NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/09/2002)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 34
Pág. 230644 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de setiembre de 2002 Superior de Justicia de Ayacucho y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 17265 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 134-2002-CE-PJ Lima, 6 de setiembre del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 075-2002-P-CSJPU/PJ, del Presidente de la Cor- te Superior de Justicia de Puno, la solicitud del Alcalde del Cen- tro Poblado Menor de Pinaya, distrito de Santa Lucía, provincia de Lampa, departamento de Puno, y el Informe Nº 103-2002- SEP-GP-GG de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno remite a este Órgano de Gobierno propuesta de crea- ción del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de Pinaya, distrito de Santa Lucía, provincia de Lam- pa, departamento y Distrito Judicial de Puno, solicitada por el Alcalde del referido Centro Poblado; Que, la Solicitud efectuada ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno por el Alcalde del Centro Poblado Menor de Pinaya, tiende a la creación del Juzgado de Paz No Letrado en el citado Centro Poblado; fundamentándola en te- ner población aproximada de 883 habitantes, ubicada a 50 ki- lómetros de la capital del distrito y alejados de los Juzgados aledaños, por cuya razón sus habitantes no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que, la creación del Juzgado de Paz No Letrado en el Cen- tro Poblado Menor de Pinaya, contribuirá a resolver los conflic- tos que afronten los pobladores de este Centro Poblado y de las Comunidades Campesinas de Atecata, Coline, Cayco Pinaya, Huancané, Orduña, y la Parcialidad de Pampautaña, coadyu- vando al mejor servicio de administración de justicia en los luga- res de la República con mayores dificultades para su desarrollo; Que, el Informe Nº 103-2002-SEP-GP-GG, de la Ge- rencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad de la creación del Juzgado de Paz No Letrado en el Centro Poblado Menor de Pinaya; Que, de conformidad con el texto modificado del artícu- lo 82º, inciso 24, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para crear y suprimir Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atri- buciones, de conformidad con el Informe del señor Consejero Alva Angulo, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letra- do en el Centro Poblado Menor de Pinaya, distrito de Santa Lucía, provincia de Lampa, departamento y Distrito Judi- cial de Puno, con sede en la capital del referido Centro Poblado, y competencia además en las Comunidades Campesinas de Atecata, Coline, Cayco Pinaya, Huanca- né, Orduña, y la Parcialidad de Pampautaña. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, a la Fiscal de la Nación, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ÓSCAR ALFARO ÁLVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 17266Crean Juzgado de Paz No Letrado en la Comunidad Nativa de Santa Isabel, Dis- trito Judicial de Ucayali RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 135-2002-CE-PJ Lima, 6 de setiembre del 2002 VISTOS: El Oficio Nº 00143-2002-P-CSJUC/PJ, del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, la solicitud del Juez de Paz No Letrado de Yuyapichis, distrito de Yuyapi- chis, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco, y el Informe Nº 086-2002-SEP-GP-GG de la Gerencia Ge- neral del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación del Juzgado de Paz No Letrado en la Comunidad Nativa de Santa Isabel, distrito de Yuyapichis, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánuco y Distrito Judicial de Ucayali, solicitada por el Juez de Paz No Letrado de Yuyapichis; Que, la Solicitud efectuada ante el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali por el Juez de Paz No Le- trado de Yuyapichis, tiende a la creación del Juzgado de Paz No Letrado en la Comunidad Nativa de Santa Isabel; fundamentándola en tener población aproximada de 847 habitantes, conjuntamente con la Comunidad Nativa de Huacamayo y del Caserío de Agro Unión, alejados de los Juzgados aledaños, donde el Juzgado de Paz más cerca- no que atiende sus demandas judiciales se encuentra ubi- cado a 35 kilómetros de distancia, es decir, a dos horas y media utilizando transporte fluvial, por cuya razón sus ha- bitantes no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que, la creación del Juzgado de Paz No Letrado en la Comunidad Nativa Santa Isabel, contribuirá a resolver los conflictos que afronten los pobladores de esa Comunidad Nativa, de la Comunidad Nativa de Huacamayo y del Ca- serío de Agro Unión, coadyuvando al mejor servicio de administración de justicia en los lugares de la República con mayores dificultades para su desarrollo; Que, el Informe Nº 086-2002-SEP-GP-GG, de la Ge- rencia General del Poder Judicial, concluye en la factibili- dad de la creación del Juzgado de Paz No Letrado en la Comunidad Nativa de Santa Isabel; Que, de conformidad con el texto modificado del artícu- lo 82º, inciso 24, de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial está facultado para crear y suprimir Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el Informe del señor Con- sejero Alva Angulo, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz No Letra- do en la Comunidad Nativa de Santa Isabel, distrito Yuya- pichis, provincia de Puerto Inca, departamento de Huánu- co y Distrito Judicial de Ucayali, con sede en la referida Comunidad Nativa, y competencia además en la Comuni- dad Nativa de Huacamayo y el Caserío de Agro Unión. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica, a la Fiscal de la Nación, a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali y a la Gerencia General del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR ALFARO ALVAREZ WALTER VÁSQUEZ VEJARANO JORGE B. CALDERÓN CASTILLO CARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 17267