Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias
Derechos de Tramite (Nota 3) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Autoridad que resuelve la Apelacion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion y/o Adhesion

Requisitos

Formales (Nota 5)

16. Certificado de Antecedentes
3,5% UIT Para Productos Farmaceuticos 7,1% UIT Por resumen adicional S/.1,00 u Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u Oficina Descentralizada No Contemplado Profesional de la Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias No Contemplado ---------

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Solicitud en Formato impreso que debera consignar o adjuntar, segun corresponda: 1. Datos de Identificacion, domicilio y telefono 2. Motivo de la Busqueda. 3. Modalidad de la Busqueda (Patente de Invencion, Modelo de Utilidad o Diseno Industrial). 4. Datos sobre los que se desea se realice la Busqueda (Titular, Inventor, MORDAZA Tecnico, Numero de Solicitud, Numero de Patente u otro dato). La busqueda de Certificados para Productos Farmaceuticos incluiran 50 resumenes. Base Legal: Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial

17. Busqueda de Informacion Tecnologica
6,3% UIT Para Productos Farmaceuticos 9,5% UIT Por resumen adicional S/.1,00 u Oficina de Invenciones y Nuevas Tecnologias u Oficina No Contemplado --------No Contemplado ---------

Solicitud en Formato impreso que debera consignar o adjuntar, segun corresponda: 1. Datos de Identificacion, domicilio y telefono. 2. MORDAZA tecnico en el que se desea se efectue la Busqueda detallando las caracteristicas tecnicas. 3. Figuras, fotografias relacionadas con el objeto de la Busqueda, de ser el caso. 4. Motivo de la Busqueda. La busqueda de Informacion Tecnologica para Productos Farmaceuticos incluiran 50 resumenes.

NORMAS LEGALES

Base Legal: Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial

Nota 1: Los Poderes podran constar en Instrumento Privado y deberan cumplir las siguientes formalidades, en el caso de: a. Personas Naturales: la firma debera ser legalizada por un Notario b. Personas Juridicas: el documento debera contener las facultades otorgadas al Representante y la Representacion con la que actua el Poderdante y su firma debera ser autenticada por Notario c. Poderes otorgados en el extranjero, estos deberan contener ademas Visacion Consular. Nota 2: Los derechos correspondientes se abonan directamente en El Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA Nota 3: Es necesario senalar el numero del Comprobante de Pago del Derecho de Tramite, y la fecha de emision del mismo Nota 4: Tasa y plazo tambien aplicables para la apelacion de resoluciones que imponen multas u ordenan medidas cautelares. Base legal: Decreto Legislativo Nº 823, articulo 240; Decreto Legislativo Nº 807, articulo 38, modificado por Ley Nº 27809, Decimitercera Disposicion Complementaria y Final. Nota 5: La MORDAZA de los documentos se realiza en la Unidad de Tramite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descentralizada Nota 6: Actuaciones procedimentales impulsadas a pedido de parte. El pago es facultativo en tanto el solicitante pretenda hacer MORDAZA dichos beneficios Nota 7: La realizacion del informe esta sujeto a los casos en que se reestructura el pliego de reivindicaciones, y constituye un pago unico por examen adicional Nota 8: El plazo es de 30 dias contados a partir del proveido que declara la solicitud expedita para resolver Nota 9: El pago se realizara por cada acto modificatorio Nota 10: El plazo es de 120 dias habiles. Base legal: Ley Nº 27809, Decimocuarta Disposicion Complementaria y Final. Nota 11: Decreto Legislativo Nº 823, Ley de Propiedad Industrial, art. 247º / Decreto Legislativo Nº 807, Ley sobre facultades, normas y organizacion del Indecopi, Arts. 22º y 38º / Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. 227.1 º

Oficina de Derechos de Autor
Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo Dependencia donde se inicia el procedimiento Recurso de Reconsideracion Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion y/o Adhesion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

Formales (Nota 1)

1. Registro de Obras Literarias (Ineditas y publicadas)
5% UIT u (Nota 4) Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002

1. Llenar el formato F-ODA-03, consignando la siguiente informacion: - Nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera anonima en cuyo caso se consignara en el formato tal circunstancia - Titulo de la obra - Datos del solicitante y domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en caso de no saber firmar o estar impedido 2. Un ejemplar de la obra en el soporte deseado, salvo que la misma fuera publicada en cuyo caso se presentara en el soporte reproducido para su posterior distribucion. 3. De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada: - Se consignara en el formato la fecha y lugar de publicacion, el numero de edicion y el numero de ejemplares reproducidos

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