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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (27/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 27

Pág. 232149 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de octubre de 2002 De conformidad con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo Municipal, por UNANIMIDAD apro- bó la siguiente: ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR la Campaña Masiva de Otorgamiento de Autorización de Apertura de Esta- blecimiento (Licencia de Funcionamiento) y/o ampliación a giros compatibles y/o complementarios, para estableci- mientos de "giro menor", con los siguientes requisitos y costos rebajados: 1. Derecho de Compatibilidad de Uso (ZONIFICACIÓN) S/.50.00 2. Autoavalúo Independizado 3. Derecho de Licencia 50.00 4. Contrato de Alquiler o Autorización del Propietario 5. Solicitud Simple 6. Copia de licencia de funcionamiento para los casos de ampliación de giro. Artículo Segundo.- APROBAR la Campaña Masiva de Autorización o Renovación de Anuncios y Publicidad Exte- rior en general, según Ordenanza Nº 049-C/MC del 5 de junio del 2002, para los anuncios de tipo: 1. Panel o mural simple adosado a la pared pagarán un derecho equivalente a S/. 60.00 nuevos soles. 2. Todos los demás tipos de anuncios gozarán de una rebaja del 50% en el pago de derechos que se encuentran establecidos en el TUPA 2002 por cada anuncio. Artículo Tercero.- APROBAR la Campaña Masiva del Otorgamiento de Certificado de Numeración, en las Urba- nizaciones, Asociaciones de Vivienda, Cooperativas de Vi- vienda y Asentamientos Humanos que cuenten con la No- menclatura Vial, Habilitación Urbana o estudios prelimina- res aprobados otorgándose la rebaja del 50% en el pago de derechos que se encuentren establecidos en TUPA 2002, por número Municipal Artículo Cuarto.- El otorgamiento de los Certificados, de Autorización de Apertura de Establecimiento (Licen- cia de Funcionamiento) de Autorización de Anuncios, y de Numeración, serán otorgados por las Oficinas Admi- nistrativas encargadas, en el plazo de cinco días hábiles bajo responsabilidad funcional. Artículo Quinto.- La vigencia de la presente Ordenanza será hasta el 15 de noviembre del 2002. Artículo Sexto.- Dispensar de la lectura del acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, cúmplase, archívese. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 19018 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Modifican Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del año 2002 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 01741-2002-ALC/MDSA Santa Anita, 17 de octubre de 2002 Visto, el Informe Nº 223-2002-DA/MDSA de fecha 14 de octubre de 2002, de la Dirección de Administración, relacionada con la necesidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, correspondiente al Ejercicio Pre- supuestal 2002; y,CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012- 2001-PCM y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por Decreto Su- premo Nº 079-2001-PCM, mediante Resolución de Al- caldía Nº 02190-2001-ALC/MDSA, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipa- lidad Distrital de Santa Anita, correspondiente al Ejerci- cio Presupuestal 2002; Que, mediante el Informe de vistos, el Director de Administración, eleva a la Dirección Municipal, el Me- morándum Nº 305-2002-DDU/MDSA y el Informe Nº 275-2002-ABA-DA/MDSA, mediante los cuales, el Di- rector de Desarrollo Urbano y Jefe de la Unidad de Abastecimiento, respectivamente, dan cuenta de la ne- cesidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Santa Anita acotado en el primer considerando de la presente Resolución, en virtud a una nueva definición de priorida- des en función de los recursos disponibles, incorpo- rando y excluyendo algunos procesos de selección, según anexo que se adjunta al citado informe de vis- tos, y solicita su aprobación respectiva; Que, el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM, establece que las licitaciones públicas, concursos públicos y adjudicaciones directas no contenidos en el Plan Anual deberán ser aprobados por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la entidad, según co- rresponda, para su inclusión en el mismo, lo cual deberá informarse al CONSUCODE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a dicha aprobación; asimismo, la men- cionada norma señala que las inclusiones y exclusiones de los procesos de selección serán comunicadas a la Co- misión de Promoción de la Pequeña y Microempresa - PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuenta al CONSUCODE; Con la opinión favorable de la Dirección Municipal y en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Dis- trital de Santa Anita, correspondiente al Ejercicio Pre- supuestal del Año 2002, el cual queda estructurado conforme al anexo que forma parte integrante de la pre- sente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar al Director de Admi- nistración, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y la remisión de un ejem- plar del Plan Anual al que se refiere el artículo anterior al CONSUCODE y a PROMPYME, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación, debien- do asimismo poner dicho Plan a partir de la fecha, a disposición de los interesados en la Unidad de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, sito en Av. Los Eucaliptos Cdra. 12 S/N - Santa Anita, 1er. piso del Local Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSIRIS FELICIANO MUÑOZ Alcalde 19016 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Autorizan celebración de matrimonio civil comunitario en el distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 12-2002-MDB Bellavista, 15 de setiembre de 2002