Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2003 (17/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 17 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision de 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE MORDAZA, y la solicitud de transferencia presentada por Red de Energia del Peru S.A. (REP); CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 032-96-EM de fecha 17 de MORDAZA de 1996, se otorgo a favor de Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. (ETESUR), concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la linea de transmision de 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE MORDAZA, aprobandose el Contrato de Concesion Nº 08696; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 319-97-EM/ VME de fecha 23 de MORDAZA de 1997, se impuso las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision de 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE MORDAZA conforme al inciso b) del articulo 110º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 053-2002EM de fecha 27 de noviembre de 2002, la concesion definitiva mencionada en el primer considerando de la presente Resolucion fue transferida a favor de Red de Energia del Peru S.A., en razon del Contrato de Cesion de Posicion Contractual suscrito el 05 de setiembre de 2002 entre ETESUR y REP, en virtud del cual la primera cede a favor de la MORDAZA su posicion contractual frente al Estado en los derechos y obligaciones derivadas del Contrato de Concesion Nº 086-96; Que, de acuerdo con los articulos 1035º y 1036º del Codigo Civil, concordados con el articulo 111º de la Ley de Concesiones Electricas, y los articulos 216º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, la servidumbre electrica es un derecho que se constituye en beneficio de la concesion definitiva de la cual es inseparable, solo puede transmitirse con MORDAZA y subsiste mientras MORDAZA se encuentre vigente; Que, en virtud de la transferencia referida en el tercer considerando de la presente Resolucion, la titular adquirio todos los derechos y obligaciones inherentes a la concesion definitiva, entre los cuales estan las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones, cuya transferencia a su favor ha solicitado formalizar mediante la correspondiente Resolucion Ministerial, de acuerdo con el articulo 111º de la Ley de Concesiones Electricas, por lo que resulta procedente la transferencia solicitada; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la titular ha cumplido con los requisitos exigidos en la normatividad legal vigente, ha emitido el Informe Nº 045-2003-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Tener a Red de Energia del Peru S.A. como titular de las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones de la linea de transmision de 138 kV SE Quencoro - SE Combapata - SE MORDAZA, a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 319-97-EM/VME del 23 de MORDAZA de 1997. Articulo 2º.- Red de Energia del Peru S.A., ejercera los derechos y obligaciones inherentes a las servidumbres de electroducto y de MORDAZA para custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones, de acuerdo con la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y la Resolucion Ministerial Nº 319-97-EM/VME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 06209

MINCETUR
Autorizan donacion de caballo de paso a favor del MORDAZA de Espana
RESOLUCION SUPREMA Nº 008-2003-MINCETUR MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 125-2003MINCETUR, de fecha 15 de MORDAZA de 2003, se acepta y aprueba la donacion efectuada por la Asociacion Nacional de Criadores y Propietarios de Caballos Peruanos de Paso a favor de la Comision de Promocion del Peru - PROMPERU, del ejemplar MS CRL MORDAZA MORDAZA valorizado en US$ 15,000.00 (quince mil dolares americanos), para que sea entregado como donacion a Su Majestad MORDAZA MORDAZA I MORDAZA de Espana, el dia 22 de MORDAZA del presente ano en la MORDAZA de Madrid; Que, dicha donacion se efectuara dentro de las actividades programadas para el "Lanzamiento Internacional del MORDAZA, el Caballo de Paso y otros productos no tradicionales" que se realizara en las ciudades de MORDAZA y MORDAZA - Feria de MORDAZA, Espana, del 22 al 29 de MORDAZA de 2003; Que, es necesario autorizar dicha donacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 804 y en la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la donacion del ejemplar MS CRL MORDAZA MORDAZA valorizado en US$ 15,000.00 (quince mil dolares americanos), a favor de Su Majestad MORDAZA MORDAZA I MORDAZA de Espana. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07587

Autorizan viaje de funcionario a Mexico para participar en "XXII Reunion del Grupo de Negociacion sobre Compras del Sector Publico" y Reunion de Coordinacion MORDAZA en el MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-2003-MINCETUR/DM MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2003 Visto el Memorandum Nº 143-2003-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior; CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Puebla, Estados Unidos Mexicanos, se llevara a cabo entre los dias 19 a 25 de MORDAZA de 2003, la "XXII Reunion del Grupo de Negociacion sobre Compras del Sector Publico" y la correspondiente Reunion de Coordinacion MORDAZA, en el MORDAZA del MORDAZA de negociaciones del Area de Libre Comercio de las Americas - ALCA;

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