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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (24/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

Pág. 231887 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de octubre de 2002 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a los siguientes funciona- rios como titulares responsables de brindar la información a que se refiere el artículo 3º de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806: Dr. Richard Martin Tirado, Secretario General del Mi- nisterio de Energía y Minas, quien actuará como funciona- rio responsable de brindar la información producida por la Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas (Despa- cho Ministerial, Despacho del Viceministro de Energía, Despacho de Viceministro de Minas, Secretaría General). Eco. Adolfo Horna Blas, Director de la Oficina Gene- ral de Sistemas del Ministerio de Energía y Minas, quien actuará como funcionario responsable de brindar la infor- mación producida por todas las demás dependencias del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 18713 MINCETUR Exceptúan publicaciones y material impreso requeridos por PROMPERU, CENFOTUR y el Comité de Administra- ción de la ZOTAC de disposiciones del D.U. Nº 030-2002 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2002-MINCETUR Lima, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se aprobaron medidas complementarias de austeridad y ra- cionalidad en el gasto público para el año fiscal 2002; Que, el Decreto de Urgencia Nº 033-2002 ha estable- cido disposiciones para la aprobación de excepciones a las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto públi- co a las que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 030-2002; Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, creada por Decreto Supremo Nº 010-93-PCM, elevada a rango de Ley por el Decreto Legislativo Nº 833, es una entidad pública encargada de la difusión de la imagen y la realidad del Perú en el exterior, así como de la promoción del turismo receptivo e interno; Que, la Comisión de Promoción del Perú, en el desa- rrollo de sus funciones realiza actividades de promoción a nivel nacional e internacional, desarrollando ferias, works- hops, exposiciones y capacitaciones, destinadas a difun- dir la imagen del Perú y promover el turismo hacia y en el Perú, requiriendo para tal efecto editar publicaciones y di- verso material impreso para difundir la imagen del Perú y promoverlo como destino turístico; Que, para la realización de tales funciones, PromPerú requiere realizar ediciones y publicaciones de libros, revis- tas, boletines, calendarios, afiches, videos y demás mate- rial gráfico impreso o en imágenes, a fin de cumplir con sus objetivos promocionales de turismo para la cual ha sido creada; Que, por tal razón, es necesario exceptuar a PromPerú del cumplimiento de la norma contenida en el numeral 3.4 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, mo- dificado por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27790 y Decreto de Urgencia Nº 033-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exceptuar a la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, del cumplimiento de la norma de aus- teridad contenida en el numeral 3.4 del Artículo 3º del De- creto de Urgencia Nº 030-2002, dando cuenta detallada al Directorio de los gastos efectuados en publicaciones.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18848 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2002-MINCETUR Lima, 23 de octubre de 2002 Visto el Oficio Nº 188-2002-DN, de fecha 13 de agosto de 2002 del Director Nacional del Centro Formación en Turismo - CENFOTUR; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se han dictado medidas complementarias de austeridad y ra- cionalidad en el gasto público para el Año Fiscal 2002, re- glamentadas por Resolución Ministerial Nº 264-2002-EF/ 10; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto de Ur- gencia Nº 033-2002 las excepciones para la aplicación de las normas contenidas en el citado Decreto de Urgencia Nº 030-2002, serán aprobados mediante Resolución Su- prema; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 22155, el Centro de Formación en Turismo - CEN- FOTUR, tiene como finalidad planificar y ejecutar en el país la política de formación, capacitación y perfeccionamiento del personal en los diferentes niveles ocupacionales de la actividad turística, sobre la base de los lineamientos de la política nacional y sectorial, en concordancia con la Ley General de Educación; Que, para el cumplimiento de sus fines el CENFOTUR realiza programas de difusión de las actividades educati- vas que desarrolla, para lo cual debe contratar la edición de publicaciones y servicios de publicidad; por cuya razón es pertinente exceptuarla del cumplimiento de la norma contenida en el acápite 3.4 del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779 y Decreto de Urgencia Nº 033-2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exceptúase al Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, del cumplimiento de la norma de austeridad comprendida en el acápite 3.4 del artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, para las publica- ciones dirigidas a la difusión de las actividades educativas que desarrolla, previa aprobación en cada caso del Vice- ministro de Turismo. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18849 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2002-MINCETUR Lima, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 se dictaron medidas complementarias de austeridad y racio-