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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (25/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 29

/G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 /G20/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G33/G31/G39/G35/G39Lima, viernes 25 de octubre de 2002 Comisión de Protección al Consumidor Requisitos Calificación Dependencia Autoridad R ecurso de Autoridad Derechos Auto- Evaluación Previa donde se Recurso de que Apelación que Formales (Nota 1) de Trámite mático Sil. Adm. Sil. Adm. inicia el Reconsideración resuelve la y/o resuelve la (Nota 2) Positivo Negativo procedimiento Solicitud Ad hesión Apelación 3. Procedimiento para Denunciar Incumplimiento de Medidas Correctivas Solicitud que deberá consignar lo siguiente: Gratuito /GFC Secretaria No Contemplado Comisión de 10% UIT Sala de Defensa 1. Nombre o Razón Social, RUC o DNI, de ser el caso, domicilio y teléfono del Denunciante (Persona Natural, Persona (Nota 4) Técnica de la (Nota 6) Protección al Procede dentro de la Jurídica o Asociación de Consumidores) y/o de su Representante. Comisión de Consumidor de los 5 Competencia 2. Nombre o Razón Social y domicilio del Proveedor del bien o servicio. En el caso que el denunciante ignore el domicilio Protección al días hábiles Tribunal de actual del Proveedor, deberá adjuntar una Declaración Jurada señalando que ha agotado las gestiones destinadas a Consumidor de Notificada la Indecopi conocer el domicilio del mismo. u Resolución 3 Número del expediente en el que se dictó la medida correctiva ante Indecopi Oficina (Nota 7) 4. Precisar en qué consiste el incumplimiento de las Medidas Correctivas Descentralizada (Nota 5) Documentación que deberá adjuntarse (Nota 8) en los siguientes supuestos 1 En caso el denunciante (Persona Natural, Persona Jurídica o Asociación de Consumidores) se apersone mediante un representante, deberá adjuntar la documentación que acredite a este último como tal. (Nota 3) 2 En su caso, copia de los documentos que acrediten la existencia y representación de la Persona Jurídica o Asociación de Consum idores solicitante. 3 En caso, la denuncia sea presentada por una Asociación de Consumidores en representación de los intereses individuales de uno o más de sus asociados, copia de los documentos que acrediten que los representados son miembros de la asociación. 4. En caso la denuncia sea presentada por una Asociación de Consumidores en representación de intereses difusos de los consumido res, copia simple de la Escritura Pública de su estatuto con los datos de su inscripción y Declaración Jurada que se encuentra debidamente inscrita en el registro respectivo. 5 Las pruebas que presente el Denunciante que permitan apreciar la existencia del daño o perjuicio ocasionado por el Proveedor o por el bien o servicio que este haya proveído, o el incumplimiento de las obligaciones a cargo del Proveedor. 6 Copia de la Solicitud y recaudos, según el número de Denunciados. Base Legal: Decreto Ley Nº 25868 Art 23º, publicado el 6 de noviembre de 1992 / Decreto Legislativo Nº 807 Art. 22º y siguiente s, publicado el 18 de abril de 1996 / Resoluciones Nº 048-2001-INDECOPI/DIR y 049-2001-INDECOPI/DIR, publicadas el 21 de mayo d el 2001 Decreto Supremo Nº 039-2000-ITINCI, publicado el 11 de diciembre de 2000 / Ley Nº 27809, Ley General del Sistema Concursal, Déc imotercera Disposición Final, publicada el 8 de agosto de 2002 (Nota 1) La presentación de los documentos se realiza en la Unidad de Trámite Documentario del Indecopi o de la Oficina Descent ralizada (Nota 2) Es necesario señalar el número del Comprobante de Pago del Derecho de Trámite, y la fecha de emisión del mismo (Nota 3) Los poderes deberán cumplir las siguientes formalidades: A. En el caso de Facultades Generales : la Representación podrá constar en Carta Poder simple. B. En el caso de Facultades Especiales (ej. Conciliación, desistimiento, etc.) presentar documento con firma legalizada por Notario o Fedatario. C. En el caso de Poderes otorgados en el extranjero, éstos deberán contener además Visación Consular. (Nota 4) 120 días hábiles. Décimocuarta Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 27809(Nota 5) Las denuncias con los requisitos mencionados en el presente TUPA podrán ser presentadas ante la Comisión de Protección al Consumidor de la Sede Central en San Borja (Lima), en las Comisiones de Protección al Consumidor Delegadas en provincias y en las Oficinas Descentralizadas (Secretarías Técnicas Adjuntas), procedimientos que se tramitarán y/o resolverán dentro del área geográfica de la jurisdicción que le corresponde al Organos Funcional que conoce el Procedimiento (Nota 6) Decreto Legislativo Nº 807, Art. 38º / Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Art. 227.1 º(Nota 7) Tasa y plazo también aplicables para la apelación de resoluciones que imponen multas u ordenan medidas cautelares y pa ra la apelación de actos trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento o que produzcan indefensión. Base Legal: Decreto Legislativo Nº 807, Art. 38º, modificado por Ley Nº 27809, Décimotercera Disposición Complementaria y Final / Ley Nº 27444, Art. 206.2/ Directiva Nº 002-2001/TRI-INDECOPI. (Nota 8) Del punto 1 al 4, sólo deberá presentarse estos documentos en caso no hayan sido presentados en el procedimiento anter ior ante INDECOPI y en este caso indicar el órgano o dependencia