Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2003 (26/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 26 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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por el periodo de dos anos contado a partir del quince de MORDAZA de dos mil tres, por un monto total de S/. 10,800.00 (Diez mil ochocientos y 00/100 nuevos soles). Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion, poner la presente resolucion en conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08030 RESOLUCION JEFATURAL Nº 155-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003 VISTO: El memorando Nº 270-03-RENIEC/GO/JR3/ ANC de la Gerencia Regional de Chimbote, el Memorando 1274-2003/GAD de 9 MORDAZA del 2003 de la Gerencia de Administracion y el informe Nº 446-2003-GAJ/RENIEC de 15 de MORDAZA del 2003 de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, segun la Ley Organica Nº 26497; Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para la atencion del publico usuario cuenta con agencias a nivel nacional que funcionan en locales arrendados, por no contar con locales propios o cedidos en uso; Que, con fecha 14 de MORDAZA de 2001 se suscribio el Contrato de Arrendamiento Nº 2110-2001-05-00-01 respecto al inmueble ubicado en el Jr. Senor de los MORDAZA 141, distrito de MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para el funcionamiento de la Oficina Registral de MORDAZA, con vigencia hasta el 31 de MORDAZA de 2003; Que, la Oficina Registral de MORDAZA hasta la fecha viene brindando servicios a los ciudadanos en el citado inmueble siendo necesario continuar con el uso del local a fin de cubrir la demanda de tramites de los pobladores de dicha provincia; Que, el egreso que generara la prorroga del arrendamiento del local MORDAZA mencionado esta considerado en el Presupuesto Institucional para el Ejercicio 2003 en la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM publicado el 13 de febrero del 2001 en su articulo 19º senala que: "Estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen: g) Para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor"; Que, el articulo 20º de la citada MORDAZA senala que: "Las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el articulo precedente se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Todas las exoneraciones, salvo la prevista en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante: a) Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad"; Que, el Jefe Nacional ejerce la titularidad del pliego del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, tal como lo senala el articulo 11º de la Ley Nº 26497 y el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado por Resolucion Jefatu-

ral Nº 869-2002-JEF/RENIEC del 27 de diciembre del 2002; Estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el articulo 11º inciso h) del Reglamento de Organizacion y Funciones de RENIEC aprobado por Resolucion Jefatural Nº 869-2002-JEF/RENIEC del 27 de diciembre del 2002; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia la contratacion para prorrogar el plazo del Contrato de Arrendamiento Nº 2110-2001-0500-01 para el funcionamiento de la Oficina Registral de MORDAZA del departamento de Ancash. Articulo Segundo.- Autorizar, la prorroga del contrato de arrendamiento, citado en el articulo precedente, por el periodo de un ano contado a partir del primero de junio de dos mil tres, por un monto total de S/. 6,000.00 (Seis mil y 00/100 nuevos soles). Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Administracion, poner la presente resolucion en conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 08031 RESOLUCION JEFATURAL Nº 156-2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2003 VISTO: El memorando Nº 270-03-RENIEC/GO/JR3/ ANC de la Gerencia Regional de Chimbote, el Memorando 1275-2003/GAD de 9 MORDAZA del 2003 de la Gerencia de Administracion y el informe Nº 445-2003-GAJ/RENIEC del 15 de MORDAZA del 2003 de la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, segun la Ley Organica Nº 26497; Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para la atencion del publico usuario cuenta con agencias a nivel nacional que funcionan en locales arrendados, por no contar con locales propios o cedidos en uso; Que, con fecha 31 de MORDAZA de 2001 se suscribio el Contrato de Arrendamiento Nº 2112-2001-05-00-01 respecto al inmueble ubicado en el Jr. MORDAZA 393 2º piso, distrito y provincia de Pomabamba, departamento de MORDAZA, para el funcionamiento de la Oficina Registral de Pomabamba, con vigencia hasta el 31 de MORDAZA de 2002, habiendo sido renovado por el plazo de un ano, el mismo que vence el dia 31 de MORDAZA de 2003; Que, la Oficina Registral de Pomabamba hasta la fecha viene brindando servicios a los ciudadanos en el citado inmueble siendo necesario continuar con el uso del local a fin de cubrir la demanda de tramites de los pobladores de dicha provincia; Que, el egreso que generara la prorroga del arrendamiento del local MORDAZA mencionado esta considerado en el Presupuesto Institucional para el Ejercicio 2003 en la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM publicado el 13 de febrero del 2001 en su articulo 19º senala que: "Estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las

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