Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2003 (24/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2003
USO * Supermercados * Tiendas de autoservicio * Mercados * Oficinas

NORMAS LEGALES
UN (1) ESTACIONAMIENTO POR CADA

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EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA Visto en la VIII-2003 Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 128-2003-MSB-GAL de fecha 15.4.03 que sustenta la exoneracion del MORDAZA de seleccion para contratar los servicios personalisimos del abogado, doctor MORDAZA MORDAZA Castiglioni Ghiglino. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 128-2003-MSB-GAL de fecha 15.4.03 la Gerencia de Asesoria Legal refiere que se han declarado nulas, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 137-2003-MSB-A, los procesos de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 001-2003-MSB, Nº 002-2003-MSB, Nº 003-2003-MSB y Nº 004-2003MSB para la contratacion de servicios de un abogado para asesoria en procesos de naturaleza contencioso administrativa y laborales, asesoria en procesos de naturaleza civil y constitucional, asesoria especializada en procesos judiciales de naturaleza penal, y un abogado con amplia experiencia en asesoramiento gubernamental, municipal y administrativo; existiendo en la actualidad una carga procesal de 110 expedientes, aproximadamente, en materia civil, laboral, constitucional, administrativo, penal y contencioso administrativo, que dificultan la labor de la Gerencia de Asesoria Legal; por lo que, a fin de salvaguardar y ejercer una defensa adecuada de los intereses de la Corporacion solicita la contratacion de los servicios personalisimos del doctor MORDAZA MORDAZA Castiglioni Ghiglino con la finalidad que se encargue de la asesoria en el MORDAZA administrativo de nuestra Institucion y del MORDAZA y la defensa legal en los procesos judiciales seguidos en contra de esta Corporacion Municipal, tales como procesos en materia administrativa, penal, laboral, constitucional y procesal constitucional; Que, para tal efecto refiere que el doctor MORDAZA MORDAZA Castiglioni Ghiglino, cuenta con una amplia experiencia profesional al haber asesorado a diversas Municipalidades tanto distritales como provinciales, habiendose desempenado como Jefe de Asesoria Juridica asi como asesor consultor de diversas municipalidades a nivel nacional y de empresas publicas, privadas y personas naturales, siendo en la actualidad Director y Presidente del Consejo de Etica Profesional del Colegio de Abogados de Lima; Columnista del Semanario Polemica Municipal, columnista invitado de diferentes programas radiales y television sobre temas Municipales y Regionales y de Derecho Constitucional; Expositor de Forums, Seminarios, Paneles y Cursos de Capacitacion a nivel nacional; Profesor Universitario de Derecho Municipal, Derecho Administrativo, Derecho Procesal Administrativo y Derecho Procesal Constitucional en la Facultad de Derecho y Ciencias Politicas de la Universidad MORDAZA Garcilazo de la Vega; Catedratico del Centro de Altos Estudios Nacionales - CAEN; Profesor Diplomado en Gestion Municipal en el Colegio de Abogados de MORDAZA, Conferencista de la Escuela de Alcaldes y Regiones - ESGEM, Profesor de la Escuela de Administracion Municipal "Roberto MORDAZA del Villar", Catedratico de la Universidad Alas Peruanas en el Diplomado en Gerencia Municipal; Miembro Integrante de la Comision Consultiva de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; senalando ademas que ha publicado diversas obras, segun se desprende del Curriculum Vitae que forma parte del referido Informe; en tal sentido se destaca la particularidad de los servicios profesionales del Dr. MORDAZA MORDAZA Castiglioni Ghiglino; Que, de conformidad a lo prescrito por la Directiva Nº 011-2001 CONSUCODE/PRE aprobada por Resolucion Nº 118-2001-CONSUCODE/PRE, la Gerencia de Asesoria Legal precisa el servicio a contratar, el valor referencial, la fuente de financiamiento, el tiempo que se requiere contratar y la dependencia encargada de realizar la adquisicion; Que, de acuerdo al inciso h) del articulo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se encuentran exoneradas de los procesos de seleccion las adquisi-

20m2 de area util 20m2 de area util 10 puestos 40 m2 de area util (no se considerara para el calculo las areas destinadas a la circulacion exclusiva (escaleras y pasadizos) ni a la seguridad. * Cine, teatros, locales de Espectaculo 10 butacas * Locales culturales, clubs, instituciones religiosas y similares 40 m2 de area util * Locales deportivos o coliseos 10 espectadores * Academias 20m2 de area util * Colegios 20m2 de area util * Restaurantes 20m2 de area util * Cafeterias 40m2 de area util * MORDAZA de baile y discotecas 20m2 de area util * Universidades del Estado y Privadas 20m2 de area util * Hospitales, Clinicas, Sanatorios, Comisarias 20m2 de area util * Policlinicos, postas, Emergencias 20m2 de area util * Centro Medico, laboratorio 40m2 de area util * Consultorios individuales 40m2 de area util * Hoteles y Hostales 25% del numero total de habitaciones * Apart-Hotel 50% del numero total de habitaciones

En el caso de las areas destinadas a oficinas administrativas de los establecimientos de usos especiales, el calculo del requerimiento de estacionamientos se efectuara a razon de 1 estacionamiento por cada 40 m2 de area util. El area util no incluye areas de servicios complementarios tales como:
En Locales de Expendio de Comida Casinos y/o Tragamonedas : Cocina, Depositos y SS.HH. En Locales Educacionales : Patios de recreo techados, SS.HH. En Supermercados : Depositos, Almacenes, SS.HH., Camaras, Servicios para el Personal, Areas de mantenimiento, Areas de cargadescarga techadas. Locales de Hospedaje : Areas de servicio, cocina, Lavanderia, SS.HH.

Articulo Segundo.- Las solicitudes presentadas a partir de la vigencia de la presente Ordenanza asi como las que se encuentren en tramite se adecuaran a lo dispuesto en ella. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la Ordenanza a las Gerencias de Desarrollo Urbano. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Unica Disposicion Final.- Las disposiciones de la presente Ordenanza son de aplicacion al procedimiento de obtencion de las Autorizaciones de las Licencias de Funcionamiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07716

Autorizan contratacion de abogado para que preste servicio externo de asesoramiento municipal y MORDAZA judicial en diversas materias, mediante adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2003-MSB-C San MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2003

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