NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (04/09/2002)
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Pág. 229390 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de setiembre de 2002 Eléctricas y su Reglamento, pasando a ser titular de la concesión, que incluye entre otros, bienes y derechos ubi- cados dentro de los cincuenta (50) kilómetros de las fron- teras; Que, resulta de necesidad pública la inversión privada en los Sistemas de Transmisión Eléctrica del Estado (ETE- CEN - ETESUR); De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el inciso 24) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declárese de necesidad pública la inver- sión privada en el proceso de concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctrica del Estado (ETECEN - ETESUR), a efecto que la empresa Red de Energía del Perú S.A., pueda obtener la concesión respecto de bienes y dere- chos que se encuentran dentro de los cincuenta (50) kiló- metros de la fronteras del país. Artículo 2º.- Autorizar a la empresa Red de Energía del Perú S.A. para que pueda obtener la concesión res- pecto de los bienes y derechos que se detallan a conti- nuación: - Construcción y operación de Línea de Transmisión Eléctrica Zorritos - Zarumilla - Derechos de Servidumbre, de acuerdo a lo estableci- do en el Artículo 220º del Decreto Supremo Nº 009-93- EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas Nº 25844. Artículo 3º.- La adquisición de los bienes y dere- chos a que se refiere el artículo precedente, o su trans- ferencia bajo cualquier título, a otros inversionistas extranjeros, que no cuenten con la correspondiente autorización, serán sancionados con la pérdida para el inversionista del derecho adquirido, en beneficio del Estado conforme lo prescrito en el Artículo 71º de la Constitución Política del Perú. Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Energía y Minas, y por el Ministro de Defen- sa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de setiembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 15802 Autorizan transferencia a título gratui- to de terrenos de propiedad de ETECEN a favor de la Superintendencia de Bie- nes Nacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2002-EM Lima, 3 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resoluciones Supremas Nºs. 370-94- PCM y 010-95-PCM, de fechas 2 de setiembre de 1994 y 10 de enero de 1995, respectivamente, se ratificaron los Acuerdos adoptados por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, en virtud de los cuales se in- cluye en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a la Empre- sa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. - ETESUR y a laEmpresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETE- CEN; Que, con Resolución Suprema Nº 337-2001-EF del 7 de julio de 2001, se ratificó el Acuerdo de la COPRI (Ahora ProInversión) de fecha 2 de julio de 2001, conforme al cual se aprueba que el proceso de promo- ción de la inversión privada en ETESUR y ETECEN pueda ejecutarse bajo los mecanismos y procedimien- tos establecidos en el Texto Único Ordenado y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nºs. 059-96-PCM y 060-96-PCM; Que, con fecha 11 de diciembre de 2001, se aproba- ron las Bases de la Licitación Pública Especial Interna- cional para la entrega en Concesión de los Sistemas de Transmisión Eléctrica del Estado (ETECEN - ETE- SUR), asimismo el 5 de junio de 2002 se llevó a cabo la adjudicación de la buena pro correspondiente a dicha Licitación; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de ProIn- versión adoptado en sesión de fecha 21 de agosto de 2002, se aprobó la transferencia a título gratuito de determina- dos terrenos de propiedad de la Empresa de Transmisión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, a favor de la Su- perintendencia de Bienes Nacionales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 804, y Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la transferencia a título gratuito de los terrenos de propiedad de la Empresa de Transmi- sión Eléctrica Centro Norte S.A. - ETECEN, que se deta- llan en el Anexo de la presente Resolución, a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales. Artículo 2º.- La Superintendencia de Bienes Nacio- nales en forma previa a la disposición de los terrenos, deberá efectuar la independización de las áreas que se indican en el Anexo de la presente Resolución, necesarias para la concesión de los Sistemas de Trans- misión Eléctrica del Estado (ETECEN - ETESUR). Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas TERRENOS DE PROPIEDAD DE ETECEN A SER TRANSFERIDOS A SBN NOMBRE DEL TERRENO ÁREA ÁREA ÁREA TOTAL CONCESIÓN SBN UT NORTE SE CHICLAYO OESTE 108,176.75 59,862.50 48,314.25 SE PIURA OESTE 69,960.00 65,560.00 4,400.00 UT NORTE MEDIO SE TRUJILLO NORTE 133,725.90 116,358.90 17,367.00 SE CHIMBOTE 209,587.50 55,166.95 154,420.55 SE PARAMONGA NUEVA 101,370.00 41,265.00 60,105.00 UT LIMA SE ZAPALLAL 180,000.00 41,895.00 138,105.00 SE SANTA ROSA 21,000.00 19,590.63 1,409.37 UT SUR MEDIO SE PISCO 37,000.00 9,991.76 27,008.24 UT SIERRA CENTRO SE HUANCAVELICA 106,160.00 68,886.00 37,274.00 SE PACHACHACA 26,265.00 21,445.45 4,819.55 15803