones MORDAZA corregidas dentro del termino de ley; cumpliendo el Comite Especial con absolverlas mediante Oficio Nº 0042002-C.E.A.C./DRA-J de fecha 13 de noviembre ultimo, indicando que parte de las observaciones habian sido subsanadas con la Fe de Erratas publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 3 de noviembre del presente ano, y al mismo tiempo se consultaba a dicho Organismo si era posible la aplicacion de la MORDAZA Disposicion Complementaria del D.S. Nº 013-2001-PCM en el presente MORDAZA, teniendo en consideracion que los bienes a adquirir son por la modalidad de Encargos en virtud del Convenio suscrito entre la DRA-Junin y el Ministerio de Agricultura; Que, con fecha 20 de noviembre ultimo el Comite Especial ha recepcionado de CONSUCODE, via FAX, el Oficio Nº 2606-2002(GTN-MON) senalando que la publicacion de la Fe de Erratas no subsanaba las observaciones efectuadas y por tanto, se debe elevar los actuados al organo competente de la Entidad para el inicio del tramite de declaracion de nulidad correspondiente, en tanto los hechos observados por el CONSUCODE constituyen causal de nulidad; Que, el Art. 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 013-2001-PCM establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa a la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales senaladas en el Art. 57º de la Ley; y en efecto, segun las observaciones del CONSUCODE, en el presente MORDAZA de seleccion se ha prescindido de las normas esenciales del procedimiento establecido para este MORDAZA de actos, y el incumplimiento de alguna de las disposiciones que regulan el desarrollo de las etapas del MORDAZA, constituye causal de nulidad de las etapas siguientes y lo retrotrae al momento anterior a aquel en que se produjo dicho incumplimiento, de conformidad con la MORDAZA parte del Art. 49º del Reglamento acotado; Que, advirtiendose deficiencias en el presente MORDAZA de seleccion conforme a las observaciones del CONSUCODE y con la finalidad de superarlas, es necesario declarar de oficio la nulidad del mismo mediante el presente acto administrativo, debiendo publicarse en el Diario Oficial El Peruano y comunicarse a las instancias administrativas correspondientes; En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el D.L. Nº 25902, D.S. Nº 017-2001-AG, D.S. Nº 012-2001PCM, D.S. Nº 013-2001-PCM y la R.M. Nº 0702-2002-AG, contando con el Informe del Comite Especial de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y las visaciones de los organos correspondientes de esta Direccion Regional; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de Oficio, la Nulidad del MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion de Semillas de Pastos Anuales y Perennes para el Proyecto "Sierra Verde" de la Direccion Regional

Agraria MORDAZA, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolucion; debiendo retrotraerse al estado de la Venta de Bases, y publicarse el presente acto administrativo en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- Autorizar al Comite Especial para efectuar la convocatoria para el MORDAZA MORDAZA de seleccion con los mismos fines, observando estrictamente las normas legales vigentes, bajo responsabilidad. Articulo Tercero.- Notifiquese la presente Resolucion al Comite Especial y a las instancias administrativas respectivas, de acuerdo a Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional Direccion Regional Agraria - MORDAZA 20792

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Autorizan ejecucion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION Nº 894-2002-RASS Expediente Nº 008871-2002-M-2 MORDAZA de MORDAZA, 14 de noviembre de 2002 EL MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El pedido de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva, del terreno de su propiedad con 2,605.50 m2., constituido por el Lote Nº 8, Mz. B de la Parcelacion Semi MORDAZA "Las MORDAZA de Monterrico", ubicado con frente a la MORDAZA Las Laderas Nº 107, distrito de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdireccion de Obras Privadas emite el Informe Nº 413-2002-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 44 a 46 senalando que los administrados han cumplido con acompanar los documentos establecidos para el presente procedimiento en el MORDAZA, que el terreno de 2,605.50 m2., cuya habilitacion MORDAZA se solicita esta calificado para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S de acuerdo al Plano de Zonificacion Distrital Nº PZD 001-98-MMS, como consta en el Certificado de Zonificacion y Vias y respecto a los aportes reglamentarios se debera cumplir con los porcentajes del area total del lote, que deben ceder las Habilitaciones MORDAZA 1 de conformidad con la Ordenanza Nº 292-MML; en atencion a que las areas de aportes estan por debajo de las areas normativas minimas correspondientes a tales equipamientos, los administrados solicitan su redencion en dinero. Efectuada la inspeccion ocular al terreno del recurso se ha verificado que es un predio de topografia plana en el cual existia una vivienda que ha sido demolida. En cuanto a la vialidad al predio tiene su frente principal a la MORDAZA Las Laderas con seccion transversal de 12.00 ml. de acuerdo a lo establecido en el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 046-2002DDU/MSS. La MORDAZA tiene pista asfaltada y falta ejecutar solamente la vereda la berma de estacionamiento; Que, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable, de fecha 17.9.2002, acordando que los Aportes Reglamentarios se redimiran en dinero (fs. 47 a 49); Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza Nº 09-99-MSS, Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 01199-MTC y Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General;

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