Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2003 (28/04/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA y a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 08007

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE modificado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, Ley Nº 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, actualmente Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Ministerial Nº 273-97-PE que modifico la titularidad del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE, entendiendose que la empresa EPESCA S.A. es arrendataria financiera de la embarcacion pesquera "BRAVO 3" con matricula Nº PS-0858-PM cuya capacidad de bodega ha sido ampliada a 431.59 m3, manteniendose las demas caracteristicas del permiso de pesca otorgado para su operacion. Articulo 2º.- Consignar la nueva capacidad de bodega de 431.59 m3 de la embarcacion pesquera "BRAVO 3" con matricula Nº PS-0858-PM, en el literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE, asi como en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 124-2002-PRODUCE/DNEPP y en consecuencia excluirla del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 193-2002-PRODUCE. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA, Tacna y a la Direccion Nacional de Seguimiento Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 08009

Modifican resolucion que aprobo cambio de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 076-2003-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2003 Visto el escrito de registro Nº 00609003 de fecha 27 de enero del 2003, presentado por el representante de la empresa EPESCA S.A; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 273-97-PE, de fecha 29 de MORDAZA de 1997, se aprobo a favor de la empresa EPESCA S.A. el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 28095-PE, de fecha 24 de MORDAZA de 1995, para operar la embarcacion pesquera "BRAVO 3" (ex Don Jorge) con matricula Nº PS-0858-PM, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino para el consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano, con el empleo de redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) de abertura minima de malla; Que mediante Resolucion Directoral Nº 124-2002PRODUCE/DNEPP, de fecha 29 de noviembre del 2002, se otorgo a la empresa EPESCA S.A., autorizacion de incremento de flota para la ampliacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "BRAVO 3" con matricula Nº PS-0858-PM, de 387.59 m3 a 431.59 m3, aplicando el derecho sobre el saldo de capacidad de bodega de 44 m3 reconocido por la administracion a favor de la empresa LOS HALCONES S.A., de acuerdo a lo resuelto en el articulo 8º de la Resolucion Directoral Nº 080-2002-PRODUCE/DNEPP, de fecha 14 de octubre del 2002, para dedicarla a la extraccion de recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano indirecto con el empleo de redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y de 1 ½ pulgada (38 mm.) de abertura minima de malla, segun corresponda; Que a traves del escrito del visto, la empresa EPESCA S.A., solicita la modificacion del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "BRAVO 3", otorgado por Resolucion Ministerial Nº 280-95-PE, en el extremo correspondiente a la capacidad de bodega de la citada embarcacion por haberse ejecutado fisicamente la ampliacion de la capacidad de bodega de la referida embarcacion de 387.59 m3 a 431.59 m3, dentro del plazo senalado por Ley, conforme lo autorizado por Resolucion Directoral Nº 124-2002-PRODUCE/DNEPP mencionada en el considerando precedente; Que de la evaluacion de la solicitud presentada por la recurrente, se ha acreditado que la empresa EPESCA S.A. es arrendataria de la embarcacion pesquera denominada "BRAVO 3" con matricula Nº PS-0858-PM , asimismo se ha determinado que habiendose MORDAZA la capacidad de bodega de la citada embarcacion en virtud a la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Directoral Nº 124-2002-PRODUCE/DNEPP, corresponde modificar el permiso de pesca para operar la embarcacion "BRAVO 3", en el extremo referido a la capacidad de bodega de la misma, indicandose que esta es de 431.59 m3; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 0892003-PRODUCE/DNEPP-Dchi-kse y 116-2003PRODUCE/ DNEPP-Dchi-kse y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica;

PODER JUDICIAL ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Oficializan relacion de postulantes admitidos al MORDAZA Curso Especial de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura - Modalidad a Distancia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 023-2003-AMAG/DG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 036-2003-AMAG-CD/P, se aprobo el Reglamento para la Admision a los Cursos Especiales de Preparacion para el Ascenso - Primer, MORDAZA y Tercer Nivel de la Magistratura ­ Modalidad a Distancia; Que, el articulo 3º de la MORDAZA citada en el parrafo anterior, senala que el MORDAZA de admision esta integrado por una unica etapa consistente en la evaluacion del expediente del postulante; Que, el articulo 4º del mismo cuerpo legal, indica que la evaluacion del expediente tiene por finalidad determinar si el postulante inscrito, reune o no los requisitos

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