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PÆg. 243353 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de abril de 2003 das en el artículo 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio de la que sea decla-rada en la resolución recaída sobre los recursos impug-nativos", debiendo disponerse su publicación en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad; Por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Nº 23853 - LeyOrgánica de Municipalidades y la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD de la Licitación Pública Nacional Nº 001-2003-MPC-CE, de- biendo el Comité Especial retrotraer el presente procedi- miento a la etapa de elaboración de Bases Generales yTérminos de Referencia de conformidad a lo dispuestoen el artículo 40º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Reso- lución de Alcaldía al Consejo Superior de Contratacionesy Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial ElPeruano, dentro de los cinco (5) días siguientes de su expedición. Artículo Cuarto.- DISPONER el reintegro a los pos- tores de las sumas abonadas por derechos de adquisi-ción de Bases Generales, dentro del plazo que no podráexceder de 5 días posteriores a la publicación de lapresente, debiendo notificarse a las instancias pertinen- tes para este efecto. Regístrese, comuníquese y archívese.ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 08046 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 000300 Callao, 24 de abril del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Provincial del Callao mediante Resolución Nº 00117 de fecha 3 de febrero de 2003,designó al Comité Especial encargado de realizar El Pro-ceso de Selección para la Ejecución de la obra "Refac-ción y Remodelación del Teatro Municipal" de la Munici-palidad Provincial del Callao; Que, con fecha 18 de febrero de 2003, mediante Resolución de Alcaldía Nº 00168, se aprobaron las Ba-ses Generales del Proceso de Licitación Pública Nacio-nal Nº 002-2003-MPC-CE, habiéndose efectuado laspublicaciones pertinentes conforme lo determina la LeyNº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 013-2001-PCM; Que, sin embargo se ha podido advertir que en el proceso de selección aludido se ha incurrido en unaseria causal de nulidad insalvable, advertido por un pos-tor y señalado en la etapa de formulación de consultas, lo cual motiva que todos los actos del citado proceso carezcan de validez y eficacia jurídica, al haberse con-travenido las normas legales y prescindiendo de las nor-mas esenciales del procedimiento; Que, en efecto la causal de nulidad a que se hace alusión en el considerando precedente se circunscribe al hecho de que al momento de convocarse a la Licita- ción Pública Nacional Nº 002-2003-MPC-CE, no se con-sideró las disposiciones contenidas en el artículo 64º delReglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, referido al contenido de los sobres parala contratación de obras, que incluso, en un caso similar, motivó el Pronunciamiento Nº 148-2002-(GTN) emitido por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado - CONSUCODE, que establece que para el caso de procesos de concurso oferta solamente secalificarán el plazo y precio en los procesos inferiores a3,000 UIT, la cual constituye antecedente administrativo de obligatorio cumplimiento de conformidad a lo estable- cido en el Artículo VI de la Ley Nº 27444 - Ley del Proce-dimiento Administrativo General; Que, conforme a lo establecido por la Cuarta Disposi- ción Final del Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, las Resoluciones y Pronun- ciamientos de CONSUCODE en las materias de su com- petencia tienen validez y autoridad administrativa; Que, el artículo 57º de la Ley Nº 26850 - Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, preceptúa que "ElTribunal en los casos que conozca declarará nulo losactos administrativos expedidos por las entidades, cuan- do hayan sido dictados por órgano incompetente, contra- vengan las normas legales, contengan un imposible jurí-dico o prescindan de las normas esenciales del procedi-miento o de la forma prescrita por la normatividad aplica-ble, debiendo expresar en la resolución que expida laetapa a la que se retrotraerá el proceso"; Que, el artículo 26º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM - Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-siciones del Estado, establece que "el Titular del Pliego ola máxima autoridad administrativa de la Entidad, segúncorresponda, podrá declarar de oficio la nulidad del pro-ceso de selección por algunas de las causales estableci- das en el artículo 57º de la Ley, sólo hasta antes de la celebración del contrato, sin perjuicio de la que sea decla-rada en la resolución recaída sobre los recursos impug-nativos", debiendo disponerse su publicación en el DiarioOficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientesa su expedición, bajo responsabilidad; Por las consideraciones expuestas, y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por la Ley Nº 23853 - LeyOrgánica de Municipalidades y la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y su Regla-mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR LA NULIDAD de la Licitación Pública Nacional Nº 002-2003-MPC-CE, de-biendo el Comité Especial retrotraer el presente procedi-miento a la etapa de elaboración de Bases Generales y Términos de Referencia de conformidad a lo dispuesto en el artículo 40º del Reglamento de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM. Artículo Segundo.- NOTIFICAR la presente Reso- lución de Alcaldía al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Oficial ElPeruano, dentro de los cinco (5) días siguientes de suexpedición. Artículo Cuarto.- DISPONER el reintegro a los pos- tores de las sumas abonadas por derechos de adquisi- ción de Bases Generales, dentro del plazo que no podráexceder de 5 días posteriores a la publicación de lapresente, debiendo notificarse a las instancias pertinen-tes para este efecto. Regístrese, comuníquese y archívese. ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR Alcalde del Callao 08047 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO Modifican resolución que autorizó via- je de Alcalde y de Jefe de Personal aHungría, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 014-2003-MDCH Chao, 24 de abril de 2003