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PÆg. 242128 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de abril de 2003 terales y Negociaciones Comerciales Internaciona- les del Viceministerio de Comercio Exterior, al Estadode Puebla, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 12 deabril de 2003, para que asistan a las reuniones seña-ladas en la parte Considerativa de la presente Reso-lución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estará a cargo delMinisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo alsiguiente detalle: SRA. MARIA VICTORIA ELMORE VEGA Pasajes US$ 654,00 Viáticos US$ 1 540,00 Tarifa CORPAC US$ 28,00 SRTA. LILIANA HONORIO MALASQUEZ Pasajes US$ 654,00 Viáticos US$ 1 540,00 Tarifa CORPAC US$ 28,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, las funcionarias au- torizadas mediante el Artículo 1º, presentarán al Titulardel Sector un informe detallado sobre las acciones rea-lizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las queasistirán. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de de- rechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o deno-minación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 06550 Precisan tercer considerando de la R.M. N” 110-2003-MINCETUR/DM, referida a autorización otorgada a procuradorapœblica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2003-MINCETUR/DM Lima, 2 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 110-2003- MINCETUR/DM de fecha 26 de marzo de 2003, se auto-rizó a la Procuradora Pública a cargo de los asuntos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que en nombre y representación del Estado interponga las ac-ciones judiciales que resulten pertinentes, contra fun-cionarios comprendidos en el Informe Especial Nº 016-2002-02-0053 de la Oficina General de Auditoría Inter-na; Que, en el tercer considerando de la Resolución Ministerial se ha incurrido en defecto en la redacciónal mencionar a la empresa Mas Seguridad SRL, pudien-do interpretarse que sus representantes coparticipa-ron en los hechos irregulares; siendo más bien el casoque de los actuados administrativos se aprecia que aquellos colaboraron en la investigación, contribuyen- do de esta manera con el proceso de moralización enel Sector Público, por lo que es necesario enmendar elerror; De conformidad con el artículo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar el tercer considerando de la Resolución Ministerial Nº 110-2003-MINCETUR/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 demarzo de 2003, en el sentido que los representantes de la empresa Mas Seguridad SRL participaron en lainvestigación, en vía de colaboración contribuyendoal proceso de moralización en el Sector Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 06489 Autorizan y registran a solicitud de persona jurídica modelo de mÆquinatragamonedas RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 238-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 26 de marzo del 2003 Visto, el Expediente Nº 013896-2002-MINCETUR, presentado por la empresa Bally Gaming Inc, en el quesolicita autorización y registro de un (1) modelo de má-quina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, es-tableciéndose en el artículo 11º que los modelos de má-quinas tragamonedas cuya explotación es permitida enel país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de los modelos de máquinastragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Regla- mento señala que los modelos de máquinas traga- monedas y las memorias de sólo lectura de los pro-gramas de juego deberán someterse con anteriori-dad a su autorización y registro, a un examen técni-co ante una entidad autorizada, la cual expedirá unCertificado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requi-sitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Di-rectivas; Que, realizada la evaluación del Certificado de Cum- plimiento de fecha 3.5.2001 así como la Opinión Técnicade fecha 23.8.2001 expedida por la empresa GamingLaboratories International Inc, y verificado los requisitostécnicos de las máquinas tragamonedas cuya autoriza-ción y registro solicitan, se advierte que cumple con lo dispuesto en el artículo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e infor- mación adjunta, se concluye que la solicitante ha cumpli- do con las disposiciones legales aplicables para que la Dirección Nacional de Turismo acceda a la solicitud pre-sentada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Su- premo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 25 del Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI, vigente ala fecha de presentación de la solicitud, estando a loopinado en los Informes Técnico Nº 019-2003-MINCE-TUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 144-2003-MIN-CETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Bally Gaming Inc., el modelo de máquina tragamonedas que se señala a continuación: