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PÆg. 243202 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de abril de 2003 por el vecino del distrito de Paracas, Julián Emilio Rejas Espino; del cargo de Alcalde que ejerce el Prof. Alberto H. Tataje Muñoz; por encontrarse incurso en la causal de vacancia prevista en el Art. 23º Inc. 8) de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; por tener proceso penal pendiente en agravio de la Municipalidad de Para- cas y por haber salido en garantía de dos (2) letras de cambio a favor de la Empresa J & T CIDANCO E.I.R.L., por la suma de S/. 58,440.00; y luego del análisis por parte de los Srs. Regidores de la entidad; de la exposi- ción realizada por el Asesor Legal Externo, abogado José Orlando Degregori Sarmiento; el mismo que aclara que los procesos judiciales pendientes, tienen que ser de naturaleza civil como lo acreditan diversas jurispru- dencias emitidas por el Jurado Nacional de Elecciones; asimismo las letras de cambio son subsecuencias de acciones civiles; por unanimidad; SE ACORDÓ:Artículo Primero.- DESESTIMAR el pedido de va- cancia del cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paracas; que ejerce el Prof. Alberto H. Tataje Muñoz; presentado por el vecino Julián Emilio Rejas Espino, mediante Expediente Administrativo Nº 054-2003-MDP/ SG. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Unidad de Secretaría General, notifique del presente Acuerdo al interesado, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y archívese.ALBERTO TATAJE MUÑOZ Alcalde 07756 Desestiman pedido de ampliación de vacancia del cargo de alcalde ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2003-CMP Paracas, 28 de marzo del 2003 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PARACASVISTO: En la Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha; el pedido de Ampliación de Petitorio de Vacancia presentada por el vecino del distrito de Paracas, Julián Emilio Rejas Espino; del cargo de Alcalde que ejerce el Prof. Alberto H. Tataje Muñoz; por encontrarse presuntamente incurso en la causal de vacancia contemplada en los incisos 6) del Art. 26º y Art. 88º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalida- des; por tener proceso penal pendiente en agravio de la Municipalidad Distrital de Paracas y por haber salido en ga- rantía de dos (2) letras de cambio a favor de la Empresa J & T CIDANCO E.I.R.L., por la suma de S/. 58,440.00; y, luego del análisis por parte de los Sres. Regidores de la entidad; de acuerdo al Informe Legal Nº 002-2003-MDP-ALE-JDS; pro- movido por el Asesor Legal Externo, abogado José Orlando Degregori Sarmiento; el mismo que aclara que no existe ningún medio de prueba escoltado a la solicitud de amplia- ción de vacancia del cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paracas, que desempeña el Prof. Alberto Tataje Muñoz; al igual que tampoco tenga la calidad de deudor, conforme se indicó en el Informe Nº 001-2003-MDP-ALE- JDS; es decir que en ningún momento el Alcalde Prof. Alber- to Tataje Muñoz, se compromete como garante, sino que éste firma equivocadamente en lugar distinto del emisor o girado, tanto así que el espacio del girador o librador donde verdaderamente debió estampar su firma el Alcalde de Pa- racas se encuentra en BLANCO, hasta la actualidad; estan- do a lo debatido; y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853; Ley Orgánica de Municipalidades, por una- nimidad; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- DESESTIMAR el pedido de Amplia- ción de Vacancia del cargo de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Paracas, que ejerce el Prof. Alberto H. Tataje Muñoz, presentado por el vecino Julián Emilio Rejas Espino, mediante Expediente Administrativo Nº 161-2003-MDP/SG. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Unidad de Secretaría General, notifique del presente Acuerdo al interesado, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y archívese. ALBERTO TATAJE MUÑOZ Alcalde 07757 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar.2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU