Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2003 (04/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2003

terales y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, al Estado de Puebla, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 12 de MORDAZA de 2003, para que asistan a las reuniones senaladas en la parte Considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estara a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: SRA. MORDAZA MORDAZA ELMORE MORDAZA Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa CORPAC US$ 654,00 1 540,00 28,00

marzo de 2003, en el sentido que los representantes de la empresa Mas Seguridad SRL participaron en la investigacion, en via de colaboracion contribuyendo al MORDAZA de moralizacion en el Sector Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 06489

SRTA. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US$ Viaticos US$ Tarifa CORPAC US$ 654,00 1 540,00 28,00

Autorizan y registran a solicitud de persona juridica modelo de maquina tragamonedas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 238-2003-MINCETUR/VMT/DNT MORDAZA, 26 de marzo del 2003 Visto, el Expediente Nº 013896-2002-MINCETUR, presentado por la empresa Bally Gaming Inc, en el que solicita autorizacion y registro de un (1) modelo de maquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153 se MORDAZA la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas, estableciendose en el articulo 11º que los modelos de maquinas tragamonedas cuya explotacion es permitida en el MORDAZA son aquellos que cuentan con autorizacion y registro; Que, el articulo 16º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002MINCETUR, senala la informacion y documentacion que deben presentar los interesados en obtener la autorizacion y registro de los modelos de maquinas tragamonedas; Que, por su parte, el articulo 21º del citado Reglamento senala que los modelos de maquinas tragamonedas y las memorias de solo lectura de los programas de juego deberan someterse con anterioridad a su autorizacion y registro, a un examen tecnico ante una entidad autorizada, la cual expedira un Certificado de Cumplimiento que acreditara que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, segun sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluacion del Certificado de Cumplimiento de fecha 3.5.2001 asi como la Opinion Tecnica de fecha 23.8.2001 expedida por la empresa Gaming Laboratories International Inc, y verificado los requisitos tecnicos de las maquinas tragamonedas cuya autorizacion y registro solicitan, se advierte que cumple con lo dispuesto en el articulo 16º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Direccion Nacional de Turismo acceda a la solicitud presentada; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 25 del Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI, vigente a la fecha de MORDAZA de la solicitud, estando a lo opinado en los Informes Tecnico Nº 019-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/JYM y Legal Nº 144-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Bally Gaming Inc., el modelo de maquina tragamonedas que se senala a continuacion:

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, las funcionarias autorizadas mediante el Articulo 1º, presentaran al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistiran. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 06550

Precisan tercer considerando de la R.M. Nº 110-2003-MINCETUR/DM, referida a autorizacion otorgada a procuradora publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 113-2003-MINCETUR/DM MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 110-2003MINCETUR/DM de fecha 26 de marzo de 2003, se autorizo a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones judiciales que resulten pertinentes, contra funcionarios comprendidos en el Informe Especial Nº 0162002-02-0053 de la Oficina General de Auditoria Interna; Que, en el tercer considerando de la Resolucion Ministerial se ha incurrido en defecto en la redaccion al mencionar a la empresa Mas Seguridad SRL, pudiendo interpretarse que sus representantes coparticiparon en los hechos irregulares; siendo mas bien el caso que de los actuados administrativos se aprecia que aquellos colaboraron en la investigacion, contribuyendo de esta manera con el MORDAZA de moralizacion en el Sector Publico, por lo que es necesario enmendar el error; De conformidad con el articulo 201º de la Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Precisar el tercer considerando de la Resolucion Ministerial Nº 110-2003-MINCETUR/ DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de

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