Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2002 (16/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 16 de octubre de 2002

Aprueban actualizacion de capital social minimo correspondiente al trimestre octubre-diciembre de 2002
CIRCULAR Nº G-108-2002 MORDAZA, 14 de octubre de 2002 ---------------------------------- Ref.: Actualizacion del capital social minimo correspondiente al trimestre octubre diciembre de 2002. ---------------------------------- Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, esta Superintendencia dispone la actualizacion trimestral, correspondiente al periodo octubre - diciembre de 2002, de los capitales sociales minimos de las empresas indicadas en los articulos 16º y 17º de la referida Ley General, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 18º de dicha MORDAZA, asi como de los capitales minimos requeridos en el esquema modular a que se refiere el articulo 290º de la Ley MORDAZA citada, segun el anexo adjunto. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros
ANEXO ACTUALIZACION DEL CAPITAL SOCIAL MINIMO DE LAS EMPRESAS SUPERVISADAS CORRESPONDIENTE AL TRIMESTRE OCTUBRE - DICIEMBRE DE 2002 (EN NUEVOS SOLES)
CAPITAL SOCIAL MINIMO* Empresas de Operaciones Multiples Empresas Bancarias. Empresas Financieras. MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito. MORDAZA Municipal de Credito Popular. Entidad de Desarrollo a la Pequena y Micro Empresa - EDPYME. Cooperativas de Ahorro y Credito autorizadas a captar recursos del publico. 7. MORDAZA Rural de Ahorro y Credito. B. 1. 2. 3. 4. 5. Empresas Especializadas Empresa de Capitalizacion Inmobiliaria. Empresa de Arrendamiento Financiero. Empresa de Factoring. Empresa Afianzadora y de Garantias. Empresa de Servicios Fiduciarios. A. 1. 2. 3. 4. 5. 6.

UNIVERSIDADES
Ratifican otorgamiento de buena pro a persona natural, referida a servicios de alimentacion para estudiantes
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA GALLO VICERRECTORADO ADMINISTRATIVO RESOLUCION Nº 251-2002-VRADM MORDAZA, 20 de setiembre del 2002 VISTOS: Los expedientes Nºs. 3635-2002-VRADM, 3658-2002VRADM, sobre Recurso de Apelacion interpuesto por la Empresa FAJEL S.R.L. sobre otorgamiento de buena pro a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA en la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2002-VRADM; CONSIDERANDO: Que, al haberse declarado desierto en dos oportunidades el Concurso Publico para los servicios de Alimentacion preparada para los estudiantes de la UNPRG, conforme lo dispone el Art. 14 item 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde convocar a una Adjudicacion Directa Selectiva, por lo que mediante Resolucion Nº 220-2002-VRADM de fecha 15 de agosto del 2002 se designo al Comite Especial encargado de conducir el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la Contratacion de los Servicios de Alimentacion Preparada para los Estudiantes de la UNPRG; Que, dicho Comite, llevo a cabo el MORDAZA de seleccion, habiendo presentado sus propuestas cuatro postores, de los cuales la senora MORDAZA MORDAZA UGAZ DE MORDAZA quedo descalificada, MORDAZA MORDAZA MORDAZA obtuvo 51.33 puntos, EMPRESA FAJEL S.R.L. 56 puntos y MORDAZA MORDAZA MORDAZA 93 puntos; por lo que se otorgo la buena pro a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA al haber quedado como la unica oferta valida, con fecha 10 de setiembre ultimo, dentro del termino de ley, la Empresa FAJEL S.R.L. interpone recurso de apelacion, fundamentando el mismo en los siguientes aspectos: - Que con fecha 8 de MORDAZA del 2001 cuando dicha Empresa se presento al Concurso Publico Nº 001-2001/ UNPRG se le otorgo 79 puntos como resultado de la evaluacion de su propuesta, y en el MORDAZA de Seleccion Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2002-UNPRG se le otorga 56 puntos. - Que la misma Comision le ha otorgado un puntaje menor en comparacion con la convocatoria del presente ano, lo cual no es posible, tomando en cuenta que en la actualidad tiene una mayor cartera de clientes, asi como un mejor plantel tecnico y profesional, conforme consta en su propuesta tecnica. - Que, de acuerdo con el Art. 2º del D.S. Nº 003-2001PCM y el Art. Unico de la Resolucion Ministerial Nº 0432001-ITINCI/DM se les debio otorgar 20 puntos adicionales de lo obtenido como resultado a la evaluacion de su propuesta tecnica. Que siendo asi el puntaje que su empresa obtuvo en el Concurso Publico Nº 001-2001UNPRG de 79 puntos y sumando los 20 puntos que por ley le corresponde su empresa debio alcanzar 99 puntos. Conforme indica el Art. 170º Inc. 1) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se corrio traslado del recurso de apelacion a la postora ganadora, dentro del termino de ley, la misma que en su descargo indica: - Que el Comite Especial del ano 2001 no es el mismo Comite Especial del 2002, pues han variado dos miembros. - Que el Plan de Trabajo de la Propuesta Tecnica no es el mismo, pues en el ano 2001 se considero INNOVACION TECNOLOGICA, lo que actualmente no se ha hecho. - Que la calificacion es diferente, pues los Contratos en el ano 2001 tenian una calificacion de 12 puntos y en el

18 476 686,00 9 291 615,00 839 962,00 4 955 528,00 839 962,00 839 962,00 839 962,00

9 3 1 1 1

291 022 679 679 679

615,00 872,00 924,00 924,00 924,00

C. Bancos de Inversion D. 1. 2. 3. 4. E. 1. 2. 3. 4. 5. F. 1. 2. 3. Empresas de Seguros Empresa que opera en un solo ramo (de riesgos generales o de vida). Empresa que opera en ambos MORDAZA (de riesgos generales y de vida). Empresa de Seguros y Reaseguros. Empresa de Reaseguros. Empresas de Servicios Complementarios y Conexos Almacen General de Deposito. Empresa de Transporte, Custodia y Administracion de Numerario. Empresa Emisora de Tarjetas de Credito y/o Debito. Empresa de Servicios de Canje. Empresa de Transferencia de Fondos. Empresas en el Esquema Modular Modulo 1 Modulo 2 Modulo 3

18 476 686,00

3 4 11 7

359 618 758 139

848,00 552,00 229,00 677,00

3 022 872,00 12 388 820,00 839 962,00 839 962,00 839 962,00

4 645 808,00 9 291 615,00 18 476 686,00

Indice Base: Octubre 1996, factor IPM octubre 1996 - setiembre 2002: 1,23888202 * Las actualizaciones se realizan respecto del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) base de octubre de 1996, Articulo 18º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias.

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