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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (27/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 234074 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de noviembre de 2002 de Administración Distrital y de los servidores de esta Cor- te Superior. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta 20883 Disponen la designación de martilleros públicos a través del sistema informá- tico rotativo y aleatorio del Registro de Martilleros Judiciales de la Corte Su- perior de Justicia del Callao "CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO" RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 166-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 2 de octubre del 2002 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTA: La Resolución Administrativa Nº 153-2002-P-CSJCL/PJ emitida el 4 de septiembre del dos mil dos por esta presi- dencia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa de vista se dispuso la implementación del Registro de Martilleros Judi- ciales (REMARJ), a efectos de realizar la designación de los martilleros judiciales a través de un sistema informático aleatorio que coadyuve a la designación equitativa de los mismos; y contando el Registro de Peritos Judiciales, Órga- no de Auxilio Judicial, con el referido software, se dispuso la implementación en el mencionado registro, para las de- signaciones correspondientes al segundo semestre del año 2002; Que, según lo dispuesto en el artículo 281º de la Ley Orgánica del Poder Judicial (D.S. Nº 017-93-JUS) los seño- res Martilleros Públicos habilitados deberán cumplir con las disposiciones legales pertinentes a efectos de su desem- peño como Órganos de Auxilio Judicial dentro de esta Cor- te Superior de Justicia; Que, estando a lo expuesto precedentemente y a lo es- tablecido en el artículo 17º de la Ley Nº 27728, corresponde designar al servidor responsable de dicho registro, facultándosele a autorizar la documentación aludida en la articulación citada; Que, para efectos de verificar el cumplimiento de los objetivos del REPEJ y REMARJ, así como la alimentación del sistema y su adecuado uso, se hace necesario desig- nar al Juez Coordinador que se encargará de dicha fun- ción; En consecuencia, estando a las amplias facultades con- feridas en los incisos 3º y 9º del artículo 90º de la Ley Orgá- nica del Poder Judicial y de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de Procedimientos Adminis- trativos del Poder Judicial, Resolución Administrativa Nº 656- CME-PJ, modificado por R.A. Nº 1134-CME-PJ; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la designación de los se- ñores Martilleros Públicos a través del sistema informático rotativo y aleatorio del Registro de Martilleros Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, debiendo los magistrados oficiar sus requerimientos a la mencionada oficina, para su designación. Queda prohibido la designación directa de los martilleros públicos, por parte de los Órganos Jurisdiccio- nales así como áreas administrativas a partir de la presen- te resolución, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- Que, siendo los mencionados regis- tros Órganos de Auxilio Judicial, y estando actualmente rea- lizándose las funciones administrativas del mismo, se hace necesario designar a la señora abogada Rocío Esmeralda Sánchez Saavedra como Responsable del Registro de Mar- tilleros Judiciales de la Corte Superior de Justicia del Ca- llao (REMARJ) a partir de la fecha. Asimismo, designar a lamencionada servidora Responsable del Registro de Peri- tos Judiciales del Callao (Repej), en vía de regularización. Artículo Tercero.- Designar a la doctora Teresa Soto Gordon, Juez titular del Primer Juzgado Especializado Civil del Callao, como Juez Coordinador del REPEJ y REMARJ, para los fines establecidos en el cuarto considerando de la presente resolución, a partir de la fecha y hasta que se dicte disposición en contrario. Artículo Cuarto.- Disponer que los señores martilleros públicos deberán cumplir con las normas administrativas dispuestas en la presente resolución, así como en la Ley del Martillero Público Nº 27728, debiendo presentar los li- bros correspondientes para su debida autorización, según lo dispuesto en el artículo 17º de la acotada norma, a efec- tos de poder iniciar sus funciones, la misma que deberá efectuar el Responsable del mencionado registro con la rúbrica correspondiente. Artículo Quinto.- Poner la presente resolución en co- nocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi- cina de Administración Distrital, de los Órganos Jurisdic- cionales de esta Corte Superior de Justicia y de los seño- res Martilleros Públicos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidenta 20884 Disponen implementar un Sistema Informático de Seguimiento de Proce- sos Disciplinarios en la Oficina Distri- tal de Control de la Magistratura del Callao "CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO" RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 172-2002-P-CSJCL/PJ Callao, 18 de octubre del 2002 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Presidente de esta Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa de este Distrito Ju- dicial, asumiendo competencia administrativa, tiene la fa- cultad de impartir las medidas más apropiadas para que las dependencias que conforman esta sede judicial funcio- nen de manera eficiente y eficaz, dirigido a brindar un me- jor servicio a los usuarios; Que, el Sistema actual de registro de quejas e investi- gaciones de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura del Callao, viene ejerciéndose en forma manual mediante los libros creados para dicho fin, encargándose de dicha función la Oficina Distrital de Imagen Institucional como actual dependencia de apoyo a la ODICMA en la recepción y procesamiento de las quejas así como remitiendo y re- cepcionando los expedientes disciplinarios de la Jefatura a los Magistrados integrantes de la Comisión Distrital como lo establece el Artículo 41º del Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratu- ra del Poder Judicial; Que, si bien es cierto el sistema manual proporciona una información individual de los expedientes tramitados en la ODI- CMA, es necesario contar con un sistema informático transito- rio que permita una conexión permanente entre la Jefatura de la ODICMA, la Comisión Distrital de Control de la Magistratura - CODICMA y la Oficina Distrital de Imagen Institucional de esta Corte Superior, y que brinde acceso a una información más detallada de la actividad contralora en este Distrito Judicial, en tanto se instale el programa informático de control de expe- dientes que disponga el Órgano Supremo de Control; Que, estando a lo expuesto precedentemente, resulta necesario designar a los integrantes de la Comisión Encar- gada del desarrollo del Software respectivo, respetando los lineamientos establecidos en el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratu- ra del Poder Judicial y la estructura orgánica de esta Corte Superior; Estando a las facultades conferidas a los Presidentes de Corte por el artículo 90º inciso sexto de la Ley Orgánica del Poder Judicial;