NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (04/09/2002)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 41
Pág. 229415 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de setiembre de 2002 y departamento de Lima, es propiedad del Estado, inscri- to en la Ficha Nº 357166 con continuación en la Partida Electrónica Nº 49065955 del Registro de la Propiedad In- mueble de Lima y registrado en el Asiento Nº 686, del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Pro- piedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, el predio de 422,50 m2 ubicado en la Calle C, constituido por el Lote 3 y parte del Lote 4, de la Manzana 4-H, urbanización San Bernardo, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, es propiedad del Esta- do, inscrito en el folio 193, tomo 524 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y registrado en el Asiento Nº 687 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al de- partamento de Lima; Que, mediante Resolución Suprema de fecha 15 de mayo de 1948, modificada por Resolución Suprema del 10 de noviembre de 1949 se aprobó las obras de habili- tación urbana de la urbanización San Bernardo, dispo- niéndose entregar como aportes reglamentarios a fa- vor del Estado los terrenos de 4 040,75 m² y 422,50 m²; Que, con Decreto Ley 11397, de fecha 09 de junio de 1950, se adjudica a título gratuito a la Cooperativa Militar del Perú, la propiedad de los terrenos precitados de propiedad del Estado, materia de la presente Resolu- ción, ubicados en la urbanización San Bernardo, para que sean destinados a su local social o disponer libre- mente de ellos; Que, posteriormente con Resolución Ministerial Nº 270- 90-VC-5600 y Resolución Directoral Nº 099-91-VC-5600- DMAR, se determina la reversión al dominio del Estado de los terrenos antes mencionados, en aplicación del De- creto Ley Nº 19313, afectándose en ambos casos al Mi- nisterio de Defensa para que los destine a fines institucio- nales; Que, el Ministerio de Defensa ha construido casas en el área afectada en uso, las cuales adjudicó a su personal, al expedirse el Decreto Ley Nº 21316 de fe- cha 25 de noviembre de 1975, que autoriza al Ministe- rio de Guerra (hoy Ministerio de Defensa) para que sin el requisito de subasta pública, pueda adjudicar direc- tamente casas a su personal auxiliar por el sistema de alquiler - venta; Que, mediante Oficio Nº 307 H-2/SINGE/10.00 de fecha 25 de junio del 2002, el Servicio de Ingeniería del Ejército del Ministerio de Defensa, en vista a la nueva normatividad solicita la transferencia patrimo- nial predial del predio en cuestión a su favor a fin de concluir con el saneamiento de las casas que se ubi- can dentro de él, en virtud a los dispositivos mencio- nados; Que, se debe precisar que de las adjudicaciones efectuadas sólo se pudo inscribir e independizar el lote H de 156, 09 m2 ubicado al interior del predio de propiedad del Estado, el cual obra en la Partida Electrónica Nº 11184204 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, con lo cual el área total del lote de propiedad del Estado queda reducida a 3 884, 66 m2 siendo esta área la que debe transferirse; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, concordado con el artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001, es factible consolidar en la transferencia patrimonial pre- dial interestatal, el derecho de afectación en uso otor- gado a favor del Ministerio de Defensa respecto a los predios descritos; Que, de acuerdo a lo señalado en los Informes Técni- cos Legales Nºs. 105-2002/SBN-GO-JAD y 106-2002/ SBN-GO-JAD de fecha 05 de agosto de 2002, resulta pro- cedente aprobar la transferencia patrimonial predial inter- estatal solicitada por el Ministerio de Defensa - Ejército del Perú; Que, de acuerdo al literal b) y l) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Re- solución Nº 315-2001/SBN de fecha 03 de setiembre del 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones reali- zar las transferencias patrimoniales de la propiedad in- mobiliaria estatal, así como emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, modificado por Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, Decreto Ley Nº 25554 modificado por Decreto deUrgencia Nº 071-2001, Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, Decreto Supremo Nº 131-2001-EF y Resolución Nº 315-2001/SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declárese la desafectación administrativa del predio de 3 884,66 m2 ubicado frente a la Calle M Barcelona (hoy Mariano Arce), Manzana 2 de la urbani- zación San Bernardo, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, y del predio de 422,50 m2 ubica- do en la Calle C, constituido por el Lote 3 y parte del Lote 4, de la Manzana 4-H, ambos de la urbanización San Ber- nardo, distrito de Pueblo Libre (antes Magadalena Vieja), provincia y departamento de Lima, que constituyen apor- tes reglamentarios, a efectos de que se incorporen al do- minio privado del Estado, de acuerdo al artículo 15º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia patrimonial predial interestatal del inmueble de propiedad del Esta- do de 3 884,66 m2, ubicado con frente a la Calle M Barcelona (hoy Mariano Arce), Manzana 2, urbaniza- ción San Bernardo, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima, inscrita en la Ficha Nº 357166 con continuación en la Partida Electrónica Nº 49065955 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, a favor del Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, a efectos de proceder a regularizar las adjudicaciones efectua- das a favor de terceros. Artículo 3º.- Aprobar la transferencia patrimonial predial interestatal del inmueble de propiedad del Esta- do de 422,50 m2, ubicado en la Calle C, constituido por el lote 3 y parte del lote 4, de la manzana 4-H, de la urbanización San Bernardo, distrito de Pueblo Libre (an- tes Magdalena Vieja), provincia y departamento de Lima, inscrita en el folio 193, tomo 524 del Registro de la Pro- piedad Inmueble de Lima, a favor del Ministerio de De- fensa - Ejército del Perú, a efectos de proceder a regu- larizar las adjudicaciones efectuadas a favor de terce- ros. Artículo 4º.- Por el mérito de la presente Resolución se procederá a suscribir la correspondiente escritura pú- blica de transferencia patrimonial e inscribirla en el Re- gistro de la Propiedad Inmueble de Lima de la Oficina Registral de Lima y Callao y registrarla en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP. Regístrese, comuníquese y publíquese. YALÚ PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 15691 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Establecen procedimiento de redondeo para la determinación de deuda tributa- ria, porcentajes, factores de actualiza- ción y tasa de interés moratorio DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2002-MDB Barranco, 13 de agosto de 2002 LA ALCALDESA DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, los Artículos 77º y 78º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF establecen los requisitos formales de las Re- soluciones de Determinación, Resoluciones de Multa y Órdenes de Pago, entre los cuales figuran la tasa, cuantía del tributo e intereses; Que, de conformidad con la Novena Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado