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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (24/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 243189 NORMAS LEGALES Lima, jueves 24 de abril de 2003 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de abril del 2003, el Dictamen de la Comisión de Desarrollo Urbano, respecto de los Informes Nº 032-2003-DSPLCCU- DDU/MC, de fecha 28 de enero del 2003, refrendado por el Informe Nº 017-2003-DDU/MC, de fecha 3 de febrero del mismo año, del Director de Desarrollo Urbano, mediante los cuales se propone el desarrollo de una gran campaña masi- va para la obtención de Certificado de Numeración, por sec- tores Distritales, acorde a un cronograma anual. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitu- ción Política del Perú, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con autonomía política económica y admi- nistrativa, en los asuntos de su competencia y establece que corresponde al Concejo Municipal ejercer funciones de gobierno mediante Ordenanzas, las que tiene rango de Ley; Que, las Municipalidades Distritales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de ser- vicios públicos locales, fomenta el bienestar de los veci- nos, administra los espacios públicos y conforme a la Quinta Disposición Complementaria Transitoria, del Re- glamento de Nomenclatura y áreas de recreación públi- ca, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-MTC, Ley Nº 26365, se dispone la Numeración Predial y otorgar el respectivo Certificado de Numeración; Que, de acuerdo al Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 23853, concordante con el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son competentes para crear, modificar, suprimir y exone- rar arbitrios y derechos a las Construcciones existentes dentro de su Jurisdicción conforme a Ley; Que, el Trabajo de Campo ha permitido conocer que un gran porcentaje de nuestras vías públicas carece de una adecuada identificación predial visible, debido ma- yormente a omisiones y arbitrariedades que constituyen su caótica numeración en la actualidad; Que, pese a ser un deber y un derecho a la vez según lo estipula la Ley Nº 27157; sin embargo, existe una gran evasión al tramite de Certificado de Numera- ción, lo cual repercute negativamente en la generación de ingresos municipales impidiendo mejorar la calidad de los servicios que se brinda a la población; Que, de acuerdo al Numeral 60 del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA - 2003, de la Mu- nicipalidad Distrital de Comas, se establece el costo de S/. 40.00 nuevos soles, por cada Número Municipal; Que la presente Gestión Municipal es consciente de las dificultades económicas que afectan a los vecinos y que limitan el Saneamiento Físico - Legal de los predios a nivel Distrital; Que, mediante el Informe Nº 017-2003-DDU/MC, él Director de Desarrollo Urbano, propone la aprobación del Programa de Numeración a cargo de la División de Servicios Públicos, por lo cual es necesario expedir el instrumento legal que lo haga viable; Por los considerandos expuestos en uso de las fa- cultades conferidas por la Ley Nº 23853, el Pleno del Concejo por Mayoría aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la campaña masiva de otorgamiento de Certificados de Numeración por sectores distritales, según cronograma de turnos durante un año a partir del día siguiente de la publicación de la presente. Artículo Segundo.- En el Plazo que señala el artí- culo anterior, se acogerán a la presente campaña los propietarios de los predios ubicados en las Urbanizacio- nes, Asociaciones de Vivienda, Cooperativas y Asenta- mientos Humanos, que cuenten con Nomenclatura Vial, Habilitación Urbana o Estudios Preliminares aprobados. Artículo Tercero.- Esta Campaña consta de las si- guientes fases por cada sector de turno: a) Costo rebajado al 50% y operativo de difusión du- rante las primeras dos semanas, exclusivamente para el sector de turno a cargo de la División de Servicios Públicos Licencia de Construcción y Control Urbano. b) Costo normal más notificación preventiva durante las siguientes dos semanas solamente en el sector de turno a cargo de la División de Servicios Públicos, Licen- cia de Construcción y Control Urbano.c) Costo normal más multas administrativas según Ordenanza Nº 03-2001 C/MC, durante las restantes se- manas en dicho sector, a cargo de la Policía Municipal. Artículo Cuarto.- AGREGAR, en la Ordenanza Nº 03- 2001 C/MC de fecha 31de enero del 2001, en el cuadro de Infracciones y Sanciones CODIGO 802, lo siguiente: a) Por omiso a la campaña en su Sector 2% de la UIT, vigente. b) Por no colocar placa a los 30 días de haber recibi- do su Certificado 1% de la UIT, vigente. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Dirección de Desarrollo Urbano, Oficina de Administración Tributaria y a la Oficina de Administración de Finanzas el cumpli- miento de la presente Ordenanza, y la Unidad de Comu- nicación Municipal la difusión correspondiente. Artículo Sexto.- AUTORIZAR, al Alcalde para que apruebe Normas Complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ordenanza e inclusive si fuere necesario firmar Convenios con las Entidades Estatales o Privadas. Artículo Sétimo.- Lo dispuesto por la presente Or- denanza, deja sin efecto cualquier disposición que se oponga al respecto. Artículo Octavo.- Dispensar de la lectura y aproba- ción del Acta para su inmediato cumplimiento. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplaseMIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde DIVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN Y CONTROL URBANO DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO CERTIFICADO DE NUMERACIÓN El que suscribe, Jefe de la División de Servicios Públicos, Licencias de Construcción y Control Urbano de la Municipalidad Distrital de Comas. CERTIFICA:Que en el Libro de Numeración y Nomenclatura Nº ....................................... Folio ......................................... Correspondiente a .................................................. ........................................................................................ Mz..............Lt.......... Etapa ................. Zona .............. Sec- tor...................................................................................... ................................................................................................. Parte ......................... Código Catastral ................................. Le corresponde los Siguientes Números con Frente a: .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... .......................................................................................... Se extiende el presente documento a mérito del Expediente Administrativo Nº:.......................... de Fecha ......................... presentado por .................................................................. .......................................................................................... .......................................................................................... Nota: El presente documento obedece sólo a la identificación numérica del predio, no constituyendo documento de propiedad del mismo, pudiendo ser solicitado por cualquier persona natural o jurídica; así mismo en un Plazo Máximo de 30 días deberá colocar sus Placas según Certificado, caso contrario se procederá según las Normas Establecidas de acuerdo a Ley. Comas ,............ de ........................... del 2003 Atentamente: Recibo de Caja Nº ............................ Recibo de Caja Nº ............................ Fecha ............................................ Costo ............................................