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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (31/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

Pág. 232424 NORMAS LEGALES Lima, jueves 31 de octubre de 2002 ca para el descuento correspondiente a los Arbitrios Muni- cipales. Artículo 6º.- Del pago fraccionado Corresponde a la Oficina de Administración de Tributos y Rentas recibir las solicitudes, tramitarlas, conceder el frac- cionamiento y establecer el número de cuotas hasta por un máximo de 12 cuotas. Para el otorgamiento del fraccio- namiento, el interesado deberá adjuntar a su solicitud los documentos que para tal fin exige el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distri- tal de Jesús María. Artículo 7º.- Incumplimiento de Pago El incumplimiento de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas del contrato de fraccionamiento otorgado con arreglo a la presente Ordenanza, dará por vencidas las demás cuotas, procediéndose a la ejecución coactiva de los adeudos insolutos incluidos los intereses correspon- dientes. Artículo 8º.- De las deudas fraccionadas Sólo por razones de orden socioeconómico evaluadas por la Administración Tributaria, se podrá, a petición de parte, proceder a reformular o modificar los convenios de fraccionamiento vigentes, considerando las cuotas can- celadas como pagos a cuenta de la deuda tributaria o administrativa, procediéndose a la suscripción de un nuevo convenio. Artículo 9º.- Del Interés del Convenio de Frac- cionamiento El interés de fraccionamiento se calculará de acuerdo a las siguientes alternativas: 9.1. Sin interés de fraccionamiento, si el convenio contempla un máximo de dos cuotas. 9.2. Con una tasa del 50% del interés de frac- cionamiento, si el convenio contempla más de dos cuotas. Previa evaluación de la Administración se podrá otorgar un máximo de doce cuotas. Artículo 10º.- Pagos anteriores Los montos pagados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán materia de devolución o compensación alguna. Artículo 11º.- Desistimiento Cuando el contribuyente haya iniciado procedimientos contenciosos o no contenciosos ante la municipalidad u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas mate- ria de acogimiento deberá desistirse del procedimiento o presentar copia autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas o judiciales. Artículo 12º.- De la información falsa o inexacta La inducción a error a la Administración Tributaria en los procesos de evaluación socioeconómica a que se re- fiere el artículo 8º, por información falsa o inexacta pro- porcionada por el interesado, dará lugar a la pérdida au- tomática del beneficio concedido, sin perjuicio de las ac- ciones legales a que hubiera lugar. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Corresponde a la Oficina de Imagen Institu- cional dar la debida difusión a la presente Ordenanza, en coordinación con la Oficina de Administración de Tributos y Rentas. Segunda.- Autorizar a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia de la presente Ordenanza.Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. CECILIA ÁLVAREZ SALOMÓN Teniente Alcaldesa Encargada de Alcaldía 19246 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ratifican resolución y dan por cumpli- das obras de habilitación urbana de te- rreno ubicado en el distrito RESOLUCIÓN DIRECT ORAL Nº 736-2002- DIDU/MDSM Expediente Nº 03508-2002 San Miguel, 2 de octubre de 2002 Vista, la solicitud presentada por la PONTIFICIA UNI- VERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ, por la cual se solicita la Ratificación de las Obras de Habilitación Urbana apro- badas por la Municipalidad Metropolitana de Lima vía Re- solución Nº 390-2002-MML-DMDU; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima expide la Resolución Nº 390-2002-MML-DMDU, declarando cumpli- das por la PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DEL PERÚ, de conformidad con el plano signado con el Nº 027- 2002-MML-DMDU-DHU, las obras de Habilitación Urbana que ha desarrollado sobre el terreno de su propiedad de CUATROCIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CUA- TRO DECÍMETROS CUADRADOS (410,275.64 m2), el cual formó parte el ex Fundo Pando, para uso de Equipa- miento Educativo "E-3" y Usos Especiales "OU", Camino Prehispánico, ubicado en el distrito de San Miguel, provin- cia y departamento de Lima; Que, el recurrente conforme a lo solicitado en el nume- ral 10.45 del Texto Único de Procedimientos Administrati- vos de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado vía Ordenanza Nº 028-2001-MDSM adjunta la siguiente documentación: a) Solicitud b) Resolución de Aprobación de Habilitación Urbana c) Plano del Proyecto Aprobado d) Memoria Descriptiva e) Copia de Libreta Electoral f) Recibo de pago por derecho de trámite: - Control Técnico - Revisión e Inspección Ocular. Que, la División de Obras Privadas y Catastro de la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano emite el Informe Nº 0590-2002-DOPR-C/DIDU/MDSM, indicando que efectuada la respectiva Inspección Ocular a los te- rrenos materia del presente petitorio, se encuentra con- forme y en consecuencia procede ratificar la Resolución Nº 390-2002-MML-DMDU, de conformidad con el Plano Nº 027-2002-MML-DMDU-DHU; Que, estando a la normatividad prevista en la Ley Ge- neral de Habilitaciones Urbanas, Ley Nº 26878 y facultad expresa prevista en el Artículo 47º, Numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADA la solicitud pre- sentada por la PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA