Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2002 (25/10/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales
Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Calificacion Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo Recurso de Reconsideracion Dependencia donde se inicia el procedimiento Autoridad que resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Recurso de Apelacion y/o Adhesion Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

Formales (Nota 1)

5. Renovacion de la Acreditacion
90% UIT u 80 dias habiles (Notas 4 y 7) Secretaria Tecnica de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales u Oficina Descentralizada 10% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion (Nota 8) Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 10% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion (Nota 8) Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi

Pag. 231962

1. Solicitud suscrita por el representante legal de la entidad acreditada. La solicitud debe presentarse 60 dias habiles MORDAZA del vencimiento de la Acreditacion inicialmente otorgada, para su procedencia. 2. Memoria Descriptiva de acuerdo al Formato correspondiente (Nota 5), y Manual de Calidad en caso de haber realizado cambios respecto a la Acreditacion inicialmente otorgada (las Modificaciones indicadas no deben implicar una Solicitud de Ampliacion de la Acreditacion vigente). Los gastos de la auditoria seran de cuenta del solicitante

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Articulo 26º publicado el 6 de noviembre de 1992 Res.Nº 026-97/INDECOPI-CRT publicada el 16 de MORDAZA de 1997 y sus modificatorias

6. Procedimiento de Dirimencia
10% UIT u 30 dias habiles (Notas 4 y 7) Secretaria Tecnica de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales u Oficina Descentralizada 10% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion (Nota 8) Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 10% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion (Nota 8) Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi

El procedimiento de dirimencia solo procede sobre resultados emitidos por Laboratorios de Ensayo y Organismos de Certificacion de Productos Acreditados, luego de haber agotado las coordinaciones con la entidad que los emitio. 1. Solicitud senalando y adjuntando datos de identificacion y domicilio, asi como documentos que acrediten su personeria juridica y poderes (Nota 3) de ser el caso. La solicitud debe comprender lo siguiente: a. Nombre de la entidad acreditada cuyos resultados se cuestionan. b. Sustentacion del cuestionamiento. 2. MORDAZA del Certificado de Conformidad o Informe de Evaluacion del Producto, o Informe de Ensayo que contienen los resultados cuestionados 3. Documentacion que acredite haber agotado las gestiones para la revision de los resultados cuestionados ante la entidad acreditada que los emitio. Las solicitudes deben presentarse observando el periodo de conservacion de la muestra dirimente.

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Articulo 26º publicado el 6 de noviembre de 1992 Res.Nº 026-97-INDECOPI-CRT publicada el 16 de MORDAZA de 1997 y sus modificatorias

7. Denuncia por Infracciones a las Normas de Acreditacion
20% UIT u (Nota 7) No Contemplado (Nota 6) Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 10% UIT Procede dentro de los 5 dias de Notificada la Resolucion (Nota 6) Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi Secretaria Tecnica de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales u Oficina Descentralizada

NORMAS LEGALES

1. Solicitud senalando y adjuntando datos de identificacion y domicilio, asi como documentos que acrediten su Personeria Juridica y los Poderes (Nota 3) correspondientes, de ser el caso. 2. Identificacion de la Infraccion que se denuncia 3. Identificacion de la Entidad denunciada, Nombre o Razon Social y domicilio de Denunciado 4. Exposicion de hechos y fundamentacion tecnica de ser el caso 5. Documentacion sustentatoria de la Denuncia formulada 6. Copias de la Denuncia y recaudos segun el numero de Denunciados

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Articulo 26º publicado el 6 de noviembre de 1992 Res.Nº 026-97-INDECOPI-CRT publicada el 16 de MORDAZA de 1997 y sus modificatorias

8. Autorizacion de Entidades Prestadoras de Servicios Metrologicos
70% UIT u 60 habiles (Notas 4 y 7) 10% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion (Nota 8) Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 10% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion (Nota 8) Sala de Defensa de la Competencia Tribunal de Indecopi Secretaria Tecnica de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales u Oficina Descentralizada

1. Solicitud senalando datos de identificacion y el domicilio, y adjuntando documentos que acrediten su Personeria Juridica y los Poderes (Nota 3) correspondientes 2. Memoria Descriptiva senalando los datos generales de la Organizacion del Solicitante y el alcance de la autorizacion solicitada. 3. Manual de Procedimientos para la Prestacion del Servicio. 4. MORDAZA de Certificados de Calibracion de todos los equipos utilizados en la Prestacion del Servicio cuya autorizacion se solicita, conforme al Reglamento Los gastos que demanden la Evaluacion en las instalaciones, como son pasajes, traslados, etc.seran solventados por el Solicitante

MORDAZA, viernes 25 de octubre de 2002

Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Articulo 26º publicado el 6 de noviembre de 1992 Res. Nº 0032-2000 / INDECOPI-CRT, publicada el 16 de junio del 2000

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.