Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2002 (31/10/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 31 de octubre de 2002

en su derecho de participar en procesos de seleccion y a contratar con el Estado, entendiendose que la mencionada medida entrara en vigencia a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. 2. Poner la presente resolucion en conocimiento de la Gerencia de Registros. 3. Devolver a la Entidad los antecedentes administrativos para los fines que considere pertinente. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA BERAMENDI GALDOS MORDAZA MORDAZA 19049

Que, de conformidad con el Art. 5º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002 sobre las medidas de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano 2002, las adquisiciones de bienes y servicios que efectuen las entidades publicas, que superen las 3 UIT deberan ser autorizadas por el titular de la entidad mediante la resolucion correspondiente, la que debera ser publicada en la respectiva pagina Web de la Entidad; Que, el titular de la entidad es el Secretario Ejecutivo; En uso de las facultades otorgadas; SE RESUELVE: 1. Exonerar del MORDAZA de seleccion correspondiente y autorizar la contratacion de los servicios de publicidad a traves de la modalidad de adjudicacion de menor cuantia, segun el siguiente detalle: a. MORDAZA de contrato: Servicios. b. Descripcion basica del servicio: Servicios de publicidad masiva en radio, television y diarios para la difusion del "Programa Piloto Techo Propio". c. Monto referencial: US$ 416,000.00 (Cuatrocientos dieciseis mil con 00/100 dolares americanos, incluido IGV) segun se indica: MEDIO Semanas Television Radio Diarios TOTAL 3 4 4 MONTO MONTO MONTO MORDAZA Semanas Provincias TOTAL US$ 144,000 96,000 104,000 344,000 1 2 2 46,000 12,000 14,000 72,000 190,000 108,000 118,000 416,000

FONDO MIVIVIENDA
Autorizan contratacion de servicios de publicidad mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 050-SE-2002 MORDAZA, 23 de octubre de 2002 CONSIDERANDO: Que el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, dispone que estan exoneradas de los Procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalisimos; Que el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, modificado por el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM establece que se encuentran incluidos en la clasificacion de servicios personalisimos, los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que segun lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 085-2002-VIVIENDA publicada el 30/9/2002, el Proyecto "Techo Propio" ha iniciado su ejecucion en su fase de Programa Piloto desde el 30 de septiembre y con una duracion hasta el 23 de diciembre de 2002, segun consta en la Resolucion de Secretaria Ejecutiva Nº 042-SE-2002; Que mediante Informe Tecnico Nº 016-2002-GP del 21 de octubre de 2002, la Gerencia de Promocion sustenta la necesidad de contratar los medios de comunicacion escrito, radial y televisivo para realizar la MORDAZA publicitaria del "Programa Piloto Techo Propio" por ser necesario que se de a conocer al publico objetivo los alcances del mencionado Programa, cuya administracion ha sido encargada al Fondo MIVIVIENDA mediante la Resolucion Ministerial Nº 054-2002-VIVIENDA; Que la Oficina de Asesoria Juridica ha emitido opinion legal a traves del Memorandum Nº 180-2002-OAJ, de acuerdo con lo previsto en el articulo 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que el monto referencial de los servicios a contratar, con cargo a los Recursos Propios del Fondo MIVIVIENDA, asciende a US$ 416,000.00 (Cuatrocientos dieciseis mil con 00/100 dolares americanos, incluido IGV); Que, el articulo 20º de la Ley citada en el primer considerando de la presente Resolucion senala que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo 19º de la misma, se realizaran mediante el MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad;

d. Fuente de financiamiento: Recursos propios. e. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto. f. Dependencia que da la conformidad (Segun Art. 137º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado): Gerencia de Promocion. 2. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes a fin de contratar los servicios indicados en el numeral precedente segun el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. 3. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de diez dias habiles siguientes de la fecha de su emision asi como en la pagina Web institucional. 4. Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes sustentatorios respectivos a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA D. Secretario Ejecutivo 19202

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Autorizan contratacion de servicio de mensajeria mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 182-2002-JEFATURA/ONP MORDAZA, 17 de octubre de 2002

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