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Pág. 232137 NORMAS LEGALES Lima, domingo 27 de octubre de 2002 terse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de selección antes aludidos, precisando que una vez aprobada la exoneración, la contratación deberá reali- zarse mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtención de una cotización que cumpla los requisitos es- tablecidos en las Bases, debiendo indicarse en la resolu- ción exoneratoria el órgano que se encargará de llevar a cabo la contratación, siendo que dicha resolución requiere obligatoriamente un informe técnico-legal previo emitido por las áreas técnica y de asesoría jurídica de la Entidad, que justifique la contratación y de la necesidad de la exonera- ción, contemplando criterios de economía, tales como los costos y la oportunidad, y determinando en cada caso la dependencia u órgano que se encargará de realizar la ad- quisición o contratación exonerada, de acuerdo al monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticación; Que, el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030- 2002 establece que las adquisiciones de bienes y servi- cios que efectúen las Entidades Públicas, de acuerdo a sus respectivos Planes Anuales de Adquisiciones y Con- trataciones que superen las Tres (3) UIT, deberán ser auto- rizadas por el Titular de la Entidad mediante la resolución correspondiente, la misma que se publicará en la respecti- va Página Web de la Entidad; Que, mediante Memorandos Nºs. 496 y 497-2002-FON- CODES/GG, la Gerencia General del FONCODES justifi- ca técnicamente la contratación del Dr. Leoncio Rodríguez Rodríguez bajo la causal de exoneración por servicios per- sonalísimos, a efectos brinde sus servicios para el Acom- pañamiento de la Gestión e Implementación de la "Tercera Etapa del Programa de Apoyo a las Operaciones del FON- CODES", financiada mediante el Contrato de Préstamo Nº 1421/OC-PE, suscrito entre la República del Perú y el Ban- co Interamericano de Desarrollo - BID, por cuanto dicho profesional brindó sus servicios para la formulación y con- creción del Programa y acuerdo de financiamiento antes señalados, teniendo una basta experiencia en consultoría especializada en Programas y Proyectos Sociales finan- ciados por organismos multilaterales como el BID y el Banco Mundial, además de contar con maestrías y especialida- des en Gestión y Desarrollo de Programas Sociales y con más de 20 años de experiencia profesional local e interna- cional, de los cuales desde el año 1993 viene apoyando a la Entidad, desempeñándose como su Director Ejecutivo desde diciembre del 2000 a julio del 2001, todo lo cual rati- fican su idoneidad para la prestación de los servicios an- tes señalados así como determinan la conveniencia de su contratación; Que, mediante Informe Nº 274-2002-FONCODES/ GPyS, la Gerencia de Planeamiento y Sistemas de FON- CODES emite su Informe de disponibilidad presupuestaria para la contratación de los servicios antes señalados por un monto de S/. 43,200; Que, mediante Informe Legal Nº 371-2002-FONCODES/ GG, la Gerencia de Asesoría Legal de FONCODES, en virtud a las justificaciones técnicas, opina por la proceden- cia de tramitar la mencionada contratación bajo la causal de exoneración por servicios personalísimos, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamen- to, y normas presupuestales vigentes; Que, de acuerdo a lo antes señalado, procede autori- zar y exonerar del proceso correspondiente, la contrata- ción del Dr. Leoncio Rodríguez Rodríguez bajo la causal de servicios personalísimos; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Logística y Gerencia de Asesoría Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PCM, Artículos 105º, 111º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM, Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, y literal n) del Artículo 24º del Estatuto de FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente, la contratación del Dr. Leon- cio Rodríguez Rodríguez, para la prestación de los servi-cios personalísimos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución, por un valor referencial de S/ . 43,200 Nuevos Soles, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, por el período octubre-diciem- bre, y consecuentemente autorizar al Comité Especial Permanente designado mediante el Artículo 2º de la Re- solución Gerencial Nº 010-FONCODES/GG a realizar la contratación de dichos servicios mediante el procedimien- to de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 2º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logísti- ca, efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábi- les de su emisión, y asimismo, remita una copia de la mis- ma y de los Informes que sustentan esta exoneración a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su emisión, con- forme lo establece el Artículo 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y el Artículo 115º de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Adminis- tración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logísti- ca, publique la presente Resolución en la Página Web de la Entidad, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO NARVÁEZ LICERAS Director Ejecutivo Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social 19014 SALUD Exoneran de proceso de adjudicación directa selectiva la contratación del servicio de limpieza para el Instituto de Oftalmología RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1705-2002-SA/DM Lima, 23 de octubre del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 1019-2002-DG/INO, el Oficio Nº 1071-2002- DG/INO, el Informe Nº 24-2002-LOG-INO, el Informe Nº 25-2002-LOG-INO y el Memorándum Nº 294-2002-OPLAN- INO del Instituto de Oftalmología; y el Oficio Nº 3209-2002- OGAJ e Informe Nº 1516-2002-OGAJ de la Oficina Gene- ral de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, el literal c) del Artículo 19º de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, exonera de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contratacio- nes que se realicen en situación de urgencia declaradas de conformidad con dicha norma legal, contrataciones que en virtud del Artículo 20º del mismo cuerpo legal se realizarán mediante proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, el Artículo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera si- tuación de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servi- cios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situación a la adquisición de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; Que, asimismo el Artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, esta-