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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (27/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 232146 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de octubre de 2002 En consecuencia, nos encontraríamos frente a actos incompatibles, resultando de aplicación el artículo X del Título Preliminar del Reglamento general de los Registros Públicos, que recoge el principio de prioridad excluyente, por el cual no puede inscribirse un título incompatible con otro ya inscrito o pendiente de inscripción, aunque sea de igual o anterior fecha. Debiendo por lo tanto confirmarse el segundo numeral y el literal b) del tercer numeral de la ob- servación, en el que se señala que el título Nº 200552 del 29-10-2001 es incompatible. Quinto.- Revisados los documentos presentados ante esta instancia, se aprecia que no obra copia autenticada por Notario Público o Fedatario del registro de socios, que toda cooperativa debe llevar conforme al Art. 37º de la Ley General de Cooperativas y que acredita la calidad de so- cios de los asistentes a las asambleas. Se han presentado listados de socios hábiles al 28-1- 2001 y 15-7-2001 suscritos por el presidente del consejo de administración y gerente. Al respecto debe señalarse que el consejo de administración y gerente están faculta- dos para determinar qué socios, de aquéllos que aparecen en el registro de socios, tienen la calidad de hábiles. Sin embargo, dichos listados de socios hábiles no eximen de la presentación de copia autenticada del registro de so- cios. En consecuencia, debe ampliarse la observación en este sentido. Sexto.- El libro de concurrentes a asamblea general y el libro de actas del consejo de administración que obran en el título venido en grado no concuerdan con los que obran en el antecedente registral. En cuanto al libro de concurrentes a asamblea general, en el título archivado 200552 del 29-10-2001, obra el libro Nº 2 legalizado el 7-1-98 en el que está asentada la rela- ción de concurrentes a la asamblea del 21-10-2001, razón por la que las relaciones de asistentes a las asambleas del 28-1-2001 y 15-7-2001, esto es, de fechas anteriores, no correspondía que se asentaran en el libro Nº 3 que se ha presentado. En cuanto al libro de actas del consejo de administra- ción, en el título archivado 200552 del 29-10-2001 obra el libro Nº 3 legalizado el 10-10-2000, en el que está asenta- da acta del 26-10-2001; sin embargo, las actas del 29-1- 2001 y 16-7-2001, se asentaron en un libro anterior, legali- zado el 31-7-90. Estando a lo acordado por unanimidad. VII. RESOLUCIÓN DEJAR SIN EFECTO el primer y el literal a) del tercer numeral de la observación y CONFIRMAR el segundo y el literal b) del tercer numeral de la observación formula- da por la Registradora Pública(e) del Registro de Perso- nas Jurídicas Lima al título referido en el encabezamiento y AMPLIARLA conforme a lo señalado en los numerales 5 y 6. Regístrese y comuníquese. NORA MARIELLA ALDANA DURÁN Presidenta de la Segunda Sala del Tribunal Registral FERNANDO TARAZONA ALVARADO Vocal del Tribunal Registral FREDY LUIS SILVA VILLAJUÁN Vocal del Tribunal Registral 18949 Autorizan viaje de registradores a Es- paña para participar en el "2º Curso de Derecho Registral" RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 488 -2002-SUNARP/SN Lima, 24 de octubre de 2002CONSIDERANDO: Que, mediante aviso publicado en el Diario Oficial El Peruano, la Superintendencia Nacional de los Re- gistros Públicos, en coordinación con el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Espa- ña y con el auspicio de la Fundación Carolina, convocó a Registradores y Especialistas en Derecho Registral a nivel nacional, a participar en un concurso de Becas para realizar estudios de especialización en Derecho Registral en la ciudad de Madrid durante el mes de noviembre del presente año; Que, de acuerdo al informe elaborado por la respectiva comisión evaluadora para el efecto, se envió al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, la relación de candidatos preseleccionados, la misma que se hiciera mediante Resolución del Superintendente Nacional Nº 446-2002-SUNARP/SN Publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante comunicación cursada a esta Super- intendencia por la Dirección de Relaciones Internacio- nales del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, luego de analizar los expedien- tes presentados de los candidatos, se informa que se ha resuelto otorgar tres becas de estudios para el Perú, seleccionando de entre los candidatos presentados, a los registradores Carlos Martín Luque Rázuri, Regis- trador Público de la Zona IX, Oficina Registral de Lima; Renzo Guillermo Ortiz Díaz, Registrador Público de la Zona Registral X, Oficina Registral del Cusco y Petro- nila Collao Puicán, Registrador Público de la Zona Re- gistral Nº II, Oficina Registral de Cajamarca; los mis- mos que participarán en el 2º Curso de Derecho Regis- tral que se celebrará en Madrid del 4 al 29 de noviem- bre de 2002; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, publicado el 6 de junio del 2002, se ha establecido en su artículo 11º que tratándose de funcionarios públi- cos, “los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución del Titular de la enti- dad correspondiente”. Estando a lo que antecede y de conformidad con las facultades conferidas en el artículo 7º inciso v) del Estatu- to de la Superintendencia Nacional de los Registros Pú- blicos, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002- JUS: SE RESUELVE: Artículo Primero .- Autorizar el viaje a la ciudad de Madrid, España, durante los días 1 al 30 de noviembre de 2002, a los señores Registradores Carlos Martín Lu- que Rázuri, Registrador Público de la Zona Registral Nº IX, Oficina Registral de Lima; Renzo Guillermo Ortiz Díaz, Registrador Público de la Zona Registral Nº X, Oficina Registral del Cusco y Petronila Collao Puicán, Registrador Público de la Zona Registral Nº II, Oficina Registral de Cajamarca con la finalidad de participar en el “2º Curso de Derecho Registral”, en calidad de beneficiario de una beca otorgada por el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de Espa- ña y la Fundación Carolina. Artículo Segundo .- Los Jefes Zonales donde presten servicios los mencionados Registradores, darán todas las facilidades para su traslado en el marco de las normas vi- gentes. Artículo Tercero .- Al finalizar el curso, los funcionarios aludidos deberán presentar dentro de los 15 días calenda- rio siguientes a su retorno, un informe sobre las acciones realizadas durante su estancia fuera del país. Artículo Cuarto .- La presente resolución no irrogará gasto alguno al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de Registros Públicos 18948