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PÆg. 242784 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de abril de 2003 el Diario Oficial El Peruano de fojas 51, la constancia de publicación del plano en el períodico mural de la Oficina PETT de Ejecución Regional Ica de fojas 52, y en la vitrina de la Dirección Regional Agraria Ica de fojas 59, el certifica- do de inexistencia de restos arqueológicos CIRA Nº 2000- 0014 de fojas 32, el certificado de zonificación de fojas 42, que acredita que el terreno de Unidad Catastral Nº 12969, se encuentra fuera del área de expansión urbana, otorga- do por la Municipalidad Distrital de Salas, provincia y departamento de Ica, el certificado negativo de propiedad de fojas 27, expedido por la Oficina Registral Regional Los Libertadores Wari, Oficina Registral de Ica y el Informe Técnico Nº 084-2002-AG-PETT-DTSL de 20 de junio de 2002, acompañado del plano que obra a fojas 120 y 121 que da cuenta de que el área final es de 980.31 ha; Que, en consecuencia a mérito de las solicitudes de Identificación de Libre Disponibilidad de Tierras Eriazas, formuladas de acuerdo a lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 518-97-AG, por Mariano Faustino Poma- canchari Flores y Antonio Lacuta Albarracín, la Direc- ción de Titulación y Saneamiento Legal del PETT, ha identificado las extensiones superficiales de 222.72 ha. y 980.31 ha. de terrenos eriazos de libre disponibilidad ubicados en el distrito de Salas, provincia y departamen- to de Ica, signados con las Unidades Catastrales Nºs. 13003 y 12969 respectivamente, de conformidad con el procedimiento establecido en el acotado dispositivo; Que, la Oficina PETT de Ejecución Regional Ica ha elaborado los planos correspondientes que deben ser aprobados por Resolución Suprema, al no haberse for- mulado oposición alguna, en el plazo legal establecido; cuyas áreas al no encontrarse inscritas, se hace nece- sario su incorporación a dominio del Estado; Que, el artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, modifi- cado por Decreto Supremo Nº 020-98-AG, sustituido por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 027-99-AG, establece que la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, hoy Agencia de Promoción de la In- versión - PROINVERSIÓN, es la encargada de vender u otorgar en concesión las tierras eriazas para el incre- mento de la producción agraria; en tal sentido, es nece- sario poner a su disposición las extensiones superfi- ciales de libre disponibilidad precedentemente señala- das, a fin de derivarlas al Sector Privado para el cumpli- miento de los indicados fines; De conformidad con lo dispuesto por la Ley del Poder Ejecutivo, dada por el Decreto Legislativo Nº 560 y Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar los planos digitalizados y me- morias descriptivas de un total de 1,203.03 ha. de tierras eriazas de libre disponibilidad, que se indican a continua- ción: Unidad Área Distrito Provincia Departamento Catastral 13003 222.72 ha. Salas Ica Ica 12969 980.31 ha. Artículo 2º.- Incorporar a dominio del Estado las áreas indicadas en el artículo anterior, disponiéndose su inscripción a favor del Ministerio de Agricultura en el Registro de Propiedad Inmueble correspondiente. Artículo 3º.- La Oficina Registral correspondiente, procederá a inscribir el acto jurídico derivado de la pre- sente Resolución Suprema. Artículo 4º.- Poner a disposición de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, los terre- nos eriazos de libre disponibilidad precedentemente in- dicados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 07586Aceptan renuncia y encargan funcio- nes de Director Regional de la Direc-ción Regional Agraria HuÆnuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0352-2003-AG Lima, 16 de abril de 2003 VISTA: La Carta del Ing. Daniel Vásquez Cenepo, Director (e) de la Dirección Regional Agraria Huánuco; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0923-2002- AG, de fecha 15 de octubre de 2002, se encargó al Ing. Daniel Vásquez Cenepo, en el cargo de Director Regio- nal de la Dirección Regional Agraria Huánuco; Que, con el documento del visto, el mencionado pro- fesional ha formulado su renuncia irrevocable al encar- go efectuado mediante la Resolución Ministerial Nº 0923- 2002-AG; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el Ing. Daniel Vásquez Cenepo, al encar- go de Director Regional de la Dirección Regional Agraria Huánuco; dándosele las gracias por los servicios presta- dos. Artículo 2º.- Encargar a partir de la fecha al Ing. Juan Manuel Rolando del Valle en el cargo de Director Regional de la Dirección Regional Agraria Huánuco. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 07547 Aceptan renuncia de Director Regio- nal de Promoción Agraria de la Direc-ción Regional Agraria HuÆnuco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0353-2003-AG Lima, 16 de abril de 2003 VISTA: La Carta del 9 de abril de 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 030-2002- AG, de fecha 8 de enero de 2002, se designó al Ing. Daniel Vásquez Cenepo, en la plaza de Director de Sis- tema Administrativo II, en el cargo de Director Regional de Promoción Agraria de la Dirección Regional Agraria Huánuco; Que, con el documento del visto, el citado profesional ha presentando su renuncia al cargo; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Le- gislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25902 - Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir de la fecha, la re- nuncia formulada por el Ing. Daniel Vásquez Cenepo, en la plaza de Director de Sistema Administrativo II, Direc- tor Regional de Promoción Agraria de la Dirección Re-