Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

Oficina de Derechos de Autor
Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion y/o Adhesion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002

Formales (Nota 1)

- Se consignara en el formato el nombre o razon social del editor y el domicilio - Se presentara el contrato de edicion o la declaracion jurada de contar con el mismo, si el editor es una persona distinta al autor o autores b. La cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaracion jurada de contar con el mencionado documento. c. El contrato de trabajo o contrato de obra, los cuales salvo pacto en contrario se regiran por lo establecido en el articulo 16º del D.L. Nº 822 o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. d. En el caso de haber reproducido una obra de terceros en la obra a registrar, la autorizacion del autor o titular de los derechos o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. e. En el caso de ser una obra derivada, se precisara el titulo de la obra originaria y se presentara la autorizacion del autor a fin de modificar la misma o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. f. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante g. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) h. Los documentos elaborados en idioma extranjero, deberan estar traducidos al espanol

Base Legal: D.L. Nº 25868, Art 37º / D.L. Nº822 / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

2. Registro de Base o Compilacion de Datos, Compilaciones, Antologias y demas (Originales en su seleccion y disposicion)
5% UIT u (Nota 4) Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

1. Llenar el formato F-ODA-02, consignando la siguiente informacion: - Nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del compilador o compiladores, salvo que la compilacion fuera anonima en cuyo caso se consignara en el formato tal circunstancia - Titulo de la base o compilacion. - Datos del solicitante y domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en caso de no saber firmar o estar impedido 2. Un ejemplar de la compilacion en el soporte deseado, salvo que la misma fuera publicada en cuyo caso se presentara en el soporte reproducido para su posterior distribucion. 3. Memoria descriptiva en la que se mencione el o los criterios de seleccion o disposicion empleados. 4. De ser el caso: a. Si la compilacion fuera publicada, se consignara en el formato la fecha y lugar de publicacion, el numero de edicion y el numero de ejemplares reproducidos b. La cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito o la declaracion jurada de contar con el mencionado documento. c. El contrato de trabajo o contrato de obra, los cuales salvo pacto en contrario se regiran por lo establecido en el articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 822 o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. d. De haber reproducido, traducido, adaptado o realizado cualquier transformacion de una obra, la autorizacion del autor, titular o de la sociedad de gestion colectiva o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. e. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante f. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) g. Los documentos elaborados en idioma extranjero, deberan estar traducidos al espanol

Base Legal: D.L. Nº 25868 Art 37º / D.L. Nº 822 / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

3. Registro de Fonograma
5% UIT MORDAZA 20 Obras o Fijaciones u (Nota 4) Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada 9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Jefe de la Oficina de Derechos de Autor 14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

1. Llenar el formato F-ODA-05, consignando la siguiente informacion: - Titulo del fonograma, si este es inedito o publicado y el ano de la primera fijacion. - Titulo de las obras o sonidos fijados en el fonograma. - Datos del productor fonografico y domicilio. - Datos del solicitante y domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en caso de no saber firmar o estar impedido. 2. Un ejemplar del fonograma en el soporte deseado, salvo que el mismo fuera publicado en cuyo caso se presentara en el soporte reproducido para su posterior distribucion. 3. De ser el caso: a. Si el fonograma cuenta con obras artisticas musicales - Genero, autor de la letra, autor de la musica y arreglista

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