Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2002 (27/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de noviembre de 2002

cion General de Asuntos Ambientales y la Direccion General de Hidrocarburos; Que, el articulo 6º del referido Decreto Supremo, dispone que mediante Resolucion Ministerial del Sector Energia y Minas, se designara al responsable de coordinar el GTCI CAMISEA; Que, en consecuencia, es necesario designar al funcionario que asumira la responsabilidad de la coordinacion del GTCI CAMISEA; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; Decreto Ley Nº 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como responsable de la coordinacion del Grupo Tecnico de Coordinacion Interinstitucional Camisea (GTCI CAMISEA) del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 2º.- Designar, al Director General de Asuntos Ambientales y al Director General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas, como representantes de sus respectivas Direcciones en el GTCI CAMISEA, en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 120-2002-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 20907

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Viceministerial Nº 291-2001-JUS de fecha 3 de octubre de 2001. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLF MORDAZA Viceministro de Justicia 20796

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 269-2002-JUS
MORDAZA, 21 de noviembre de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 017520, de fecha 3 de MORDAZA de 2002, de la ASOCIACION FORJADORES DE UNA SOCIEDAD CONCILIADORA con abreviatura AFORSCON y el Informe Nº 1790-2002-JUS/STC; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION AFORSCON, con sede en la MORDAZA de Lima; Que, segun Informe Nº 1790-2002-JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS, por lo que es procedente autorizar el funcionamiento de su Centro de Conciliacion; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 039-2001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la ASOCIACION FORJADORES DE UNA SOCIEDAD CONCILIADORA con abreviatura AFORSCON, el funcionamiento de su Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION AFORSCON, con sede en la MORDAZA de Lima. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley de Conciliacion y su Reglamento, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLF MORDAZA Viceministro de Justicia 20797

JUSTICIA
Autorizan cierre y funcionamiento de centros de conciliacion con sede en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 268-2002-JUS
MORDAZA, 21 de noviembre de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 15039, de fecha 3 de junio de 2002, de la asociacion civil Instituto de Asesoria Juridica Social - INAJUS; CONSIDERANDO: Que, la asociacion civil Instituto de Asesoria Juridica Social - INAJUS, fue autorizada mediante Resolucion Viceministerial Nº 291-2001-JUS a funcionar como Centro de Conciliacion denominado "INSTITUTO DE ASESORIA JURIDICA Y SOCIAL" - INAJUS, con sede en la MORDAZA de Lima; Que, la asociacion civil Instituto de Asesoria Juridica Social - INAJUS, mediante acta de asociados de fecha 20 de MORDAZA de 2002, acordo el cierre definitivo del Centro de Conciliacion; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 1820-2002JUS/STC, de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la solicitud de la asociacion civil Instituto de Asesoria Juridica Social - INAJUS; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Decreto Supremo Nº 019-2001JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, Decreto Supremo Nº 0392001-JUS, que precisa alcances de las funciones del Viceministro, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion, modificada por Ley Nº 27398 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2001-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, el cierre del Centro de Conciliacion denominado "INSTITUTO DE ASESORIA JURIDICA Y SOCIAL" - INAJUS, con sede en la MORDAZA de Lima.

RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 270-2002-JUS
MORDAZA, 21 de noviembre de 2002 Vista la solicitud de Registro Nº 023176, de fecha 10 de setiembre de 2002, de la ASOCIACION DERECHO, SOCIEDAD Y PAZ con abreviatura ADSP y el Informe Nº 17912002-JUS/STC; CONSIDERANDO: Que, la mencionada asociacion civil ha solicitado autorizacion para el funcionamiento del Centro de Conciliacion denominado CENTRO DE CONCILIACION ASOCIACION DERECHO, SOCIEDAD Y PAZ con abreviatura ADSP, con sede en la MORDAZA de Lima; Que, segun Informe Nº 1791-2002-JUS/STC, la recurrente cumple con todos los requisitos establecidos en los articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, y los articulos 42º, 44º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-

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