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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (24/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

PÆg. 243190 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de abril de 2003 OBSERVACIONES: ........................................................................................ ........................................................................................ ........................................................................................ 07801 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Sancionan con destitución a Gerente de Auditoría Interna RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 181-2003-MDI Independencia, 23 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO, el Informe Nº 003-2003-CEPAD de la Comi- sión Especial de Procesos Administrativos Disciplina- rios - CEPAD; CONSIDERANDO:Que, a la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios - CEPAD le compete hacer las inves- tigaciones del caso y elevar un informe al titular de la entidad, recomendando las sanciones que sean de aplicación; Que, conforme al artículo 47º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades, el Alcalde es el perso- nero legal de la Municipalidad, y en ese sentido, confor- me al artículo 170º del Decreto Legislativo Nº 276, le corresponde determinar el tipo de sanción a aplicarse como consecuencia de un proceso disciplinario; Que, se considera falta disciplinaria, a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga las obliga- ciones, prohibiciones y demás normatividad específica sobre los deberes de servidores y funcionarios; Que, para la aplicación de las sanciones debe tenerse en cuenta el perjuicio ocasionado a los administrados; la afectación al debido procedimiento y la naturaleza y jerar- quía de las funciones desempeñadas, entendiendo que cuanto mayor sea la jerarquía de la autoridad y más espe- cializadas sus funciones, en relación con las faltas, mayor es su deber de conocerlas y apreciarlas debidamente; Que, el artículo 6.2 de la Ley Nº 27444 establece la posibilidad de motivar mediante declaración de confor- midad con los fundamentos y conclusiones de anterio- res dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte inte- grante del respectivo acto; Que, el artículo 180º de la Ley Nº 27444, dispone que cuando fueren distintos la autoridad instructora de la compe- tente para resolver, la instructora prepara el informe final en el cual recogerá los aspectos más relevantes del acto que lo promovió, así como un resumen del contenido de la instruc- ción, análisis de la prueba instruida, y formulará en su con- cordancia un proyecto de resolución; Que, mediante Informe Nº 003-2003-CEPAD, la Co- misión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios opinó que existe la comisión de la falta adminis- trativa tipificada en el literal k) del artículo 28º del Decre- to Legislativo Nº 276, cometida por el señor LUIS RI- CARDO PALOMINO MONTES, Jefe del Órgano de Au- ditoría Interna; y en consecuencia, se recomienda la imposición de la sanción administrativa de destitución del cargo en el que se venía desempeñando; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades y el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, y de confor- midad con los fundamentos y conclusiones del Informe Nº 001-2003-MDI-CEPAD del 31 de enero de 2003; RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR con DESTITUCIÓN al señor LUIS RICARDO PALOMINO MONTES del car-go de Gerente de Auditoría Interna de la Municipalidad Distrital de Independencia por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución y en el Informe Nº 003-2003-CEPAD que forma parte integrante de la presente resolución, a partir de la fecha en que se reciba la conformidad de la Contraloría General u opere el silencio positivo. Artículo Segundo.- Comunicar la presente Resolu- ción a la Contraloría General de la República a efectos de que proceda a su revisión y formalización, adjuntan- do la documentación sustentatoria pertinente para los fines de ley. Artículo Tercero.- Notificar al funcionario LUIS RI- CARDO PALOMINO MONTES el contenido de la pre- sente resolución, adjuntando el Informe Nº 003-2003- CEPAD que forma parte integrante de la misma. Encargar a la Gerencia General, Gerencia de Admi- nistración de Recursos y la Gerencia de Secretaría Gene- ral, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase.YURI VILELA SEMINARIO Alcalde 07865 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Normas sobre autorización de funcionamiento especial de estableci-mientos comerciales y de servicios en urbanizaciones en proceso de recep- ción de habilitación urbana, urbaniza-ciones progresivas o AA.HH. ORDENANZA Nº 062 La Molina, 14 de abril del 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINAVisto; en Sesión Extraordinaria de fecha 8 de abril del 2003, el proyecto de Ordenanza para normar el “Otor- gamiento de Autorizaciones de Funcionamiento para Urbanizaciones en proceso de Recepción de la Habilita- ción Urbana, Urbanizaciones Progresivas o en Asenta- mientos Humanos”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Cons- titución Política del Perú, las Municipalidades Provincia- les y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, ratificada por la Sen- tencia del Tribunal Constitucional de fecha 5 de julio del 2002; Que, asimismo, el Artículo 195º de la Norma Consti- tucional, establece que los Gobiernos Locales promue- ven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales de desarrollo; Que, el Concejo Municipal cumple su función norma- tiva, entre otros mecanismos, a través de Ordenanzas Municipales, las cuales de conformidad con lo previsto por el Artículo 200º, inciso 4), de la Constitución, tienen rango de Ley; Que, el Artículo 68º inciso 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, establece que es fun- ción de la Municipalidad en materia de abastecimiento y comercialización de productos, el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales e industriales y de actividades profesionales y controlar su funciona- miento de acuerdo a ellas; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Concejo por Unanimidad, y con dis- pensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó la siguiente: