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Pág. 231478 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de octubre de 2002 Con la opinión favorable del Director General de Electric idad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º. - IMPONER las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, con- servación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora South 2A, ubicada en el distrito de Cotahuasi, provincia de La Unión, departamento de Are- quipa, a favor de Consorcio Transmantaro S.A., con ca- rácter permanente, de acuerdo a la documentación téc- nica y los planos proporc ionados por la empresa, confor- me al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Propietario Servidumbre del Predio 41129002 Estación Repetidora South 2A 470,00 m 2Estado Peruano Ubicación: Distrito de Cotahuasi, provincia de La Unión, departamento de Arequipa Coordenadas UTM : Vértice Norte Este A 8 310 305,74 741 829,12 B 8 310 307,98 741 820,99 C 8 310 317,15 741 811,63 D 8 310 327,65 741 811,63 E 8 310 330,39 741 822,79 F 8 310 325,28 741 834,21 G 8 310 313,67 741 839,45 Cota m.s.n.m.: 5 020 Servidumbre de tránsito para custodia, 83 500,00 m 2 conservación y reparación de las obras e instalaciones Coordenadas UTM : Vértice Norte Este Punto de inicio 8 306 819,27 731 491,11 ER South 2A 8 310 327,65 741 811,63 Artículo 2º.- El propietario de los predios sirvientes, dentro del área de servidumbre, no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni podrá realizar labores que per- turben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º. - Consorcio Transmantaro S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º. - Consorcio Transmantaro S.A., deberá ve- lar permanentemente para evitar que en el área de servi- dumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º. - La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 17367 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 440-2002-EM/DM Lima, 25 de setiembre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 41129302 organizado por Consorcio Transmantaro S.A., sobre solicitud de imposi- ción de las servidumbres de sistema de telecomunica- ciones y de tránsito para custodia, conservación y repa- ración de obras e instalaciones de la Estación Repetido- ra North N 1C, ubicada en el distrito de Colcabamba, pro- vincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica; CONSIDERANDO: Que, Consorcio Transmantaro S.A., concesionaria de transmisión de energía eléctrica, en mérito de la Resolu-ción Suprema N ° 020-98-EM de fecha 17 de marzo de 1998, solicita la imposición de las servidumbres de siste- ma de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora North N 1C; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por los incisos d) y f) del artículo 110° y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el artículo 220° y siguientes de su Reglamento, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 085-2002-EM/DGE del 19 de agosto de 2002; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º. - IMPONER las servidumbres de sistema de telecomunicaciones y de tránsito para custodia, con- servación y reparación de las obras e instalaciones de la Estación Repetidora North N 1C, ubicada en el distrito de Colcabamba, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, a favor de Consorcio Transmantaro S.A., con carácter permanente, de acuerdo a la documenta- ción técnica y los planos proporcio nados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Exp. Descripción de la Servidumbre Área de Propietario Servidumbre del Predio 41129302 Estación Repetidora North N 1C 709,28 m 2Comunidad Campesina Ubicación: Tres de Distrito de Colcabamba, provincia Octubre de Tayacaja, departamento de Huancavelica Coordenadas UTM : Vértice Norte Este A 8 633 206,39 533 527,97 B 8 633 207,77 533 513,99 C 8 633 230,92 533 499,67 D 8 633 236,45 533 509,37 E 8 633 234,96 533 528,28 F 8 633 211,54 533 534,31 Cota m.s.n.m.: 3 916 Servidumbre de tránsito para custodia, 17 875,00 m 2 conservación y reparación de las obras e instalaciones. Coordenadas UTM : Vértice Norte Este Punto de inicio 8 332 520,80 534 620,50 ER North N 1C 8 633 230,92 533 499,67 Artículo 2º.- La propietaria de los predios sirvientes, dentro del área de servidumbre, no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni podrá realizar labores que per- turben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- Consorcio Transmantaro S.A., deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de las servidumbres, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Consorcio Transmantaro S.A., deberá ve- lar permanentemente para evitar que en el área de servi- dumbre se ejecute cualquier tipo de construcción. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 17365