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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/09/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 230608 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de setiembre de 2002 RESOLUCIÓN Nº 643-2002-JNE Lima, 26 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que la cuarta disposición transitoria y complementaria de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, dispone que en las elecciones regionales habrá espacios en los canales de televisión de señal abierta y estaciones de radio, públicos y privados, de cobertura nacional y regional; y que estos espacios se ponen a disposición gratuita entre los partidos políticos, agrupaciones independientes o alianzas participantes en dicho proceso electoral; Que corresponde al Jurado Nacional de Elecciones dictar las normas necesarias para el mejor cumplimiento de lo establecido en la cuarta disposición transitoria y complementaria de la Ley de Elecciones Regionales, de conformidad con lo previsto en el último párrafo de dicha disposición; así como dictar las normas reglamentarias que complementen lo referido a los límites de dura- ción, frecuencia y valor a la publicidad política en la franja electoral, tal como está establecido en el artículo 194º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 que es de aplicación supletoria al proceso electoral regional tal como está establecido en el artículo 16º de la Ley de Elecciones Regionales; Que el artículo 12º de la Ley de Elecciones Regionales exige a las organizaciones políticas partici- pantes del proceso que presenten una propuesta de plan de gobierno regional, la cual será publicada junto con la lista de candidatos en cada circunscripción electoral; Que es parte fundamental del sistema democrático representativo la difusión de propaganda elec- toral a través de los medios de comunicación, teniendo los ciudadanos el derecho a estar informados de las propuestas de desarrollo regional que tienen las organizaciones políticas; Que para la elaboración del reglamento de la franja electoral para las elecciones regionales se ha tomado en cuenta importantes sugerencias y críticas recibidas por diversos ciudadanos e ins- tituciones privadas y públicas, como el Ministerio de Economía y Finanzas y la Defensoría del Pueblo, todo ello a partir del proyecto de directiva de franja electoral publicado el jueves 6 de junio del presente en el Diario Oficial El Peruano y difundido en la página Web del Jurado Nacional de Elecciones ( www.jne.gob.pe ), así como las sugerencias recibidas de la Oficina Nacional de Pro- cesos Electorales; El Jurado Nacional de Elecciones, como órgano supremo especializado en materia electoral y política, en cumplimiento del artículo 194º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859 y de la cuarta disposición transitoria y complementaria de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683; RESUELVE: Artículo Primero: Aprobar el Reglamento de Franja Electoral para las Elecciones Regionales del año 2002, conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo: Poner en conocimiento del Ministerio de Economía y Finanzas; de los Jurados Electorales Especiales; de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la presente Resolución para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN LANDA CÓRDOVA, Secretario General.