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PÆg. 242145 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de abril de 2003 Artículo 26º.- A efectos de lo establecido en el artí- culo precedente la Dirección General dictará las nor-mas, directivas y procedimientos que resulten necesa- rios. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La Dirección General evaluará el compor- tamiento de los Servicios de Transporte Acuático y Co- nexos de Tráfico en Bahía y Áreas Portuarias, a efectos del cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3º delpresente Reglamento, pudiendo racionalizar las Licen- cias de tales servicios, si las condiciones operativas y de seguridad lo ameritan. Para estos efectos podrá solicitar información a los administradores portuarios, a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, al Organismo Supervisorde la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (OSITRAN) o a otras entidades estatales que estime conveniente. Segunda.- La Dirección General está facultada para adoptar las acciones o dictar disposiciones y/o directi- vas que resulten necesarias para el adecuado cumpli-miento y aplicación de las disposiciones del presente Reglamento. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas de la Marina de Guerra del Perú, prohibirá la operación de las embarcaciones y/o artefactos navales de las empresas y/o personas naturales que prestenServicios de Transporte Acuático y Conexos en Tráfico de Bahía y Áreas Portuarias que no cuenten con la co- rrespondiente Licencia. 06547 Autorizan viaje de Inspectora de la Dirección General de AeronÆutica Ci-vil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2003-MTC/02 Lima, 3 de abril de 2003 CONSIDERANDO: Que, en aplicación de la Ley Nº 27619 y sus normas reglamentarias aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se expidió la Resolución Ministerial Nº 140- 2003-MTC/02, autorizando el viaje de la señorita PatriciaVictoria Mc Callum Luján, para realizar chequeos técnicos en la ruta Lima - Santiago - Ezeiza - Santiago - Lima al personal aeronáutico designado por la empresa Aeroconti-nente S.A., como parte de su habilitación en el equipo Boeing 767, durante los días 27 y 28 de febrero de 2003; Que, según los términos de la Carta ACQ JINST 224-2003, la empresa Aerocontinente S.A. solicita la reprogramación para realizar los chequeos técnicos al personal aeronáutico designado como parte de su habi-litación en el equipo Boeing 767, chequeos que se lleva- rán a cabo en la ruta Lima-Miami-Lima; Que, dicha labor la desarrollará la Inspectora Patricia Victoria Mc Callum Luján durante los días 4 al 6 de abril de 2003, para lo cual la Dirección de Seguridad Aérea ha emitido la Orden de Inspección Nº 0434-2003-MTC/12.04; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de la referi- da Inspectora de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que leasigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0434-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Patricia Victoria Mc Callum Luján, Inspectora de la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, EstadosUnidos de América, durante los días 4 al 6 de abril de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerati- va de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuer-do al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Inspecto- ra mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolu- ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministe- rial Nº 140-2003-MTC/02 de fecha 26 de febrero de 2003. Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 06552 Otorgan licencia a empresa para pres- tar servicio de transporte en bahía enel Puerto del Callao y su Ærea de in-fluencia RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 070-2003-MTC/13 Lima, 18 de marzo de 2003 Vista la solicitud (Expediente Nº 2003-003673) presen- tada por la empresa TRANSPORTES MARÍTIMOS SER- VICIOS SUBACUATICOS Y SEGURIDAD S.A.C., solici- tando Licencia para la prestación de Servicio de Trans-porte en Bahía en el Puerto del Callao; CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans-porte Acuático del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y control de las actividades administrativas empresarialesde los servicios de transporte marítimo y conexos reali- zados en tráfico de bahía y áreas portuarias; Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 (28.FEB.2001), se aprobó el Reglamento del refe- rido Decreto Supremo, el cual en su artículo 11º estable- ce que las Licencias para prestar los referidos servi-cios, serán otorgadas por Resolución Directoral de la Dirección General de Transporte Acuático; Que, la recurrente se encuentra debidamente inscri- ta en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20346676320; Que, según opinión favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Le- gal, mediante los Informes Nºs. 107-2003-MTC/13.02 y 063-2003-MTC/13.al respectivamente, la citada empre-sa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria, aprobada por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001) por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 27791, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-