Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2003 (24/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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Anexo I
1 2 3 4 5 Abarrotes, Licoreria (sin consumo)

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
1)

Productos avicolas, carniceria, lecheria, embutidos, venta de verduras y frutas Panaderias Bodegas, Florerias Repuestos electricos y electronicos, vidrieria, pinturas, plasticos, computadoras, discos, casetes, opticas Ferreterias Farmacias, Librerias, artesanias Bazares, telas, merceria, pasamaneria, zapateria, articulos de cuero, ropa, boutique, joyeria, relojeria, articulos de fantasia. Expendio de Kerosene y gas licuado 1) 1)y 3)

Prohiben realizar construcciones en el distrito durante la temporada de MORDAZA
ORDENANZA Nº 0023-2003-MDPH Punta MORDAZA, 6 de marzo del 2003 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Balneario de Punta MORDAZA es uno de los distritos mas importantes que se encuentra en el Eje Turistico del Circuito de Playas de la MORDAZA de MORDAZA y siendo el Turismo la principal actividad economica del mismo, es necesario cuidar el ornato y mantener el distrito como tal, ofreciendo a los visitantes y veraneantes, asi como a los propios habitantes de la MORDAZA una mejor estancia preservando una buena imagen del mismo; Que, la comunidad de Punta MORDAZA, tiene conocimiento que esta prohibido construir en temporada de MORDAZA en todo el distrito; Estando a lo expuesto conforme a las facultades conferidas a lo establecido en el Articulo 3º, incisos 2) y 3) del Articulo 36º, incisos 3) y 5) del Art. 47º, Incisos 5) y 11) del Articulo 65º, Inciso 2) del Articulo 73º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, y el Decreto Supremo Nº 063-70-VI, Reglamento Nacional de Construcciones, y contando con el MORDAZA unanime del Concejo Municipal, se expide la presente Ordenanza sobre; PROHIBICION DE CONSTRUCCIONES EN EL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA EN TEMPORADA DE MORDAZA Articulo Primero.- Prohibir se realicen cualquier MORDAZA de construcciones en el distrito de Punta MORDAZA, durante la temporada de MORDAZA comprendida desde el 15 de diciembre hasta el 15 de abril. Articulo Segundo.- Prohibir durante todo el ano se arroje desmonte y/o materiales de construccion y basura al mar o en zonas aledanas, asi como en las areas de los causes del rio Seco. Articulo Tercero.- Los propietarios que incurran en el incumplimiento de lo establecido en los articulos primero y MORDAZA de la presente Ordenanza, seran sancionados con una multa del 50% de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT. En caso de reincidencia por la misma infraccion, se procedera de acuerdo a lo estipulado en el Cuadro Unico de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Punta Hermosa. Articulo Cuarto.- Los propietarios que cumplan con el pago de la multa dentro de las 48 horas habiles , a partir del dia siguiente de impuesta la misma, podra acogerse a una reduccion del 50%. Articulo Quinto.- Las multas que no MORDAZA pagadas oportunamente, pasaran a la Oficina de Cobranzas Coactivas para su correspondiente cobro. Articulo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Direccion de Obras y Desarrollo MORDAZA, Direccion de Rentas, Oficina de Policia municipal y Oficina de Cobranzas Coactivas, en cuanto les corresponda. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. LIZANO H. DE MATSUKAWA Alcaldesa 07752

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10 Administracion de Empresas, inmobiliarias, corretajes, agencias de aduana, notarias, agencias de empleo y/o servicio domestico, agencias de avisos periodisticos, Oficinas Administrativas de Empresas, Agencias de Seguridad. 11 Telecomercio (comercio por Telecomunicacion sin exhibicion, ni almacen en el local) 12 Restaurantes y Chifas 13 Cafeterias, Salones de Te, Comidas al Paso, Juguerias 14 MORDAZA de Huespedes, pension, albergue, MORDAZA de reposo 15 Articulos confeccionados en materia textiles, fabricacion de prendas de vestir, fabricacion de tejidos de punto. 16 Agencia de Venta de Pasajes 17 Agencia de Viajes 18 Agencia de Turismo 19 Bienes Inmuebles 20 Servicios Juridicos 21 Servicios de Contabilidad, Auditoria y Teneduria de Libros 22 Servicios de elaboracion de datos y tabulacion 23 Servicios Tecnicos y Arquitectonicos 24 Servicios de Publicidad 25 Deportes al aire libre 26 Servicios Medicos odontologicos, quirurgicos, optometras y oftalmologos, cirujanos y otros profesionales de medicina (en forma individual no asociada) 27 Servicios de Sanidad: Hospitales, Sanatorios, Clinicas y otras Instituciones de Sanidad 28 Servicios Veterinarios 29 Estudios de Abogados 30 Arquitectos, Ingenieros (en forma individual no asociada) 2) 31 Contadores, Auditores, Abogados (en forma individual no asociada) 32 Servicios de Computacion, Servicios de Fax 33 Bibliotecas, Centros de Informacion, Museos, Galerias de Arte y otros servicios culturales. 34 Reparacion de Calzado y Articulos de Cuero 35 Reparacion de relojes y joyas 36 Peluquerias y Salones de Belleza 37 Estudios Fotograficos 38 Copiadoras 39 Alquiler de Videocasetes 2) 2) 4)

2)

Los locales podran desarrollar sus actividades, cuando cuenten con areas debidamente acondicionadas para el giro y reunan las medidas minimas de seguridad. 2) La actividad debera desarrollarse en un area no mayor a 30 m2. 3) No se permitira la venta de Agregados, ni materiales de Construccion. 4) El area de comedor publico, debe tener como minimo 50 m2, asimismo debera contar con 2 servicios higienicos habilitados (damas y caballeros). 07751

1)

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