Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2002 (17/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

Pag. 231474

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de octubre de 2002

da al concesionario y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 18351

en el articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, y de acuerdo con el Informe Nº 066-2002EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la modificacion de los numerales 1.1 y 1.3 de la Clausula Primera y la Clausula Decimo Primera del Contrato de Concesion Nº 180-2001, aprobado por la Resolucion Suprema Nº 071-2001-EM. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de Electricidad para que, en nombre del Estado, suscriba la Minuta de Modificacion al Contrato de Concesion Nº 180-2001 celebrado con la empresa concesionaria Sindicato Energetico S.A. - SINERSA, asi como la Escritura Publica correspondiente. Articulo 3º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporado en la Escritura Publica que de origen la Minuta referida en el articulo que antecede. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera notificada al concesionario en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, y debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 18352

Aprueban modificaciones de clausulas del Contrato de Concesion Nº 180-2001 suscrito con Sindicato Energetico S.A. SINERSA
RESOLUCION SUPREMA Nº 040-2002-EM MORDAZA, 16 de octubre de 2002 VISTO: El Expediente Nº 11074197, organizado por Sindicato Energetico S.A. - SINERSA, sobre concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura central hidroelectrica Poechos; y la solicitud de modificacion del Contrato de Concesion presentada el 1 de MORDAZA del 2002 bajo el registro Nº 1371300; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 071-2001EM, publicada el 20 de MORDAZA de 2001, se otorgo a favor de Sindicato Energetico S.A. - SINERSA concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura central hidroelectrica Poechos, que se ubicara en el departamento de MORDAZA, utilizando los recursos hidricos del reservorio de Poechos, con una capacidad instalada de 27 MW; aprobandose el Contrato de Concesion Nº 180-2001 suscrito el 24 de MORDAZA del 2002; Que, conforme a dicho Contrato, SINERSA se obligo a efectuar la construccion de las obras y montaje de las instalaciones correspondientes a dos (2) MORDAZA de maquinas, que se denominarian Poechos I y Poechos II; Que, con fecha 1 de MORDAZA del 2002, SINERSA solicito la modificacion del Contrato, proponiendo la reduccion de la capacidad instalada de la central hidroelectrica Poechos, de 27 MW a 15,4 MW, construyendo inicialmente solo una (1) MORDAZA de maquinas que sera denominada Poechos I, sin alterar el cronograma de ejecucion de obras que forma parte integrante del Contrato de Concesion, y sin perjuicio del derecho de construir en el futuro la MORDAZA MORDAZA de maquinas que se denominaria Poechos II, previa solicitud de la modificacion del Contrato de Concesion por la ampliacion de la capacidad instalada, conforme a los procedimientos legales establecidos; Que, la Direccion General de Electricidad ha evaluado la solicitud, encontrando que los argumentos que la sustentan resultan atendibles, toda vez que no son contrarios a MORDAZA legal de caracter imperativo y que la concesionaria ha presentado una Carta Fianza en garantia del cumplimiento de su compromiso de inversion, razones por las cuales procede aprobar la modificacion al Contrato de Concesion en los terminos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que sera elevada a Escritura Publica incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscrita en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos; Que, la modificacion se encuentra enmarcada segun lo establecido en los articulos 25º y 29º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Estando a lo dispuesto en los articulos 1354º y 1413º del Codigo Civil, en el MORDAZA parrafo del articulo 53º y

Aprueban modificacion del Contrato de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 041-2002-EM MORDAZA, 16 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 818, MORDAZA por las Leyes Nºs. 26610 y 26911, establece que mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el titular del sector correspondiente, se aprobara a las empresas que califiquen para la aplicacion de lo establecido en el referido Decreto Legislativo, asi como los requisitos y caracteristicas que deben cumplir los contratos suscritos para tal efecto; Que, conforme al Decreto Supremo Nº 059-96-PCM TUO de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, se incluye dentro de los alcances del Decreto Legislativo Nº 818 y normas modificatorias, los proyectos de inversion en obras publicas de infraestructura y de servicios publicos entregados en concesion al sector privado bajo contrato con el Estado; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 818 y normas ampliatorias, aprobado por el Decreto Supremo Nº 084-98-EF, establece que mediante Resolucion Suprema se precisara, entre otros aspectos, la cobertura del Regimen de Recuperacion Anticipada del Impuesto General a las Ventas, asi como el numero de cuotas semestrales del fraccionamiento arancelario, respecto de cada contrato; Que, al MORDAZA del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y la Resolucion Suprema Nº 101-2000-EM, se suscribio, el Contrato de Concesion de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate en MORDAZA, de fecha 9 de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.