Norma Legal Oficial del día 04 de abril del año 2003 (04/04/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 242141

Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 278-2002MTC/02 se designo al Comite Especial que se encargara de llevar a cabo los procesos de Licitacion Publica Nacional, Adjudicacion Directa Publica, Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, para seleccionar las empresas contratistas que se encargaran de suministrar bienes y servicios que seran utilizados en la ejecucion de la obra: Carretera Asillo - San MORDAZA, Tramo II: Km. 15+000 al 19+000, ubicada en el departamento de MORDAZA, bajo la modalidad de administracion directa; Que, mediante Aviso de Convocatoria publicado con fecha 27 de febrero del 2003, se convoco el Concurso Publico Nacional Nº 0001-2003-MTC/22 para seleccionar al proveedor que se encargara del servicio de transporte de cemento asfaltico PEN 120/150, para la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Asillo San MORDAZA, Tramo: Km. 15+000 - Km. 19+000; Que, mediante Oficio Nº A-457-2003 (GTN/MON), de fecha 28 de febrero del 2003, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, senala que de acuerdo a lo previsto por el penultimo parrafo del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el ultimo parrafo del numeral 2 de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE/PRE, las Entidades solo pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concurso publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas que se encuentren programadas e incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2003 y senala que el referido Concurso Publico Nacional no se encuentra incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para la ejecucion Presupuestal 2003; Que, el articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que con el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones aprobado se efectuaran los procesos de seleccion previstos para el periodo; Que, asimismo, mediante Comunicado Nº 03-2002(PRE) del CONSUCODE, publicado con fecha 20 de marzo del 2002, se establece que la convocatoria y/o realizacion de las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas que no esten programadas e incluidas en el Plan Anual careceran de validez legal y seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, en aplicacion de lo dispuesto por el inciso f) del articulo 59º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por contravencion de las normas legales, debiendo expresar en la resolucion que se expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en consecuencia, habiendose verificado la infraccion del articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y del Comunicado Nº 03-2002(PRE), por haberse convocado el Concurso Publico Nacional Nº 0001-2003-MTC/22, sin estar incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora 008 - Pro Vias Departamental, corresponde declarar nulo el Concurso Publico Nacional Nº 0001-2003-MTC/22, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta MORDAZA de la etapa de la Convocatoria; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM, sus modificatorias y el Comunicado Nº 032002(PRE); SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nulo el Concurso Publico Nacional Nº 0001-2003-MTC/22 para seleccionar al pro-

veedor que se encargara del servicio de transporte de cemento asfaltico PEN 120/150, para la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera Asillo - San MORDAZA, Tramo: Km. 15+000 - Km. 19+000, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta MORDAZA de la etapa de la Convocatoria, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano en el plazo de cinco dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 06467

Aprueban Reglamento de los Servicios de Transporte Acuatico y Conexos Prestados en Trafico de MORDAZA y Areas Portuarias
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 259-2003-MTC/02 MORDAZA, 31 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC dispuso que es competencia del Sector Transportes y Comunicaciones la regulacion, supervision y control de los servicios de transporte maritimo y conexos que se prestan en MORDAZA y areas portuarias, con el fin de garantizar la seguridad de la MORDAZA, la infraestructura portuaria y la integridad del ambiente; Que, en tal sentido, en concordancia con lo dispuesto por el referido Decreto Supremo, se expidio la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15, por la cual se aprobo el Reglamento de los Servicios de Transporte Maritimo y Conexos que se prestan en MORDAZA y Areas Portuarias, el mismo que fue modificado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15; Que, dado el tiempo transcurrido, desde la emision de los citados dispositivos, resulta necesaria su reformulacion, a fin de lograr una mayor operatividad y eficiencia del servicio que prestan las empresas que el dispositivo regula, asi como la inclusion de otros servicios portuarios; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de los Servicios de Transporte Acuatico y Conexos Prestados en Trafico de MORDAZA y Areas Portuarias que consta de ocho (8) Capitulos, 26 (veintiseis) Articulos, 2 (dos) Disposiciones Complementarias y 1 (una) Disposicion Final, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 y su modificatoria efectuada mediante Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE ACUATICO Y CONEXOS PRESTADOS EN TRAFICO DE MORDAZA Y AREAS PORTUARIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, establecen los procedimientos y con-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.