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Pág. 231433 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de octubre de 2002 tantes de otros Sectores relacionados al campo de la ali- mentación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18267 Designan presidente del Directorio del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 592-2002-MIMDES Lima, 15 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2002-PCM se constituyó el Directorio del Programa Nacional de Asisten- cia Alimentaria - PRONAA, el cual es presidido por un re- presentante del Ministerio de Promoción de la Mujer y De- sarrollo Humano - PROMUDEH; Que, la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27793, señala que toda mención efec- tuada al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desa- rrollo Humano deberá entenderse referida al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, a la fecha es necesario designar al representante del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES ante el Directorio mencionado precedentemente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legisla- tivo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº. 27658 - Ley de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al doctor ENRIQUE FER- MÍN CÁRDENAS OJEDA, Viceministro de Desarrollo So- cial del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, como Representante del MIMDES ante el Directorio del Progra- ma Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, quien lo presidirá. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 18268 PRODUCE Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra Juez de Paz de Tambo de Mora, Chincha RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 118-2002-PRODUCE Lima, 11 de octubre del 2002 Visto el Oficio Nº 092-2002-PRODUCE/PP de la Pro- curaduría Pública a cargo de los asuntos judiciales del Mi- nisterio de la Producción; CONSIDERANDO: Que en el procedimiento sancionador seguido contra PESQUERA MARÍA MILAGROS S.R.Ltda., por obstacu- lizar las labores de inspección, se presentó con fecha 19 de abril de 2002, un recurso de reconsideración adjuntan- do como nueva prueba un "Acta de constatación de archi- vo" fechado el 17 de abril de 2002 suscrito por el Juez dePaz de Tambo de Mora, en la que se hace referencia que existe constancia que el día 20 de mayo de 1998, fecha de la supuesta infracción, entre las 7:48 y 8:10 a.m. no se encontraba ninguna persona, sea inspector o no, que de- seara ingresar a la planta; Que con posterioridad, el indicado juez reconoce ha- ber elaborado el "Acta de constatación de archivo" a solici- tud del señor Luis Morales, representante de la empresa, y que el supuesto hecho constatado no figuraba en archivos, de lo cual se derivan hechos que deben ser dilucidados en la vía judicial; Que en consecuencia resulta pertinente autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción para que interponga las accio- nes judiciales que correspondan en defensa de los intere- ses del Estado; De conformidad con el Decreto Ley Nº 17537, modifi- cado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales que correspon- dan contra el Juez de Paz de Tambo de Mora, Chincha, y demás personas que resulten responsables por los hechos mencionados en la parte considerativa de la presente Re- solución. Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública los an- tecedentes del caso para su conocimiento y demás fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de la Producción 18176 Declaran infundada apelación inter- puesta contra resolución referida a so- licitud de ampliación de permisos de pesca presentada por Del Mar S.A. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 014-2002-PRODUCE/DVM-PE Lima, 4 de octubre del 2002 Vistos los escritos de registro Nº CE-00212003 y 09878002 del 16 de mayo y 6 de agosto del 2002, respe- ctivamente presentados por DEL MAR S.A.; CONSIDERANDO: Que con Resolución Directoral Nº 135-2002-PE/DNE- PP de fecha 22 de abril del 2002, se declaró infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto por DEL MAR S.A. contra la Resolución Directoral Nº 354-2001-PE/ DNEPP, la misma que declaró improcedente la solicitud de ampliación de los permisos de pesca presentada por la recurrente para operar las embarcaciones pesqueras "RICARDO", "ALONSO" y "LOBOS DE AFUERA 9" de matrículas Nºs. CO-16324-PM, PT-3986-CM y PT-3966- PM, respectivamente, en la extracción de los recursos jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto, al considerar que ésta no ha cumplido con el requisito establecido en el numeral 4.3 del artículo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de Jurel y Caballa, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2001- PE, al no sustituir igual volumen de capacidad de bode- ga de la flota existente, para acceder a la pesquería de jurel y caballa con redes de cerco; Que mediante los escritos del visto DEL MAR S.A., in- terpone recurso de apelación solicitando se declare la nu- lidad del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Nº 135-2002-PE/DNEPP, ampliándose los per- misos de pesca para operar las embarcaciones "RICAR- DO", "ALONSO" y "LOBOS DE AFUERA 9" en la extrac- ción de los recursos jurel y caballa. La recurrente funda- menta su recurso en que la resolución impugnada no se ha pronunciado sobre todos los extremos de su Recurso de Reconsideración, al no haber indicado cuáles son los sus-