Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2003 (28/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2003

recurso anchoveta para consumo humano directo e indirecto; y sardina, jurel y caballa para consumo humano directo, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con los requisitos procesales y sustantivos de la Ley Nº 26920, Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE y la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, por lo que resulta procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 065-2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi-kse y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000PE, Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) aprobado por Decreto Supremo Nº 0042002-PE; Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el articulo 6º de la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA ECA, MORDAZA MORDAZA ECA DE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera construida de MORDAZA denominada "BENDICION DEL SENOR" de matricula PT-21085-PM, de 107 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto; y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1/2 y 1 1/2 pulgadas (13 mm. y 38 mm.) segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa. Articulo 2º.- La embarcacion pesquera objeto de la presente Resolucion Directoral, conforme lo dispone el articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 130-2002PRODUCE, previo inicio de sus faenas de pesca debera contar a bordo con la plataforma/baliza del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) operativa, la que debera emitir senales de posicionamiento GPS (Global Positioning Sistem) en forma permanente, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y demas normas complementarias. Articulo 3º.- El permiso de pesca otorgado en el articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, queda sujeto a lo dispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE, Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demas normas complementarias, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 4º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion Directoral esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividades extractivas en el ejercicio previo, a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion y al pago por concepto de derechos de pesca que acrediten los armadores con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por el armador pesquero conforme a lo establecido por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE y las normas que lo modifiquen o sustituyan y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda.

Articulo 5º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "BENDICION DEL SENOR" de matricula PT-21085-PM, a traves de la presente Resolucion Directoral, en el literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 191-2002-PRODUCE. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 08008

Aceptan desistimiento de solicitud de cambio de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 071-2003-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 7 de MORDAZA del 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-00655002, del 28 de noviembre del 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 059-99CTAR-ANCASH/DRP-CH, del 17 de Diciembre de 1999, se otorgo permiso de pesca en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 26920 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "NELLY", actualmente "BRANDON", de matricula CE-18335-CM y de 109.54 M3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco millas de la costa, aprobandose posteriormente el cambio de titular de dicho permiso de pesca a favor de PESQUERA MORDAZA S.A.C., a traves de la Resolucion Directoral Nº 167-2000-PE/DNE, del 22 de junio del 2000; Que mediante escrito de registro Nº CE-00655002, del 12 de agosto del 2002, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita el cambio de titular del permiso de pesca otorgado para la operacion de la embarcacion pesquera "BRANDON", de matricula CE-18335-CM; Que a traves del escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presenta el desistimiento de su solicitud de cambio de titular presentada a traves del escrito senalado en el considerando anterior; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 074-2002-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en los articulos 189º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar el desistimiento a la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resoluciones Directorales Nº 059-99-CTAR-ANCASH/DRP-CH y Nº 167-2000-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera "BRANDON", de matricula Nº CE-18335-CM, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 08004

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