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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (24/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

Pág. 231903 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de octubre de 2002 SALUD Dan por concluida designación de Director de la Oficina Ejecutiva de In- formática RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1678-2002-SA/DM Lima, 18 de octubre del 2002 De conformidad con lo previsto en el Artículo 7º de la Ley Nº 27594 y el inciso 8º de la Ley Nº 27657; Con la visación de la Oficina General de Asesoría Ju- rídica; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, a partir de la fe- cha, la designación del ingeniero LUIS ALBERTO LAS- TARRIA DEL ALAMO, al cargo de Director, Nivel F-3, de la Oficina Ejecutiva de Informática de la Oficina General de Estadística e Informática del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 18676 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Delegan al Ministro atribuciones regula- das en el artículo 8º del D.S. Nº 059- 97-PCM, pudiendo delegarlas en la máxima autoridad administrativa de PROMPYME DECRETO SUPREMO Nº 015-2002-TR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 059-97-PCM se creó la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, como instancia de promoción, coordinación y concertación de las acciones sectoriales que contribuyan a la ampliación y dinamización de los mercados de las pequeñas y microempresas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 105-2001-PCM se dispuso la transferencia de PROMPYME como unidad eje- cutora del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros al Pliego Ministerio de Trabajo y Promoción Social; Que, conforme a la Primera Disposición Complemen- taria y Final del mencionado Decreto Supremo, la modifi- cación dispuesta entraría en vigencia una vez que se rea- licen las transferencias presupuestarias respectivas, la misma que se efectivizó mediante la Ley Nº 27643 modi- ficada por la Ley Nº 27678; Que, la Décimo Primera Disposición Complementa- ria y Final de la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo creó el Centro de Pro- moción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, sobre la base de la Comisión de la Pequeña y Micro Empresa, con el objeto principal de promover la amplia- ción y dinamización de los mercados de las micro y pe- queñas empresas, en el marco de las políticas estable- cidas por el Sector, organismo que entrará en funciona- miento una vez verificada las correspondientes transfe- rencias presupuestarias; Que, en tanto se produce lo referido en el párrafo an- terior, se debe garantizar la continuidad de los serviciosprestados por la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME, la cual como unidad eje- cutora detenta niveles significativos de desconcentración administrativa que obligan a contar con una estructura orgánica eficiente; Que, en este sentido, se requiere que el titular de la entidad pueda determinar los niveles de desconcentra- ción administrativa a ser ejercitados por el director ejecu- tivo de dicho órgano, delimitándose la actual concurren- cia de competencias que se produce entre los niveles de decisión que componen tal órgano; Que, es necesario emitir la norma que permita al Titu- lar del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para que asuma las atribuciones reguladas en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 059-97-PCM, permitiéndole de- legarlas en la máxima autoridad administrativa de la Co- misión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa y al Consejo regulado en el artículo 8º del referido Decreto Supremo para que asuma la función de órgano consulti- vo de la citada Comisión; De conformidad con el artículo 118º, numeral 8 de la Constitución Política del Estado, Decreto Legislativo Nº 560 y la Décima Primera Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; DECRETA: Artículo 1º.- El Titular del Ministerio de Trabajo y Pro- moción del Empleo asume las atribuciones reguladas en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 059-97-PCM, pu- diendo delegarlas en la máxima autoridad administrativa de la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa. El Consejo regulado en el artículo 8º del De- creto Supremo Nº 059-97-PCM asume la función de ór- gano consultivo de la Comisión de Promoción de la Pe- queña y Micro Empresa. Artículo 2º.- Facúltese al Titular del Pliego del Minis- terio de Trabajo y Promoción del Empleo para que, en virtud de las atribuciones reguladas en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 059-97-PCM, pueda realizar actos de eficacia anticipada, conforme lo dispuesto en el artí- culo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Ad- ministrativo General. Artículo 3º.- La presente disposición, el Decreto Su- premo Nº 059-97-PCM y sus normas modificatorias, de- jan de tener vigencia cuando se realice la transferencia presupuestaria al Centro de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROMPYME en su calidad de Organis- mo Público Descentralizado. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo es refren- dado por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Dado en la Casa de Gobierno, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 18772 Amplían plazo de Comisión de Transfe- rencia del "Programa Microempresas - Sector Informal" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2002-TR Lima, 23 de octubre de 2002 Vistos: El Acta de la Comisión de Transferencia del "Programa Microempresas - Sector Informal", del 4 de octubre de 2002; CONSIDERANDO: Que, con fecha 28 de agosto de 2002 se expidió la Resolución Suprema Nº 020-2002-TR que crea la Comi- sión de Transferencia del "Programa Microempresas -