Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2002 (04/09/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 4 de setiembre de 2002

Declaran procedente recurso de reconsideracion y autorizan memoria de solo lectura individualizada solicitada por Bally Gaming Inc.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 62-2002-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 26 de agosto del 2002 Vistos, el Recurso de Reconsideracion presentado por la empresa Bally Gaming Inc. contra la Resolucion Directoral Nº 0639-2002-MITINCI/VMT/DNT; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 013022-2002-MITINCI de fecha 27.6.2002, la empresa Bally Gaming Inc interpone Recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 0639-2002-MITINCI/VMT/DNT en el extremo en el que se deniega la autorizacion y registro de la memoria de solo lectura individualizada con el Codigo: V7GC2SLOT032-01; Que, evaluado el Recurso de Reconsideracion formulado por la recurrente se advierte que ha cumplido con los requisitos de admisibilidad previstos en los articulos 207º, 211º y 113º de la Ley Nº 27444, y presentado nueva prueba conforme lo establece el articulo 208º del citado cuerpo legal; Que, el motivo de la denegatoria de la autorizacion y registro de la referida memoria de solo lectura se debio a que el Certificado de Cumplimiento Nº 20020505 de fecha 20.5.2002 expedido por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru no se consigno la huella electronica que registraba la misma; Que, la recurrente cumple con adjuntar en calidad de nueva prueba, una certificacion expedida por el Laboratorio de Certificacion de la Universidad Catolica del Peru en el que se deja MORDAZA que la memoria de solo lectura individualizada con el Codigo: V7GC2SLOT032-01 no registra huella electronica, debido a que el DVD (Digital Versatile Disc) en donde se encuentra dicha memoria de solo lectura, no es susceptible de registrar una huella electronica; Que, en ese sentido, al haber cumplido la recurrente con senalar la imposibilidad material que dicho soporte registre una huella electronica y considerando que dicha observacion fue el unico reparo tecnico determinado con respecto de la memoria de solo lectura individualizada con el Codigo: V7GC2SLOT032-01, corresponde que la Administracion acceda a la autorizacion y registro solicitada; De conformidad con las Leyes Nros. 27153 y 27444 y el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 009-2002-MINCETUR/ VMT/DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº 019-2002-MINCETUR/VMT/DNT/DEJCMT/DAR- APD; SE RESUELVE: Articulo 1.- Declarar Procedente el Recurso de Reconsideracion interpuesto por la empresa Bally Gaming Inc contra la Resolucion Directoral Nº 0639-2002-MITINCI/VMT/DNT por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion, en consecuencia, corresponde autorizar la memoria de solo lectura individualizada con el Codigo: V7GC2SLOT032-01, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nº 1 Registro A0004150 Codigo V7GC2SLOT032-01 MORDAZA EE.UU.

Autorizan e inscriben memorias de solo lectura solicitadas por Atronic International GmbH
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 64-2002-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 26 de agosto del 2002 Visto, el Expediente Nº 017194-2002-MITINCI, presentado por la empresa Atronic International GmbH, en el que solicita autorizacion y registro de memorias de solo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los programas de juego cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, establece la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de las memorias de solo lectura que integran los programas de juego de las maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 12º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento de fecha 21.5.2002, expedido por la empresa Gaming Laboratories International Inc, asi como de las memorias de solo lectura, se advierte que las mismas cumplen con lo dispuesto en el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, registrando los programas de personalidad un porcentaje de retorno al publico no menor del 85%; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y el Procedimiento Nº 26 del T.U.P.A. del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 010-2002-MINCETUR/VMT/DNT/DEJCMT/JYM y Legal Nº 021-2002-MINCETUR/VMT/DNT/ DEJCMT/DAR-APD; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar e inscribir veintinueve (29) memorias de solo lectura, segun el siguiente detalle:
Nº 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 Registro A0004173 A0004174 A0004175 A0004176 A0004177 A0004178 A0004179 A0004180 A0004181 A0004182 A0004183 A0004184 A0004185 A0004186 A0004187 A0004188 A0004189 A0004190 A0004191 Codigo de Memoria Z590-A-02-B (U6) Z590-A-03-B (U6) Z590-A-04-B (U6) Z590-A-05-B (U6) Z595-A-02-B (U6) Z595-A-03-B (U6) Z595-A-04-B (U6) Z595-A-05-B (U6) Z5B0-A-02-B (U6) Z5B0-A-03-B (U6) Z5B0-A-04-B (U6) Z5B0-A-05-B (U6) Z5B5-A-02-B (U6) Z5B5-A-03-B (U6) Z5B5-A-04-B (U6) Z5B5-A-05-B (U6) CWZ5-A-01-D (U8) CWZ5-A-01-D (U9) CWZ5-A-01-D (U10) Fabricante MORDAZA

A0004172 O-CAS2-A-A-CB (U2) Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania Atronic International GmbH, Alemania

Articulo 2º- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Director Nacional de Turismo 15625

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