NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2002 (28/09/2002)
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Pág. 230640 NORMAS LEGALES Lima, sábado 28 de setiembre de 2002 rehusa o retarda algún acto de su cargo, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a sesenta días-multa. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Precísese que, en función a lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley, una vez inscri- tos los ex trabajadores en El Registro, deberán proceder a desistirse de sus pretensiones ante el Órgano Jurisdiccional. La elección del beneficio, en las condiciones establecidas en la Ley y el presente Reglamento, sólo será procedente una vez que acrediten el desistimiento correspondiente. Segunda.- La Comisión Ejecutiva, dentro del marco de la Ley y el presente Reglamento, podrá hacer uso de facul- tades que considere necesarias para el mejor cumplimien- to de sus funciones. Tercera.- El Ministerio de Trabajo y Promoción del Em- pleo está facultado para emitir las normas correspondien- tes y realizar las acciones que se requieran a fin de imple- mentar El Programa y El Registro. Cuarta.- Las entidades del Sector Público, Gobiernos Locales y Empresas del Estado, se encuentran obligadas a coadyuvar con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y con la Comisión Ejecutiva para la oportuna y efi- caz implementación y ejecución del Programa. Quinta.- La ejecución de la medida de excepción pre- vista en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley, será ejecutada exclusivamente por los Gobiernos Locales involucrados, sin intervención del Poder Ejecutivo. Para tal efecto, los Gobiernos Locales podrán utilizar los fondos pro- venientes del Fondo de Compensación Municipal. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los 25 días del mes de setiembre del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas encargado de la cartera de Economía y Finanzas FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 17326 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de Inspector de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 550-2002-MTC/15.02 Lima, 24 de septiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, en aplicación de la Resolución Suprema Nº 015- 2002-MTC se expidió la Resolución Ministerial Nº 480-2002- MTC/15.02, publicada el 20 de agosto de 2002, por la cual se autorizó el viaje del señor Mario Centeno Chaparro, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para que realice una inspección de base de la empresa Aeroconti- nente S.A. a fin de incluir a la estación de Buenos Aires en los servicios que presta dicha empresa; Que, la empresa Aerocontinente S.A. de acuerdo a los términos de su Carta ACQ GO Nº 181-2002, requiere a la Dirección General de Aeronáutica Civil una nueva fecha para la inspección de la estación Buenos Aires, al haberse postergado la realización de tal diligencia; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 0751-2002-SDO señalando que el Inspector Mario Centeno Chaparro, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, durante los días 1 al 3 de octubre de2002, realice una inspección de base de la empresa Aero- continente S.A. para incluir a la estación Buenos Aires en los servicios que presta dicha empresa; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del mencionado Inspector de aeronavegabilidad para que realice el che- queo señalado en la Orden de Inspección Nº 0751-2002- SDO, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Re- solución Suprema Nº 015-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Mario Cente- no Chaparro, Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil, a la ciudad de Buenos Aires, República Ar- gentina, durante los días 1 al 3 de octubre de 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la pre- sente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere- chos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 480-2002-MTC/15.02. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 17233 Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Costa Rica y El Salvador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 552-2002-MTC/15.02 Lima, 24 de septiembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 015-2002-MTC se exceptuó de lo establecido en el numeral 3.1 del Artícu- lo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002, los viajes al exterior que efectúen los Inspectores de la Dirección Ge- neral de Aeronáutica Civil con cargo a recursos públicos en cumplimiento de las funciones que les asigna la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia es- pecializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil ha emitido las Órdenes de Inspección Nºs. 0574 y 0575-2002-MTC/15.16.05.2 seña- lando que los Inspectores Álvaro Balarezo Jenssen y Car- los Garay Vera, realizarán en las ciudades de San José, República de Costa Rica, y San Salvador, República de El Salvador, durante los días 1 al 7 de octubre de 2002, una inspección técnica por renovación de constancia de con- formidad a las aeronaves A320 de matrículas N481TA, N482TA, N483TA y N484TA de la empresa TACA PERU S.A.; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de los Inspecto- res de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261