NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (04/09/2002)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 43
Pág. 229417 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de setiembre de 2002 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Autorizan celebración de matrimonios comunitarios en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2002-MDLO/ALC Los Olivos, 28 de agosto del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: Los Expedientes Nº 12909-2002 y Nº 13190- 2002 presentados por las Parroquias "San Conrado" y "Los Santos Arcángeles" y, el Informe Nº 102-02/MDLO/SG/ URC de la Unidad de Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 publicada el 12 de julio de 1995, se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, encargado de organizar y mantener el Re- gistro Único de las Personas Naturales y suscribir hechos y actos vitales; Que, en virtud a la norma citada, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF publicada el 11 de abril de 1996, se delega en las Oficinas de los Registros Civiles que fun- cionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las personas naturales; Que, la Municipalidad de Los Olivos promueve el ma- trimonio y protege a la familia considerándolos como ins- titutos naturales y fundamentales de la sociedad perua- na; Que, mediante Expedientes de Vistos, el Padre Leo Donnelly Emery, en calidad de Párroco de la Parroquia "Los Santos Arcángeles" y el Padre Cosimo Quaranta, Párroco de la Parroquia "San Conrado" de la Urb. PRO, solicitan el apoyo de la Municipalidad en la organización de los Matrimonios Masivos que han programado realizar para los días 21 de septiembre y 28 de setiembre del pre- sente año, respectivamente; Que, a través del Informe Nº 102-02/MDLO/SG/URC, el Jefe de la Unidad de Registro Civil, sugiere la celebra- ción de dos matrimonios comunitarios cuyas ceremonias centrales se realizarían los días 21 y 28 de septiembre próximo, proponiendo como Tasa Única a cancelarse por derecho de Matrimonio Comunitario, la suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, el Despacho de Alcaldía con Proveído Nº 677- 2002-ALC ordena que a través de un Decreto de Alcaldía se autorice la celebración de los matrimonios comunita- rios descritos precedentemente; Estando a lo informado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitución Política del Estado, la Or- denanza Municipal Nº 031-97/CDLO, el Art. 250º del Có- digo Civil, Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF y en usode las atribuciones conferidas en el artículo 47º incisos 6) y 12), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORÍCESE, LA CELEBRACIÓN DE LOS MATRIMONIOS COMUNITARIOS, que a conti- nuación se detallan: Entidad Solicitante Fecha Ceremonia Lugar de Ceremonia Central Parroquia Los Santos Arcángeles 21 de septiembre Salones de la Parroquia Parroquia San Conrado 28 de septiembre Salones de la Parroquia Las fechas de inicio y cierre de inscripciones, así como de firmas de actas serán las establecidas en el Informe Nº 102-02/MDLO/URC. Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE, como único pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo además ad- juntarse los siguientes requisitos: a. Partidas de Nacimiento de ambos contrayentes en original. b. Copia simple del D.N.I. de ambos contrayentes. c. Declaración Jurada de Estado Civil, Domicilio, y de Salud con firma legalizada ante Notario Público. d. Recibo de pago de la Tasa Única. e. Publicación del Edicto en un Diario de circulación nacional, con dispensa parcial del plazo de los ocho días en virtud del Art. 252º del Código Civil. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Unidad del Re- gistro Civil, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el pre- sente Decreto y a la Unidad de Comunicaciones de la Mu- nicipalidad, su difusión. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 15694 Autorizan adquirir leche evaporada y hojuela de quinua con avena para el Pro- grama del Vaso de Leche mediante pro- ceso de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 094-2002/CDLO Los Olivos, 2 de setiembre del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS OLIVOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL