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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (04/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 229420 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de setiembre de 2002 vo, procediéndose a la adjudicación de Menor Cuantía; conforme a los siguientes detalles: a) Descripción del producto a adquirir: Hasta 90.833 TM de leche entera en polvo. b) Valor referencial: S/. 1'260,771.12 (Un millón dos- cientos sesenta mil setecientos setenta y uno y 12/100 nuevos soles). c) Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transfe- rencias. d) Tiempo de la exoneración: Hasta 90 días, a partir del 21.AGOSTO.2002. e) Órgano Encargado: Unidad de Abastecimiento de la Entidad. Artículo Tercero.- REMITIR el presente Acuerdo, así como los Informes técnico-legales a la Contraloría Gene- ral de la República, dentro del plazo que fija la Ley. Villa María del Triunfo, 28 de agosto del 2002. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 15780 Autorizan adquisición de cereales enri- quecidos y alimento enriquecido lácteo para el Programa Distrital del Vaso de Leche mediante adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 160-2002/MVMT EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 28 de agosto del 2002, bajo la presidencia del señor Alcalde Dr. Washing- ton Ipenza Pacheco y con la asistencia de los señores Regi- dores Sr. Wilfredo Enríquez Palomino, Sra. Aurora Heredia Condemarín, Sra. Ana Sinche Rosales, Sr. Emiliano Yrriba- rren Chamorro, Srta. Raquel Barriga Velazco, Sra. Francisca Zea Arancibia, Sr. Carlos Palomino Maldonado, Sra. Gina Casafranca Delgado, Sr. Carlos Mejía Escajadillo, Sra. María Lora Figueroa, Sr. Javier Salas Zamalloa, Sr. Adrián Tarazona Fernández y David Romero Ríos; se trató sobre prórroga de Situación de Urgencia para adquisición de productos para el Programa Distrital del Vaso de Leche; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 153-2002/ MVMT se prorroga la Declaración de Situación de Urgen- cia para la adquisición de Cereales enriquecidos y Ali- mento enriquecido lácteo para el Programa Distrital del Vaso de Leche de Villa María del Triunfo, a partir del 1.JU- LIO.2002 hasta por 60 días calendario; Que, a través del Informe Nº 259-2002/UABAS-OA/MVMT, la Unidad de Abastecimiento - Oficina de Administración - da cuenta que está por vencerse el 31.AGOSTO.2002 el plazo otorgado por el Acuerdo anteriormente referido y que actual- mente se viene efectuando el proceso de selección de la Lici- tación Pública Nacional Nº 002-CE/MVMT para la adquisición de Cereales enriquecidos y Alimento enriquecido lácteo para el programa Distrital del Vaso de Leche; y que se encuentra en la etapa de observación de Bases, por lo que ha sido ele- vado al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE- sin tener fecha cierta de resolu- ción en dicha instancia; por lo que solicita se prorrogue dicha Situación de Urgencia para la adquisición de los menciona- dos productos por un período de 90 días contados a partir del 1.SETIEMBRE.2002, ya que es evidente que no se podrá cum- plir con los plazos estipulados en el Cronograma de dicha Licitación; Que, el presente Acuerdo se sustenta asimismo en el Informe Nº 88-2002-OA-MVMT de la Oficina de Admi- nistración, Informe Nº 434-2002-OAL/MVMT de la Oficinade Asesoría Legal y Proveído Nº 2193-2002-DM/MVMT de la Dirección Municipal; por lo que el Pleno estima ne- cesario prorrogar la vigencia del Acuerdo de Concejo Nº 153-2002/MVMT; De conformidad con los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; así como Arts. 19º, Inc. c), 20º y 21º del Texto Único de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM; concordado con los Arts. 105º y 116º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001- PCM; con el Voto Unánime de los señores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- PRORROGAR la Declaración de Situación de Urgencia para la adquisición de Cereales en- riquecidos y Alimento enriquecido lácteo para el Progra- ma Distrital del Vaso de Leche de Villa María del Triunfo, aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 153-2002/ MVMT; a partir del 1.SETIEMBRE.2002 hasta por 90 días calendario; por las razones expuestas en la parte consi- derativa de esta Disposición Municipal. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso de selec- ción respectivo la adquisición de cereales enriquecidos y enriquecidos lácteos, procediéndose a la adjudicación de Menor Cuantía; conforme a los siguientes detalles: a)Descripción de productos a adquirir :Hasta 140 TM de cereales enriquecidos; y Hasta 68 TM de enriquecidos lácteos b)Valor referencial :S/. 621,460.00 Nuevos Soles para cereales enriquecidos S/. 364,752.00 Nuevos Soles para Alimento enriquecido lácteos c)Fuente de Financiamiento :Donaciones y Transferencia. d)Tiempo de la exoneración :Hasta 90 días, a partir del 1.SETIEMBRE.2002 e)Órgano Encargado :Unidad de Abastecimiento de la Entidad Artículo Tercero.- REMITIR el presente Acuerdo, así como los Informes técnico-legales a la Contraloría Gene- ral de la República, dentro del plazo que fija la Ley. Villa María del Triunfo, 28 de agosto del 2002 Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. WASHINGTON IPENZA PACHECO Alcalde 15775 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Amplían declaratoria de situación de urgencia del abastecimiento de insumos para el Programa del Vaso de Leche ACUERDO Nº 000050 Callao, 23 de agosto de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CA- LLAO, vistos en Sesión celebrada el día 23 de agosto del 2002, con el voto UNÁNIME del Concejo Municipal, y en uso de las facultades conferidas al Concejo Municipal por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el Regla- mento de Organización Interior del Concejo aprobado mediante Edicto Nº 01-96-MPC; ACUERDA: 1. Declarar la ampliación por 60 días de la Declarato- ria en Situación de Urgencia del Abastecimiento de Insu- mos para el Programa del Vaso de Leche, que se indica en el Acuerdo Nº 0021-2002, a fin que se realice una nue- va convocatoria por haber sido declarada desierta la pri- mera convocatoria.