Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2002 (28/09/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 28 de setiembre de 2002

RESOLUCION Nº 643-2002-JNE
MORDAZA, 26 de setiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que la cuarta disposicion transitoria y complementaria de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683, dispone que en las elecciones regionales habra espacios en los MORDAZA de television de senal abierta y estaciones de radio, publicos y privados, de cobertura nacional y regional; y que estos espacios se ponen a disposicion gratuita entre los partidos politicos, agrupaciones independientes o alianzas participantes en dicho MORDAZA electoral; Que corresponde al MORDAZA Nacional de Elecciones dictar las normas necesarias para el mejor cumplimiento de lo establecido en la cuarta disposicion transitoria y complementaria de la Ley de Elecciones Regionales, de conformidad con lo previsto en el ultimo parrafo de dicha disposicion; asi como dictar las normas reglamentarias que complementen lo referido a los limites de duracion, frecuencia y valor a la publicidad politica en la franja electoral, tal como esta establecido en el articulo 194º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 que es de aplicacion supletoria al MORDAZA electoral regional tal como esta establecido en el articulo 16º de la Ley de Elecciones Regionales; Que el articulo 12º de la Ley de Elecciones Regionales exige a las organizaciones politicas participantes del MORDAZA que presenten una propuesta de plan de gobierno regional, la cual sera publicada junto con la lista de candidatos en cada circunscripcion electoral; Que es parte fundamental del sistema democratico representativo la difusion de propaganda electoral a traves de los medios de comunicacion, teniendo los ciudadanos el derecho a estar informados de las propuestas de desarrollo regional que tienen las organizaciones politicas; Que para la elaboracion del reglamento de la franja electoral para las elecciones regionales se ha tomado en cuenta importantes sugerencias y criticas recibidas por diversos ciudadanos e instituciones privadas y publicas, como el Ministerio de Economia y Finanzas y la Defensoria del Pueblo, todo ello a partir del proyecto de directiva de franja electoral publicado el jueves 6 de junio del presente en el Diario Oficial El Peruano y difundido en la pagina Web del MORDAZA Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), asi como las sugerencias recibidas de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; El MORDAZA Nacional de Elecciones, como organo supremo especializado en materia electoral y politica, en cumplimiento del articulo 194º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859 y de la cuarta disposicion transitoria y complementaria de la Ley de Elecciones Regionales Nº 27683; RESUELVE: Articulo Primero: Aprobar el Reglamento de Franja Electoral para las Elecciones Regionales del ano 2002, conforme se detalla en el anexo que forma parte de la presente resolucion. Articulo Segundo: Poner en conocimiento del Ministerio de Economia y Finanzas; de los Jurados Electorales Especiales; de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, la presente Resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

S.S. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON MORDAZA MORDAZA, Secretario General.

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