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Pág. 231472 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de octubre de 2002 Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 18295 Autorizan viaje de oficial EP para participar en el Curso de "Planificación y Administración de Recursos de De- fensa" que se realizará en los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1576-DE/SG Lima, 15 de octubre de 2002 Vista, la carta de la Universidad Nacional de Defensa de los Estados Unidos de América de fecha 25.setiem- bre.2002; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de Defensa de los Esta- dos Unidos de América, promueve un Curso Internacional entre los países de Latinoamérica y el Caribe, sobre "Pla- nificación y Administración de Recursos de Defensa"; y mediante carta de fecha 25.setiembre.2002, acepta la par- ticipación como cursante al Coronel EP Francisco Anto- nio VARGAS VACA; Que, mediante Hoja de Recomendación Nº 039-2002 MD/B.3 de 30.setiembre, el señor Secretario General del Ministerio de Defensa aprueba autorizar al Coronel EP Francisco Antonio VARGAS VACA integrante del Comité de Asesores del Ministerio de Defensa, viajar en Misión de Estudios para que participe en el Curso de "Planifica- ción y Administración de Recursos de Defensa", que se realizará del 21.octubre al 8.noviembre.2002, en la Uni- versidad Nacional de Defensa de los Estados Unidos de América, como resultado del concurso a nivel Internacio- nal; Que, los gastos de pasajes aéreos, hospedaje y alimentación serán financiados por el Centro de Estu- dios Hemisféricos de Defensa; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5.junio.2002, Decretos de Urgencia Nº 030-2002 y Nº 033-2002, y la Resolución Suprema Nº 141-DE/SG del 24.julio.2002; y, Estando a lo aprobado por el Secretario General del Ministerio de Defensa y con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión de Estudios al señor Coronel EP Francisco Antonio VARGAS VACA, para que participe en el Curso de "Planificación y Administración de Recursos de Defensa", que se rea- lizará del 21.octubre al 8.noviembre.2002, en la Uni- versidad Nacional de Defensa de los Estados Unidos de América. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue la presente Resolución, serán sufragados por el Ministerio de Defen- sa, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 220 x 50% x 19 días x 01 persona Impuesto Aeropuerto US$ 25.00 x 01 personaArtículo 3º.- El citado Oficial Superior deberá cumplir con sustentar lo señalado en los artículos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 18296 ECONOMÍA Y FINANZAS FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 157-2002-EF Mediante Oficio Nº 1378-2002-EF/43.50, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erra- tas del Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, publicado en nuestra edición del día 4 de octubre de 2002, en la pági- na 230905. REGLAMENTO DE LA LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSIÓN PÚBLICA DICE: ANEXO Glosario de términos 8. Estudio de Prefactibilidad: Estudio de las dife- rentes alternativas seleccionadas en función del tamaño, localización, momento de iniciación, tecnología y aspec- tos administrativos. Ésta es la última instancia para eli- minar proyectos ineficientes. DEBE DECIR: ANEXO GLOSARIO DE TÉRMINOS 8.- Estudio de Prefactibilidad: Estudio de las dife- rentes alternativas seleccionadas en función del tamaño, localización, momento de iniciación, tecnología y aspec- tos administrativos. Esta es la última instancia para eli- minar alternativas ineficientes. DICE: ANEXO Glosario de términos 20. Proyecto de Inversión Pública (PIP): Toda inter- vención limitada en el tiempo que utiliza total o parcial- mente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o restablecer la capacidad produc- tora de bienes o servicios; cuyos beneficios se generen durante la vida útil del proyecto y éstos sean indepen- dientes de los de otros proyectos. DEBE DECIR: ANEXO GLOSARIO DE TÉRMINOS 20.- Proyecto de Inversión Pública (P.I.P.): Toda in- tervención limitada en el tiempo que utiliza total o par- cialmente recursos públicos, con el fin de crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad productora de bienes o servicios, cuyos beneficios se generen du- rante la vida útil del proyecto y éstos sean independien- tes de los de otros proyectos. 18289