Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2003 (26/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Familiar "Nuevo Futuro", precisando, que en relacion a la inafectacion de los derechos arancelarios contaban al momento del retiro de las mercancias donadas con la MORDAZA de Renovacion emitida por la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros, de su inscripcion en el "Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro Receptoras de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior", cuyas copias adjuntan, resultando por ello aplicable lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 21942, y el Decreto Supremo Nº 076-93PCM y Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; Que, asimismo manifiestan que al momento de despacho de los bienes donados se encontraba vigente el Decreto Legislativo Nº 775, que aprobo la Ley del Impuesto General a las Ventas vigente hasta el 23 de MORDAZA de 1996, el cual disponia que no se encontraba gravado con el impuesto la importacion de bienes donados entre otros a las fundaciones, resultando por ello aplicable para el presente caso dicho dispositivo legal, y no el Decreto Legislativo Nº 821; Que, la Oficina de Cooperacion Internacional, ha efectuado una visita de supervision a las instituciones beneficiadas con la donacion citada en los considerandos que anteceden, verificando la documentacion original de las Actas de Entrega, asi como las cartas de agradecimiento de las instituciones receptoras, como el: "Centro Educativo Estatal Especial de MORDAZA El Salvador", "Centro Educativo Estatal MORDAZA MORDAZA del Triunfo", "Asociacion para la Rehabilitacion Infantil del Excepcional ARIE", "Hogar Clinica San MORDAZA de Dios", entre otros; Que, de la documentacion sustentatoria de la donacion se desprende, que los bienes donados han sido importados y nacionalizados cuando se encontraba vigente el Decreto Legislativo Nº 775, la misma que no establecia como requisito para la importacion de bienes donados por parte de las fundaciones, la expedicion de una MORDAZA para poder acogerse al beneficio de la inafectacion del Impuesto General a las Ventas, en consecuencia la importacion realizada por la Fundacion para el Desarrollo Solidario "FUNDADES", no podria ser tramitada al MORDAZA del inciso K) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, por ser una MORDAZA expedida con posterioridad a la fecha en que se realizo la citada importacion, opinion con la que coincide la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas a traves del Informe Nº 1382-2002-EF/60, y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social por Informe Nº 184-2001-PROMUDEH/OGAJ, ratificada a traves del Oficio Nº 848-2002-MIMDES/OGAJ; Que, en lo que respecta al tratamiento de los derechos arancelarios a los que estarian afectados las donaciones, es de aplicacion el Decreto Ley Nº 21942, el cual dispone que estan libres del pago de los derechos especificos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, las mercaderias donadas provenientes del extranjero, consignadas al Gobierno Central, Gobiernos Locales, Instituciones y Organismos Publicos, asi como las donadas por concepto de Cooperacion Tecnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas, siendo que el despacho por Aduanas de la referida mercaderia se efectuara por el solo merito de la Resolucion Ministerial que expida el Ministerio del Sector correspondiente aceptando o aprobando la donacion; Que, por Ley Nº 27793 se establece que es competencia del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de mujer y desarrollo social promoviendo la equidad de genero, es decir, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, igualdad de oportunidades para la ninez, la tercera edad y las poblaciones en situacion de pobreza y pobreza extrema, discriminadas y excluidas, en consecuencia corresponde al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social aprobar, en via de regularizacion, la donacion MORDAZA citada; Con la opinion favorable de la Oficina de Cooperacion Internacional a traves del Informe Nº 123-2002MIMDES-OCI, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social emitida por Informe Nº 184-2001-PROMUDEH/OGAJ, ratificada por Oficio Nº 848-2002-MIMDES/OGAJ y del Minis-

terio de Economia y Finanzas mediante Informe Nº 13822002-EF/60 de fecha 11 de octubre de 2002; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 775, Ley Nº 27793 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0082002-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar en via de regularizacion, la Donacion efectuada por los donantes MORDAZA D´Ornellas De Pedrosa y la Asociacion de Hogares para Ninos Privados de Ambiente Familiar "Nuevo Futuro", arribada mediante Guia Aerea Nº 93133891 de la Cia. de Aviacion Iberia, desaduanada ante la Intendencia de la Aduana Aerea del Callao, con Expediente de Facilidades Nº 0255 del 6 de marzo de 1996, consistente en cinco (5) MORDAZA con un peso de 338.00 Kgs., conteniendo material ortopedico infantil (andadores, bastones, paralelas, ropa y juguetes), por un valor aproximado de US$ 700.00 (SETECIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) a favor de la Fundacion para el Desarrollo Solidario "FUNDADES". Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, a la Contraloria General de la Republica, a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 07988 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 227-2003-MIMDES MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2003 Vistos el Informe Nº 06-A-2003-MIMDES/DGP-OCI de fecha 29 de enero de 2003, de la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Certificados de Donacion de fecha 24 de MORDAZA de 2001, emitidos por la entidad donante Secretariado General para las Misiones Franciscanas, con Sede en la MORDAZA de Wisconsin, Estados Unidos de Norteamerica, se efectuo una donacion consistente en dos (2) Contenedores Nº SDSU-7008060 y Nº SDSU7008070 conteniendo setenta (70) MORDAZA de jugos de fruta de la MORDAZA Ocean Spray cada frasco de 1 LT., trescientos dos (302) MORDAZA de alimentos variados, en conservas, MORDAZA, frascos, embolsados, etc., ciento cuarenta y tres (143) MORDAZA de zapatos y ropa nueva, noventa y nueve (99) MORDAZA de toallas, frazadas y cubrecamas nuevas, quince (15) MORDAZA de toallas nuevas (con logos de diferentes companias), dieciseis (16) MORDAZA de maletines pequenos (para ninos), cinco (5) MORDAZA de diversos productos de papel: higienico, toalla, etc., material para embalaje; tres (3) parihuelas con diversos productos alimenticios: preparaciones para sopas (en sobres, arroz, harina, frejoles en latas, etc.), trescientos sesenta y ocho (368) MORDAZA de diversos alimentos: en MORDAZA, sobres, embolsados, enlatados, etc., noventa y cinco (95) MORDAZA de refrescos Ocean Spray de 0.5 lts. sabores variados, veinticuatro (24) MORDAZA de motrin en tabletas (expira 2004), ciento diez (110) MORDAZA de velas, tres (3) MORDAZA conteniendo frazadas y cubrecamas nuevas, ochenta y siete (87) MORDAZA de zapatos y ropa nueva, dos (2) MORDAZA de diversos productos de papel, y material para embalaje: frazadas, colchas, etc., con un peso MORDAZA total aproximado de 18,819.00 Kg. y un valor FOB total aproximado de US$ 2,000.00 (DOS MIL Y 00/ 100 DOLARES AMERICANOS) a favor de la Asociacion

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