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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (27/10/2002)

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Pág. 232144 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de octubre de 2002 Que, la Directora General del Centro Nacional de Con- trol de Calidad en cumplimiento del Art. 5.5.5. del Regla- mento aprobado por Resolución Jefatural Nº 244-96-J-IPD- INS, mediante Oficio Nº 2192/2002-DG-CNCC-INS del 02- 10-14, opina favorablemente por la procedencia de acredi- tar a la Empressa HYPATIA S.A. como Laboratorio Oficial miembro de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, por cumplir con los requisitos exigidos por la normatividad vigente y autorizar a dicha Empresa para la emisión de informes de ensayo y certificados de análisis; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2002-SA se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional de Salud, que regula el procedimien- to para la Acreditación o Reacreditación de Laboratorios Oficiales para la Red de Laboratorios de Control de Cali- dad de Medicamentos; De conformidad con la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-SA Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, De- cretos Supremos Nº 005-94-SA y 001-2002-SA y Resolu- ciones Jefaturales Nºs. 244-96-J-OPD/INS, 186-99-J-OPD/ INS y 379-2001-J-OPD/INS; En uso de las atribuciones establecidas en el Art. 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Na- cional de Salud, aprobado por Resolución Ministerial Nº 144-2002-SA/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ACREDITAR a la Empresa HYPATIA S.A., como Laboratorio Oficial miembro de la Red de Laborato- rios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud, en los ensayos contemplados en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Empresa HYPATIA S.A., para ejecutar procedimientos, análisis, emitir informes de ensayo y certificados de análisis de productos farmacéuti- cos y afines en los siguientes rubros: ENSAYOS: 1. Físico-Químicos 1.1 Descripción y evaluación de características físicas 1.2 Dureza 1.3 Identificación Cualitativa: reacción de color, CCF, UV-Vis, HPLC 1.4 Disolución 1.5 Partículas extrañas en inyectables, inspección por muestreo 1.6 Partículas extrañas en solución inyectable, inspec- ción total 1.7 Cuantificación por espectrofotometría UV-VIS 1.8 Cuantificación por cromatografía líquida de alta per- formance 1.9 Cuantificación por volumetría 1.10 Cuantificación por gravimetría 2. Microbiológicos 2.1 Esterilidad 2.2 Límite Microbiano 2.3 Potencia Antibiótica 2.4 Enfrentamiento Microbiano 3. Farmacológicos y/o Toxicológicos 3.1 Limulus Amebocyte Lysate (LAL) 3.2 Toxicidad 3.3 Sensibilidad Cutánea y Reactividad en animales 3.4 Irritabilidad ocular PROCEDIMIENTOS: 1. Muestreo en Almacenes y Plantas 2. Emisión de Informes de Ensayos y Certificados de Análisis Artículo 3º.- Los informes de ensayo y los certifica- dos de análisis de calidad de productos farmacéuticos y afines, deben ser firmados por un profesional colegiado, autorizado por la Empresa HYPATIA S.A., acreditada e inscrita en el Registro de la Red de Laboratorios de Con- trol de Calidad de Medicamentos del Sector Salud. Artículo 4º.- La Empresa acreditada y autorizada debe someterse periódicamente a evaluaciones y/o auditoríastécnico-científicas a cargo del Centro Nacional de Con- trol de Calidad del Instituto Nacional de Salud y debe participar en los programas de ensayos interlaboratorios que organice la entidad acreditadora. Artículo 5º.- La acreditación y autorización otorgada a la Empresa HYPATIA S.A., entrará en vigencia a partir de la fecha de la presente resolución y tendrá una dura- ción de dos años. Artículo 6º.- La Empresa acreditada y autorizada debe cumplir con todas las disposiciones que norman el control de calidad de productos farmacéuticos y afines, que fija la Ley General de Salud y su Reglamento, así como el Regla- mento Interno de la Red de Laboratorios de Control de Calidad de Medicamentos del Sector Salud; las Guías Ge- nerales de Control de Calidad de Productos Pesquisados; y el Reglamento de Dirimencias del Centro Nacional de Control de Calidad aprobado. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FERNANDO LLANOS ZAVALAGA Jefe 18989 SUNARP Confirman en parte observación formu- lada por Registradora del Registro de Personas Jurídicas de Lima a solicitud de inscripción de miembros del conse- jo de administración de cooperativa TRIB UNAL REGISTRAL RESOLUCIÓN Nº 041-2002-SUNARP-TR-L Lima, 26 de setiembre de 2002. APELANTE :César Augusto Varela Alayo COOPERATIVA DE VIVIENDA VI- LLA DEL PERIODISTA DE LIMA TÍTULO :Nº 218083 del 26 - 11- 2001 HOJA DE TRÁMITE :Nº 29077 del 27- 06 - 2002 REGISTRO :Personas Jurídicas de Lima- Libro de Cooperativas ACTO :Elección de directivos SUMILLA :No podrá inscribirse título en el que conste la remoción de consejeros que conforme a la partida registral, continuaron integrando el consejo de administración con posterioridad a dicha remoción. I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DO- CUMENTACIÓN PRESENTADA Con el presente título se solicita la inscripción de la elección de los miembros del consejo de administración, en mérito de la copia certificada notarial del acta de ins- talación del consejo de administración del 16-7-2001. En dicha sesión se acordó, además, ratificar a César Varela Alayo como gerente y se le otorgaron facultades. Con el recurso de apelación se ha adjuntado la siguien- te documentación: -Copias certificadas notariales de las actas de asam- bleas general del 28-01-2001 y 15-7-2001. -Avisos de convocatoria y relaciones de asistentes a las asambleas mencionadas. -Relación de socios hábiles a ambas asambleas, emitida por el Presidente del Consejo de Administración y Gerente. -Copias certificadas notariales de actas de instalación de los consejos de administración y vigilancia, comité electoral y comité de educación.