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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (04/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 229388 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de setiembre de 2002 EDUCACIÓN Designan Directores Regionales de Edu- cación de Puno y Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 744-2002-ED Lima, 3 de setiembre de 2002 Visto el Informe Nº 144-2002-OCSR, emitido por la Ofi- cina de Coordinación y Supervisión Regional; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Re- gional de Educación Puno, cargo considerado de con- fianza; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombra- miento de los actuales funcionarios con cargo de confian- za no contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificada por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a don Crispín CONDORI ORTIZ, como Director Regional de Educación Puno, car- go considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 15740 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 747-2002-ED Lima, 3 de setiembre de 2002 Visto el Informe Nº 209-2002-OCSR, emitido por la Ofi- cina de Coordinación y Supervisión Regional; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Regio- nal de Educación Loreto, cargo considerado de confian- za; Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombra- miento de los actuales funcionarios con cargo de confian- za no contemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificada por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a doña Betsi Elena VÁS- QUEZ NAVARRO, como Directora Regional de Educación Loreto, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO AYZANOA DEL CARPIO Ministro de Educación 15741Instrucciones para usuarios de la Guía de Servicios del Instituto Nacional de Cultura ANEXO - DECRETO SUPREMO Nº 022-2002-ED El Decreto Supremo de la referencia, que aprobó el TUPA del Instituto Nacional de Cultura, fue publicado el 26 de agosto de 2002, en la página 228866) INSTRUCCIONES PARA LOS USUARIOS DE LA GUÍA DE SERVICIOS 2002 1. La Guía de servicios 2002 del Instituto Nacional de Cultura contiene todos los servicios que la institución ofrece al público usuario. Estos se encuentran agrupados en las columnas que llevan como título "Denominación del Servi- cio" con su correspondiente definición clara y taxativa. Los precios de los Servicios se encuentran estableci- dos en la columna denominada "Tarifa", expresados en relación a la UIT y en Nuevos Soles. 2. Como se muestra en la columna denominada "Re- quisitos", para solicitar un servicio se requerirá en mu- chos casos la adquisición de la Carpeta de Trámite que contiene el Formato Único de Trámite, aprobado por Re- solución Directoral Nacional Nº 555, donde además de llenar la Dependencia o autoridad a quien se dirige, se requiere una breve descripción del asunto solicitado, la identificación del usuario, domicilio, descripción del servi- cio y la relación de la documentación que se adjunta. 3. La Carpeta de Trámite se puede adquirir en la Sub- gerencia de Tesorería, del Instituto Nacional de Cultura, en la Av. Javier Prado Este Nº 2465, 9ºpiso, distrito de San Borja en la ciudad de Lima. En los restantes departa- mentos del Perú, se adquirirán en las correspondientes Direcciones Departamentales de Cultura. 4. La Carpeta de Trámite se presentará en la Oficina de Trámite Documentario, ubicada en la misma dirección de la sede institucional en la ciudad de Lima, y para los demás departamentos, en las correspondientes Direccio- nes Departamentales de Cultura. 5. En los casos de servicios que no requieran la adquisi- ción de la Carpeta de Trámite, la atención del servicio por parte de la dependencia correspondiente será inmediata. De requerirse su adquisición la aprobación o la no aten- ción justificada del servicio será de responsabilidad de la Dirección General o Gerencia correspondiente. En caso de ser rechazada la atención de un servicio el usuario podrá apelar como última instancia a la Dirección Ejecutiva. En todos los casos el plazo de atención no excederá los 30 días hábiles . 6. Las tarifas y condiciones de servicios en general deriva- dos de la puesta en valor de nuevos sitios arqueológicos, monumentos históricos-artísticos, nuevos museos, eventos y otros, serán equivalentes a los que tienen en la actualidad las unidades orgánicas para servicios similares. 15774 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 741-2002-ED Mediante Oficio Nº 919-2002/SG-ME, el Ministerio de Educación solicita se publique Fe de Erratas de la Reso- lución Ministerial Nº 741-2002-ED, publicada en nuestra edición del día 3 de setiembre de 2002, en la página 229346. En el Artículo Único; DICE: "... GUILLERMO ESTEBAN SÁNCHEZ MORENO ...". DEBE DECIR: "... GUILLERMO ESTEBAN SÁNCHEZ MORENO IZA- GUIRRE ...". 15732