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Pág. 232139 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Comité de Coordinación Técnica (CCT) de la Iniciativa para la Integración de la Infraestructura Regional de América del Sur (IIRSA), ha convocado a la Tercera Re- unión del Grupo Técnico Ejecutivo (GTE) del Eje Andino Interoceánico Brasil - Bolivia - Paraguay - Chile - Perú, que se realizará en la ciudad de Asunción, República de Para- guay, el día 29 de octubre de 2002; Que, dicha Reunión tiene características multisecto- riales, involucrando al sector transportes, y de acuerdo a la agenda de trabajo se presentará el estado situacional del Eje Interoceánico el cual contiene puntos relacionados con la delimitación territorial del Eje, dinámica socioeconó- mica y ambiental de dicho espacio, análisis de los proyec- tos identificados, así como la presentación de los países sobre su visión de articulación en el Eje, entre otros pun- tos que serán objeto de discusión plenaria; Que, es de interés del Ministerio de Transportes y Co- municaciones, participar en el referido evento, considerán- dose que tiene competencia para integrar interna y exter- namente al país, entre otras materias; Que, en tal sentido resulta pertinente la participación de este Ministerio, a través de la Dirección General de Ca- minos y Ferrocarriles, acorde con las funciones que le asig- na el Reglamento de Organización y Funciones del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por De- creto Supremo Nº 041-2002-MTC; De conformidad con la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Julio Escudero Meza, Director General de la Dirección General de Cami- nos y Ferrocarriles, a la ciudad de Asunción, República de Paraguay, durante los días 27 al 30 de octubre de 2002, para los fines a que se contrae la presente Resolución Mi- nisterial. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 619.50 - Viáticos US$ 400.00 - Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funciona- rio mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 19026 Otorgan licencia a Marine Bureau Surveyors and Consulters EIRL para prestar servicio de practicaje en el Ter- minal Portuario del Callao RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 206-2002-MTC/15.15 Lima, 16 de setiembre de 2002 Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-009562 y P/D 063099) presentada por la empresa MARINE BUREAU SURVEYORS AND CONSULTERS EIRL., pidiendo Licen-cia para la prestación de Servicio de Practicaje en el Ter- minal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans- porte Acuático del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y con- trol de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte marítimo y conexos realizados en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 (28.FEB.2001), se aprobó el Reglamento del referido De- creto Supremo, el cual en su Artículo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, serán otor- gadas por Resolución Directoral de la Dirección General de Transporte Acuático, previo cumplimiento de los requi- sitos que exige el mencionado Reglamento; Que, la recurrente se encuentra debidamente identifi- cada con el Registro Único de Contribuyentes (RUC.) Nº 20339712060; Que, según opinión favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y por el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs, 321-2002-MTC/15.15.03 y 212- 2002-MTC/15.15.al, respectivamente, la citada Empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 14º del referido Reglamento y su modificatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licen- cia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Regla- mento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-2001- MTC/15.15, modificado por Resolución Ministerial Nº 401- 2001-MTC/15.15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR a la empresa MARINE BU- REAU SURVEYORS AND CONSULTERS EIRL., la Licen- cia Nº 041-2002-MTC/15.15-SP, para prestar Servicio de Practicaje en el Terminal Portuario del CALLAO, sin perjui- cio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Artículo 2º.- La Licencia que se otorga por el artículo precedente, concede a su titular un derecho específico e intransferible y tiene vigencia por tres (3) años calendario, computados a partir de la fecha de publicación de la pre- sente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Perua- no, pudiendo ser renovada por similar período a petición de parte. Artículo 3º.- La Licencia de Servicio de Practicaje que se otorga por el Artículo 1º de la presente Resolución Di- rectoral implica la obligación del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia y las dis- posiciones y directivas que dicte la Dirección General de Transporte Acuático. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Artículo 5º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General Dirección General de Transporte Acuático 18836 Sancionan a diversas personas natura- les con inhabilitación para obtener li- cencias de conducir RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1054-2002-MTC/15.18 Lima, 14 de octubre de 2002