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PÆg. 243345 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de abril de 2003 Otorgan a empresa autorización para incrementar capacidad instalada deplanta de congelado de productoshidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 072-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 8 de abril del 2003 Visto el escrito con registro Nº CE-00498002 de fe- cha 22 de enero de 2003, presentado por la empresaARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 49º del Regla- mento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decre-to Supremo Nº 012-2001-PE, las personas naturales ojurídicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiológicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requerirán de autori-zación para la instalación o aumento de la capacidad deoperación del establecimiento industrial; Que mediante Resolución Directoral Nº 020-99-PE/ DNPP, de fecha 4 de marzo de 1999, se otorgó a la empresa ARMADORES Y CONGELADORES DEL PA- CIFICO S.A. licencia de operación para desarrollar laactividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos,destinados al consumo humano directo, a través de suplanta de congelado, con una capacidad instalada de 50t/día, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Mz. F, Lote 1, Zona Industrial II de Paita, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que a través del escrito del visto, la empresa recu- rrente solicita autorización para el incremento de la capa-cidad de operación de su planta de congelado de produc-tos hidrobiológicos de 50 t/día a 85,17 t/día, en el estableci- miento industrial citado en el considerando precedente; Que mediante Certificado Ambiental - EIA Nº 036- 2002-PRODUCE/DINAMA de fecha 22 de noviembre de2002, la Dirección Nacional de Medio Ambiente señalaque el Estudio de Impacto Ambiental presentado por laempresa recurrente ha merecido calificación favorable; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que ARMA-DORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. ha cum-plido con los requisitos establecidos en el procedimientoNº 24 del Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002- PE, por lo que resulta procedente otorgar lo solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro-cesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 026-2003-PRODUCE/DNEPP-Dch de fecha 13 de febrero de 2003 y con la opinión favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca -, su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la LeyNº 27789 - Ley de Organización y Funciones del Minis- terio de la Producción - y el procedimiento Nº 24 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción),aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la empresa ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A., autorización para efectuar el incremento de la capacidad instalada dela planta de congelado de productos hidrobiológicos, ensu establecimiento industrial, ubicado en Mz. F, Lote 1,Zona Industrial II de Paita, distrito y provincia de Paita,departamento de Piura, con la siguiente capacidad proyectada: Congelado: de 50 t/día a 85,17 t/día Artículo 2º.- La empresa ARMADORES Y CONGE- LADORES DEL PACIFICO S.A., deberá instalar y equi-par el incremento de capacidad de su planta de congela- do de productos hidrobiológicos, con sujeción a las nor-mas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídicopesquero, así como las relativas a la preservación del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y se- guridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollosostenido de la actividad pesquera. Asimismo, deberáimplementar los compromisos asumidos en el Estudiode Impacto Ambiental, calificado favorablemente por laDirección Nacional de Medio Ambiente, mediante Certifi- cado Ambiental - EIA Nº 036-2002-PRODUCE/DINAMA de fecha 22 de noviembre de 2002. Artículo 3º.- Otorgar a la empresa ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. el plazo de un(01) año, contado a partir de la fecha de notificada lapresente resolución, renovable por una sola vez y por igual período, previa presentación de la información re- lativa al avance de la obra e inversión sustantiva supe-rior al cincuenta por ciento (50%) del proyecto aproba-do, para que la interesada concluya con la instalacióndel aumento de capacidad de su planta de congelado deproductos hidrobiológicos. Previo al inicio de su activi- dad productiva, solicitará la inspección técnica corres- pondiente para la determinación de la capacidad instala-da y el otorgamiento de la licencia de operación. Artículo 4º.- La autorización del incremento de capacidad de la planta de congelado otorgada en el artí-culo 1º de la presente resolución, caducará de pleno derecho, al no acreditarse dentro del plazo autorizado o, de ser el caso, al término de la renovación del mismo, lainstalación del establecimiento industrial pesquero, sinque sea necesario para ello notificación por parte delMinisterio de la Producción. Artículo 5º.- El incumplimiento de lo señalado en los artículos 2º y 3º de la presente resolución serán causa- les de caducidad del derecho otorgado o de la aplicaciónde las sanciones a que hubieren lugar, según sea elcaso. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a la Dirección Regional de Pesquería de Piura y a la Direc- ción Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero. 08005 Declaran improcedente reconsidera- ción interpuesta contra resolución queotorgó permiso de pesca para la captu-ra de reproductores del recurso truchaarco iris RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 073-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 8 de abril del 2003 Vistos los escritos con registros Nº CE-00564002 y Nº 10246001 de fechas 11 de noviembre de 2002 y 9 dediciembre de 2002, presentados por ASOCIACIÓN JUN-TA DE USUARIOS DE AGUA DEL DISTRITO DE RIE- GO CHILLÓN Nº 31; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Directoral Nº 121-2002- PE/DNEPP de fecha 12 de abril de 2002 , se otorgó al señor FRED BRUNO GONZALES MALDONADO, per- miso de pesca para la captura de quinientos (500) re-productores del recurso "Trucha Arco Iris" ( On- corhynchus mykiss) por un período de tres (3) años,contados a partir de su entrada en vigencia, con red de3 y 3 1/2 pulgadas de tamaño mínimo de malla, sin el uso de embarcación, con fines de acuicultura, en la laguna de Chuchón, provincia de Canta, departamento de Lima; Que a través del escrito del visto de fecha 11 de noviembre de 2002, la Asociación Junta de Usuarios deAgua del Distrito de Riego Chillón Nº 31, interpone recur-